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CIRCULAR 133 DE 2018

(julio 16)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

PARA: DIRECTORES (AS) REGIONALES, SUBDIRECTORES (AS) DE CENTROS, PROFESIONALES CONTABLES, TESOREROS, JEFES DE OFICINA, DEPENDENCIAS DE LA DIRECCIÓN GENERAL, FUNCIONARIOS Y CONTRATISTAS

ASUNTO: Invitación al cumplimiento de obligaciones tributarias.

Para apoyar la campaña de Control Extensivo adelantada dentro de la Jornada al día con la DIAN 2018, desde nuestra administración invitamos a todos los funcionarios públicos y contratistas a adquirir un comportamiento tributario ejemplar, donde cumplan a cabalidad con las obligaciones sustanciales y formales que les asiste en la presentación y pago de sus compromisos tributarios, dado que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales ha podido establecer que existe un número de funcionarios de la entidad que a la fecha se encuentran en omisión o mora con sus impuestos. ,

Es menester recordarles que la Constitución Política como norma de normas en su artículo 95(1) nos exhorta a contribuir con su financiamiento mediante el pago de impuestos, cumpliendo como funcionarios con nuestro deber ciudadano y contribuyendo a la construcción de un mejor país.

A la fecha la Dirección de Impuestos y Aduana Nacionales informa que los funcionarios que no puedan demostrar que se encuentran al día con sus compromisos tributarios, se les iniciará el proceso administrativo de cobro coactivo por parte de dicha Entidad. De igual forma a los agentes retenedores, responsables del IVA e impuesto nacional al consumo, que tengan mora en el pago de sus obligaciones, sufrirán las sanciones contempladas en el artículo 402 del código penal y el artículo 657 del estatuto tributario nacional.

Atentamente,

WILSON FERNANDO MELO VELANDIA

Director Administrativo y Financiero

<NOTAS DE PIE DE PÁGINA>.

1. Artículo 95: La calidad de colombiano enaltece a todos los miembros de la comunidad nacional. Todos están en el deber de engrandecerla y dignificarla. Ei ejercicio de los derechos y libertades reconocidos en esta Constitución implica responsabilidades. Toda persona está obligada a cumplir la Constitución y las leyes. Son deberes de la persona y del ciudadano:

1. Respetar los derechos ajenos y no abusar de los propios:

2. Obrar conforme al principio de solidaridad social, respondiendo con acciones humanitarias ante situaciones que pongan en peligro la vida o la salud de las personas:

3. Respetar y apoyar a las autoridades democráticas legítimamente constituidas para mantener la independencia y la integridad nacionales.

4. Defender y difundir los derechos humanos como fundamento de la convivencia pacífica;

5. Participar en la vida política, cívica y comunitaria del país;

6. Propender al logro y mantenimiento de la paz;

7. Colaborar para el buen funcionamiento de la administración de la justicia;

8. Proteger los recursos culturales y naturales del país y velar por la conservación de un ambiente sano;

9. Contribuir al financiamiento de los gastos e inversiones del Estado dentro de conceptos de justicia y equidad.

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ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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