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CIRCULAR 135 DE 2017

(agosto 14)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

Bogotá D.C.

PARA:DIRECTORES REGIONALES, SUBDIRECTORES DE CENTRO, COORDINADORES ADMINISTRATIVOS Y COORDINADORES DE GRUPO DE APOYO ADMINISTRATIVO MIXTO
ASUNTO:Procedimiento frente a comparendos de vehículos del SENA cargados en la página del Sistema Integrado de información sobre multas y sanciones por infracciones de tránsito SIMIT.

La Dirección Administrativa y Financiera, en atención a lo estipulado en los artículos 4, 12 y 14 de la resolución 1415 de 2008, por la cual se reglamenta el uso y administración del parque automotor, y para poder realizar una oportuna y eficiente gestión de cualquier trámite de vehículos del SENA ante los Organismos de tránsito y transporte a Nivel Nacional, se remite el Procedimiento a seguir frente a comparendos de vehículos del SENA cargados en la página web del Sistema Integrado de información sobre multas y sanciones por infracciones de tránsito SIMIT de la siguiente manera:

1. Los encargados de la administración del parque automotor en las Direcciones Regional y Centros de Formación deben permanentemente consultar los comparendos cargados al SENA (Nit: 899999034 y 8999990341) en el link del Sistema Integrado de información sobre multas y sanciones por infracciones de tránsito SIMIT http://www2.simit.ora.co/Simit/, constatando que ninguno de los vehículos asignados a su cargo tenga comparendos reportados.

2. En caso de evidenciar un comparendo que enuncia del punto anterior, se debe seguir el siguiente procedimiento:

2.1. Si se trata de un comparendo impuesto bajo la modalidad de “fotomulta”, por lo que no es posible conocer de forma inmediata la identidad de la persona que conduce el vehículo, es necesario que inmediatamente se lleve a cabo lo siguiente:

--Una vez se tenga conocimiento acerca de la imposición de la multa de tránsito, el Director Regional o Subdirector de Centro, deberá informar por escrito al Organismo de Tránsito, comunicando acerca de la situación que generó la sanción, e indicando el nombre del conductor que cometió la infracción dentro de los diez (10) días posteriores a la recepción de la notificación.

La comunicación anterior deberá estar acompañada por una certificación suscrita por el conductor responsable de la infracción, dirigida al Organismo de Tránsito, en la que manifieste que fue él quien cometió la infracción.

--Con las anteriores comunicaciones, y acogiendo lo señalado en el artículo 129 del Código Nacional de Tránsito, se deberá solicitar el cambio inmediato del titular del comparendo y su actualización en el SIMIT, en los términos señalados en el artículo 137 del Código Nacional de Tránsito.

2.2. En el caso en el que el comparendo no haya sido impuesto bajo la modalidad de “fotomulta” o haya sobrepasado los diez (10) días posteriores a la recepción de la notificación, se debe realizar de manera inmediata el pago del mismo o gestiones pertinentes para el descargue del mismo en el SIMIT.

3. Una vez efectuado el pago del comparendo cargado a nombre el SENA en el SIMIT, se debe remitir el soporte de pago al Grupo de Servicios Generales y Adquisiciones, a los correos higuevara@sena.edu.co y/o nlemus@sena.edu.co y monitorear durante las semanas siguientes el descargue de la plataforma web del mismo.

4. El Grupo de Servicios Generales y Adquisiciones GSGYA, dentro de la revisión periódica que efectúa a la página del SIMIT, remite mediante Cl por RADICAR a los Directores Regionales o Subdirectores de Centro responsables de vehículos, la solicitud de pago o gestiones pertinentes para el descargue de los comparendos reportados al SIMIT, estableciendo como termino máximo para el pago o gestión respectiva 5 días hábiles, so pena de iniciar de iniciar el trámite para el traslado a la Oficina de Control Interno Disciplinario.

NOTA: Punto anterior que no excluye la responsabilidad y labor descrita en el punto número 1 de la presente circular.

5. En el evento en el que GSGYA evidencie un comparendo cargado en la página del SIMIT con Resolución de orden de pago emitido por algún Organismo de tránsito y transporte a nivel nacional, como se observa en la imagen número 1, procede a remitir un Cl por RADICAR al Director Regional o Subdirector de Centro respectivo, reiterando el pago del comparendo de manera inmediata, e informando el inicio traslado de la situación a la Oficina de Control Interno Disciplinario.

<Ver imagen No. 1 en documento original>

NOTA 2: Los comparendos cargado con resolución en la página del SIMIT generan bloqueo de cualquier tipo de trámite que adelante el SENA ante los organismos de tránsito y transporte a nivel nacional, ocasionando serios problemas en procesos de matrícula, traspasos y compraventa de vehículos, colocando en riesgo legal y financiero a la Entidad.

A fecha de la presente circular, se encuentran cargados por el Nit de SENA en la página del SIMIT los comparendos de los vehículos del Anexo 1 “CUADRO COMPARENDOS CARGADOS A FECHA DEL 10/08/2017 EN LA PÁGINA DEL SIMIT":

--La situación de los comparendos que figuran en la página del SIMIT con resolución (N° 76001000000015605303 del vehículo de placas OJY141 y N° 08296000000015750470 del vehículo de placas OQN610), y que actualmente están bloqueando tramites a nivel nacional, con la presente circular se hará traslado a la Oficina de control interno disciplinario.

--Los comparendos N° 25754001000010039861-OJX756, 25214001000015928204-OJY121, N° 11001000000016071762-OJY169, y N° 76147000000017176542-OJY158, reportaron soportes de pago al GSGYA, pero siguen estando cargados en la página del SIMIT, ante lo cual Direcciones Regionales o Centro de formación responsables deben dirigir una comunicación al organismo de tránsito y trasporte respectivo, solicitando el descargue del comparendo correspondiente de la página del SIMIT.

--Los demás comparendos del anexa N° 1 que no reportan soportes de pago al GSGYA, se requiere que antes del 17 de agosto de 2017 se remita el <sic> constancia de pago o no se evidencie reportado en la página el SIMIT.

Así mismo se enfatiza que a partir de ahora, una vez remitidos por el GSGYA el Cl POR RADICAR, solicitando el pago del comparendo respectivo, las Direcciones Regionales y Centro de formación responsables de los mismos tienen un máximo de 5 días hábiles para reportar al GSGYA el soporte de pago o para que se evidencie el descargue del mismo en la página del SIMIT, de lo contario, se iniciara el trámite para el traslado a la Oficina de Control Interno Disciplinario.

Cualquier inquietud adicional será atendida en el Grupo de Servicios Generales y Adquisiciones de la Dirección General por Nicolás Alexander Lemus García, nlemus@sena.edu.co IP 12262.

Atentamente,

JUAN PABLO ARENAS QUIROZ

Director (E) Administrativo y Financiero

ANEXO N° 1

“COMPARENDOS CARGADOS A FECHA DEL 10/08/2017 EN LA PÁGINA DEL SIMIT”

Comparendos con resolución

PLACANUMERO
COMPARENDO
TIPO
MULTA
MULTADESCRIPCIONSEC
TRANSITO
FECHA DE COMPARENDOVALORA
PAGAR
REGIONALCENTRO DE FORMACIONFECHA Cl POR RADCIAR EMTIDO GSGYA Y COMUNICACIONES
OJY14176001000000015
605303
FotomultaC14Transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por la autoridad competente, además, el vehículo será inmovilizadoCali05/04/2017368,865VALLECENTRO AGROPECUARIO DE BUGA15/05/2017, correo 31/5/2017 y Retiración Cl RADICAR DAF 27-6- 2017, Cl 10/07/2017
OQN61Q08296000000015
750470
FotomultaC29Conducir un vehículo a velocidad superior a la máxima permitidaGalapa17/05/2017368,865ATLANTICOCENTRO INDUSTRIAL Y DE LA AVIACION22/05/20417, correo 31/5/2017, Ci POR RADICAR por Resolución 8-8-2017

Comparendos sin resolución

PLACANUMERO
COMPAREND
TIPO MULTAMULTADESCRIPCIONSEC TRANSITOFECHA DE COMPAREND OVALORA
PAGAR
REGIONALCENTRO DE FORMACIONFECHA Cl POR RADCIAR EMTIDO GSGYA
OJX756257540010000
10039861
FotomultaC29Conducir un vehículo a velocidad superior a la máxima permitida.Sibate
Cundinamarca
25/05/2015322.170CUNDIMA
MARCA
CENTRO AGOECOLOGICO Y EMPRESARIAL01/10/2015
OJY121252140010000
15928204
FotomultaC29Conducir un vehículo a velocidad superior a la máxima permitidaCota27/03/2017368,865CUNDINA
MARCA
CENTRO DE DESARROLLO AGROEMPRESA RIAL06/04/2017
IBA35B702150000000
06814867
FotomultaC29Conducir un vehículo a velocidad superior a la máxima permitidaCorozal
Sucre
17/06/2017368,865SUCREDESPACHO
REGIONAL
10/07/2017
QJY120254730010000
16929852
FotomultaD06Adelantar a otro vehículo en berma, túnel, puente, curva, pasos a nivel y cruces no regulados o al aproximarse a la cima de una cuesta o donde la señal de tránsito correspondiente lo indique13/07/2017
737.730
CUNDINA
MRCA
CENTRO DE
BIOTECNOLOGIA
AGROPECUARIA
18/07/2017, correo 27/7/2017
OJY121254730010000
16929877
FotomultaD06Adelantar a otro vehículo en berma, túnel, puente, curva, pasos a nivel y cruces no regulados o al aproximarse a la cima de una cuesta o donde la señal de tránsito correspondiente lo indique.13/07/2017737.730CUNDINA
MRCA
CENTRO
DESARROLLO
AGROEMPRESARIAL
18/07/2017, correo 27/07/2017
OJY169110010000000
16071762
FotomultaC31No acatar las señales de tránsito o requerimientos impartidos por los agentes de tránsito.Bogotá04/05/2017368.900DISTRITO
CAPITAL
CENTRO DE TECNOLOGIA
DE
TRANSPORTE
25/07/2017
OKK095235550000000
17180888
FotomultaC29Conducir un vehículo a velocidad superior a la máxima permitidaPlaneta
rica
17/07/2017368.900ANTIOQUIACOMPLEJO
TECNOLOGICO
PARALA
GESTION
AGROEMPRESARIAL
25/07/2017
OJY158761470000000
17176542
FotomultaC29Conducir un vehículo a velocidad superior a la máxima permitidaCartago21/07/2017368.900CALDASCENTRO DE FORMACION CAFETERA27/07/2017
OJY127085730000000
16925961
FotomultaC29Conducir un vehículo a velocidad superior a la máxima permitidaPUERTO
COLOMBIA
24/07/2017368.900MAGDALE
NA
CENTRO ACUICOLA Y AGROEMPRESA RIAL DE GAIRA28/07/2017, correo 28/07/2017
OFK508256120010000
16607899
FotomultaC29Conducir un vehículo a velocidad superior a la máxima permitidaRicaurte26/07/2017368.865CUNDINA
MRCA
CENTRO DE
BIOTECNOLOGIA
AGROPECUARIA
01/08/2017
OJX231110010000000
16110973
FotomultaC02Estacionar un vehículo en sitios prohibidosBogotá20/07/2017368.900CUNDINA
MRCA
CENTRO DE
BIOTECNOLOGIA
AGROPECUARIA
09/08/2017
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