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CIRCULAR 142 DE 2015

(septiembre 22)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE

PARA:DIRECTORES REGIONALES Y SUBDIRECTORES DE CENTROS DE FORMACION
ASUNTO:Garantías de Protección a Dirigentes Sindicales

El SENA reconoce la importancia del derecho de asociación consagrado en el artículo 39 de la Constitución Política de Colombia, en donde se conceden a los colomblanos la posibilidad de constituir sindicatos y ejercer libremente el derecho de asociación.

En virtud de lo anotado en precedencia, se emite la presente circular, con el fin de que se adopten una o algunas de las siguientes medidas administrativas donde se establecen las garantías de protección relacionadas con las solicitudes de amenaza riesgo de los dirigentes sindicales.

Así las cosas, se imparten los siguientes lineamientos sobre el tema:

  • Una vez sean informados sobre de la amenaza del dirigente sindical vinculado a su centro o regional, ustedes deberán remitir de manera inmediata a la Unidad Nacional de Protección, junto con el escrito suscrito por el dirigente sindical donde se acredita de manera sumaria la situación al cual debe acompañarse la denuncia penal respectiva. Igualmente, se dará aviso a la autoridad policiva del lugar.
  • Se debe informar a la Secretaria General sobre la amenaza (Diego Vargas Rojas IP 13988, Correo Electrónico: vargasr@sena.edu.co), para que efectué el seguimiento perlódico ante la Unidad Nacional de Protección, en procura que se dé celeridad al respectivo estudio de riesgo.
  • Se debe revisar en forma conjunta con el funcionario amenazado, las alternati4as sobre flexibilidad de su horario de trabajo, sitios de acceso al Centro o en la Regional donde presta sus servicios, cambio de sede dentro de la misma ciudad, parqueo en las instalaciones del SENA y de acuerdo a la naturaleza del servicio que presta viabilizar el desempeño de actividades bajo la estrategia del teletrabajo.
  • En caso que el dirigente sindical solicite el traslado, este deberá acompañarse del sitio de trabajo que se acuerde con el solicitante dentro de la misma regional, o en su defecto de la manifestación del solicitante sobre traslado a otra regional, en todo caso a dicha solicitud deberá anexarse la respectiva denuncia penal radicada ante la Fiscalía General de la Nación por el dirigente sindical; de dichos escritos se deberá informar inmediatamente a la Secretaria General - Grupo de Relaciones Laborales (Dr Carlos Hernan Vargas IP 12393 - Correo ElectránIco: cvargashelsena.edu.co) para formalizar el respectivo traslado transitorio.
  • - Se deberá coordinar con el Grupo de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Secretaría General (Dra. Dora Alicia Quijano IP 12154 - Correo Electrónico: aquIjanoc@sena.edu.co), el apoyo psicolágico tanto a los funcionarios que se encuentran amenazados como a su familia

Por último, les reitero que el SENA siempre ha estado y estará dispuesto a brindar el apoyo que esté a su alcance para proteger a los funcionarios que se encuentren en situación de riesgo.

Cordial saludo,

MILTON NUÑEZ PAZ
Secretario General

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Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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