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CIRCULAR 133 DE 2019
(agosto 28)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA
<NOTA DE VIGENCIA: Circular derogada por la Circular 77 de 2021>
PARA: | DIRECTORES REGIONALES, SUBDIRECTORES DE CENTRO Y COORDINADORES MISIONALES REGIONALES. |
Asunto: | autorización para realizar proyectos de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales en diferentes regionales. |
La Dirección del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo les informa que los Centros de Formación Profesional Integral que requieran desarrollar el proceso de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales fuera de la regional a la que pertenecen, deben contar previamente con la autorización del director de la regional en dónde tendrá alcance la ejecución del proyecto.
Es imperativo que los Centros de Formación cuenten con dicha autorización por cada proyecto para garantizar los principios de transparencia, imparcialidad y equidad del proceso Evaluación y Certificación de Competencias Laborales, señalados en la guía para evaluar y certificar competencias laborales.
Atentamente,
HENRY HERNANDO LUNA SALCEDO
Director del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo
<Para consultar la versión original PDF de este documento dirigirse al siguiente link: https://www.avancejuridico.com/docpdf/sena/CIRCULAR_SENA_0133_2019.pdf>