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CIRCULAR 135 DE 2017
(agosto 14)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA
Bogotá D.C.
PARA: | DIRECTORES REGIONALES, SUBDIRECTORES DE CENTRO, COORDINADORES ADMINISTRATIVOS Y COORDINADORES DE GRUPO DE APOYO ADMINISTRATIVO MIXTO |
ASUNTO: | Procedimiento frente a comparendos de vehículos del SENA cargados en la página del Sistema Integrado de información sobre multas y sanciones por infracciones de tránsito SIMIT. |
La Dirección Administrativa y Financiera, en atención a lo estipulado en los artículos 4, 12 y 14 de la resolución 1415 de 2008, por la cual se reglamenta el uso y administración del parque automotor, y para poder realizar una oportuna y eficiente gestión de cualquier trámite de vehículos del SENA ante los Organismos de tránsito y transporte a Nivel Nacional, se remite el Procedimiento a seguir frente a comparendos de vehículos del SENA cargados en la página web del Sistema Integrado de información sobre multas y sanciones por infracciones de tránsito SIMIT de la siguiente manera:
1. Los encargados de la administración del parque automotor en las Direcciones Regional y Centros de Formación deben permanentemente consultar los comparendos cargados al SENA (Nit: 899999034 y 8999990341) en el link del Sistema Integrado de información sobre multas y sanciones por infracciones de tránsito SIMIT http://www2.simit.ora.co/Simit/, constatando que ninguno de los vehículos asignados a su cargo tenga comparendos reportados.
2. En caso de evidenciar un comparendo que enuncia del punto anterior, se debe seguir el siguiente procedimiento:
2.1. Si se trata de un comparendo impuesto bajo la modalidad de “fotomulta”, por lo que no es posible conocer de forma inmediata la identidad de la persona que conduce el vehículo, es necesario que inmediatamente se lleve a cabo lo siguiente:
--Una vez se tenga conocimiento acerca de la imposición de la multa de tránsito, el Director Regional o Subdirector de Centro, deberá informar por escrito al Organismo de Tránsito, comunicando acerca de la situación que generó la sanción, e indicando el nombre del conductor que cometió la infracción dentro de los diez (10) días posteriores a la recepción de la notificación.
La comunicación anterior deberá estar acompañada por una certificación suscrita por el conductor responsable de la infracción, dirigida al Organismo de Tránsito, en la que manifieste que fue él quien cometió la infracción.
--Con las anteriores comunicaciones, y acogiendo lo señalado en el artículo 129 del Código Nacional de Tránsito, se deberá solicitar el cambio inmediato del titular del comparendo y su actualización en el SIMIT, en los términos señalados en el artículo 137 del Código Nacional de Tránsito.
2.2. En el caso en el que el comparendo no haya sido impuesto bajo la modalidad de “fotomulta” o haya sobrepasado los diez (10) días posteriores a la recepción de la notificación, se debe realizar de manera inmediata el pago del mismo o gestiones pertinentes para el descargue del mismo en el SIMIT.
3. Una vez efectuado el pago del comparendo cargado a nombre el SENA en el SIMIT, se debe remitir el soporte de pago al Grupo de Servicios Generales y Adquisiciones, a los correos higuevara@sena.edu.co y/o nlemus@sena.edu.co y monitorear durante las semanas siguientes el descargue de la plataforma web del mismo.
4. El Grupo de Servicios Generales y Adquisiciones GSGYA, dentro de la revisión periódica que efectúa a la página del SIMIT, remite mediante Cl por RADICAR a los Directores Regionales o Subdirectores de Centro responsables de vehículos, la solicitud de pago o gestiones pertinentes para el descargue de los comparendos reportados al SIMIT, estableciendo como termino máximo para el pago o gestión respectiva 5 días hábiles, so pena de iniciar de iniciar el trámite para el traslado a la Oficina de Control Interno Disciplinario.
NOTA: Punto anterior que no excluye la responsabilidad y labor descrita en el punto número 1 de la presente circular.
5. En el evento en el que GSGYA evidencie un comparendo cargado en la página del SIMIT con Resolución de orden de pago emitido por algún Organismo de tránsito y transporte a nivel nacional, como se observa en la imagen número 1, procede a remitir un Cl por RADICAR al Director Regional o Subdirector de Centro respectivo, reiterando el pago del comparendo de manera inmediata, e informando el inicio traslado de la situación a la Oficina de Control Interno Disciplinario.
<Ver imagen No. 1 en documento original>
NOTA 2: Los comparendos cargado con resolución en la página del SIMIT generan bloqueo de cualquier tipo de trámite que adelante el SENA ante los organismos de tránsito y transporte a nivel nacional, ocasionando serios problemas en procesos de matrícula, traspasos y compraventa de vehículos, colocando en riesgo legal y financiero a la Entidad.
A fecha de la presente circular, se encuentran cargados por el Nit de SENA en la página del SIMIT los comparendos de los vehículos del Anexo 1 “CUADRO COMPARENDOS CARGADOS A FECHA DEL 10/08/2017 EN LA PÁGINA DEL SIMIT":
--La situación de los comparendos que figuran en la página del SIMIT con resolución (N° 76001000000015605303 del vehículo de placas OJY141 y N° 08296000000015750470 del vehículo de placas OQN610), y que actualmente están bloqueando tramites a nivel nacional, con la presente circular se hará traslado a la Oficina de control interno disciplinario.
--Los comparendos N° 25754001000010039861-OJX756, 25214001000015928204-OJY121, N° 11001000000016071762-OJY169, y N° 76147000000017176542-OJY158, reportaron soportes de pago al GSGYA, pero siguen estando cargados en la página del SIMIT, ante lo cual Direcciones Regionales o Centro de formación responsables deben dirigir una comunicación al organismo de tránsito y trasporte respectivo, solicitando el descargue del comparendo correspondiente de la página del SIMIT.
--Los demás comparendos del anexa N° 1 que no reportan soportes de pago al GSGYA, se requiere que antes del 17 de agosto de 2017 se remita el <sic> constancia de pago o no se evidencie reportado en la página el SIMIT.
Así mismo se enfatiza que a partir de ahora, una vez remitidos por el GSGYA el Cl POR RADICAR, solicitando el pago del comparendo respectivo, las Direcciones Regionales y Centro de formación responsables de los mismos tienen un máximo de 5 días hábiles para reportar al GSGYA el soporte de pago o para que se evidencie el descargue del mismo en la página del SIMIT, de lo contario, se iniciara el trámite para el traslado a la Oficina de Control Interno Disciplinario.
Cualquier inquietud adicional será atendida en el Grupo de Servicios Generales y Adquisiciones de la Dirección General por Nicolás Alexander Lemus García, nlemus@sena.edu.co IP 12262.
Atentamente,
JUAN PABLO ARENAS QUIROZ
Director (E) Administrativo y Financiero
ANEXO N° 1
“COMPARENDOS CARGADOS A FECHA DEL 10/08/2017 EN LA PÁGINA DEL SIMIT”
Comparendos con resolución
PLACA | NUMERO COMPARENDO | TIPO MULTA | MULTA | DESCRIPCION | SEC TRANSITO | FECHA DE COMPARENDO | VALORA PAGAR | REGIONAL | CENTRO DE FORMACION | FECHA Cl POR RADCIAR EMTIDO GSGYA Y COMUNICACIONES |
OJY141 | 76001000000015 605303 | Fotomulta | C14 | Transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por la autoridad competente, además, el vehículo será inmovilizado | Cali | 05/04/2017 | 368,865 | VALLE | CENTRO AGROPECUARIO DE BUGA | 15/05/2017, correo 31/5/2017 y Retiración Cl RADICAR DAF 27-6- 2017, Cl 10/07/2017 |
OQN61Q | 08296000000015 750470 | Fotomulta | C29 | Conducir un vehículo a velocidad superior a la máxima permitida | Galapa | 17/05/2017 | 368,865 | ATLANTICO | CENTRO INDUSTRIAL Y DE LA AVIACION | 22/05/20417, correo 31/5/2017, Ci POR RADICAR por Resolución 8-8-2017 |
Comparendos sin resolución
PLACA | NUMERO COMPAREND | TIPO MULTA | MULTA | DESCRIPCION | SEC TRANSITO | FECHA DE COMPAREND O | VALORA PAGAR | REGIONAL | CENTRO DE FORMACION | FECHA Cl POR RADCIAR EMTIDO GSGYA |
OJX756 | 257540010000 10039861 | Fotomulta | C29 | Conducir un vehículo a velocidad superior a la máxima permitida. | Sibate Cundinamarca | 25/05/2015 | 322.170 | CUNDIMA MARCA | CENTRO AGOECOLOGICO Y EMPRESARIAL | 01/10/2015 |
OJY121 | 252140010000 15928204 | Fotomulta | C29 | Conducir un vehículo a velocidad superior a la máxima permitida | Cota | 27/03/2017 | 368,865 | CUNDINA MARCA | CENTRO DE DESARROLLO AGROEMPRESA RIAL | 06/04/2017 |
IBA35B | 702150000000 06814867 | Fotomulta | C29 | Conducir un vehículo a velocidad superior a la máxima permitida | Corozal Sucre | 17/06/2017 | 368,865 | SUCRE | DESPACHO REGIONAL | 10/07/2017 |
QJY120 | 254730010000 16929852 | Fotomulta | D06 | Adelantar a otro vehículo en berma, túnel, puente, curva, pasos a nivel y cruces no regulados o al aproximarse a la cima de una cuesta o donde la señal de tránsito correspondiente lo indique | 13/07/2017 | 737.730 | CUNDINA MRCA | CENTRO DE BIOTECNOLOGIA AGROPECUARIA | 18/07/2017, correo 27/7/2017 | |
OJY121 | 254730010000 16929877 | Fotomulta | D06 | Adelantar a otro vehículo en berma, túnel, puente, curva, pasos a nivel y cruces no regulados o al aproximarse a la cima de una cuesta o donde la señal de tránsito correspondiente lo indique. | 13/07/2017 | 737.730 | CUNDINA MRCA | CENTRO DESARROLLO AGROEMPRESARIAL | 18/07/2017, correo 27/07/2017 | |
OJY169 | 110010000000 16071762 | Fotomulta | C31 | No acatar las señales de tránsito o requerimientos impartidos por los agentes de tránsito. | Bogotá | 04/05/2017 | 368.900 | DISTRITO CAPITAL | CENTRO DE TECNOLOGIA DE TRANSPORTE | 25/07/2017 |
OKK095 | 235550000000 17180888 | Fotomulta | C29 | Conducir un vehículo a velocidad superior a la máxima permitida | Planeta rica | 17/07/2017 | 368.900 | ANTIOQUIA | COMPLEJO TECNOLOGICO PARALA GESTION AGROEMPRESARIAL | 25/07/2017 |
OJY158 | 761470000000 17176542 | Fotomulta | C29 | Conducir un vehículo a velocidad superior a la máxima permitida | Cartago | 21/07/2017 | 368.900 | CALDAS | CENTRO DE FORMACION CAFETERA | 27/07/2017 |
OJY127 | 085730000000 16925961 | Fotomulta | C29 | Conducir un vehículo a velocidad superior a la máxima permitida | PUERTO COLOMBIA | 24/07/2017 | 368.900 | MAGDALE NA | CENTRO ACUICOLA Y AGROEMPRESA RIAL DE GAIRA | 28/07/2017, correo 28/07/2017 |
OFK508 | 256120010000 16607899 | Fotomulta | C29 | Conducir un vehículo a velocidad superior a la máxima permitida | Ricaurte | 26/07/2017 | 368.865 | CUNDINA MRCA | CENTRO DE BIOTECNOLOGIA AGROPECUARIA | 01/08/2017 |
OJX231 | 110010000000 16110973 | Fotomulta | C02 | Estacionar un vehículo en sitios prohibidos | Bogotá | 20/07/2017 | 368.900 | CUNDINA MRCA | CENTRO DE BIOTECNOLOGIA AGROPECUARIA | 09/08/2017 |