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CIRCULAR 153 DE 2021

(agosto 26)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

PARA:SECRETARIA GENERAL, DIRECTORES DE ÁREA Y JEFES DE OFICINA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL SENA.
Asunto: Plazos para procesos de contratación y otrosíes en la vigencia 2021.

Mediante la presente circular se imparten directrices y lineamientos en relación con los plazos para radicación de procesos de contratación en procura del cumplimiento de la normatividad en Contratación Estatal, teniendo en cuenta las modalidades de procesos de selección, tipología contractual, plazos de ejecución de los contratos y el cumplimiento de sus obligaciones en esta vigencia, con el fin de minimizar el riesgo de reservas presupuestales o cuentas por pagar.

1. DIRECTRICES GENERALES

Bajo el cumplimiento del principio de planeación “de cara a la gestión contractual del Estado, se materializa en que el actuar de las entidades públicas sea coordinado”[1], razón por la cual la Dirección Jurídica - Grupo Integrado de Gestión Contractual - en adelante GIGC- de conformidad con cada modalidad de contratación y la proyección de cronogramas según sea el caso, establece fechas límites en las cuales las direcciones y oficinas de la Dirección General podrán remitir a Dirección Jurídica - GIGC solicitudes para iniciar el trámite de procesos nuevos y otrosíes, según corresponda.

2. PRINCIPIOS NORMATIVOS

La presente circular, además de ser expedida bajo los principios del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, tiene como fundamento los plazos establecidos para la citación a comité de contratación cuando haya lugar de conformidad con la Resolución 1901 de 2018, y los términos legales establecidos para cada modalidad en la Ley 80 de 1993, el Decreto 1082 de 2015 y la Ley 1882 de 2018.

3. LINEAMIENTO INTERNO

En concordancia con todo lo anterior, en procura de que los procesos que se adelanten en la Dirección General se realicen dando estricto cumplimiento al principio de planeación, y con la finalidad de minimizar el riesgo frente a las reservas presupuestales, es necesario que se acaten los siguientes términos:

1. Licitación Pública: Hasta el 30 de septiembre de 2021.

Únicamente será procedente la licitación para los casos en que existan vigencias futuras aprobadas, o la naturaleza del contrato sea de compraventa.

2. Selección Abreviada de Menor Cuantía, de Subasta Inversa y Concurso de Méritos: Hasta el 29 de octubre de 2021.

3. Mínima Cuantía y Acuerdos marco: Hasta el 30 de noviembre de 2021.

4. Contratación Directa: Hasta el 30 de noviembre de 2021.

5. Modificaciones contractuales: Las modificaciones contractuales que superen la fecha de ejecución del 31 de diciembre de 2021 deberán ser soportadas, las cuales serán recibidas solo hasta el 17 de diciembre de 2021.

Finalmente, se recuerda que toda actuación contractual deberá dar estricto cumplimiento a los principios de la contratación pública y a las normas que los reglamenten.

Cordial saludo,

OSCAR JULIÁN CASTAÑO BARRETO

Director Jurídico

<Para consultar la versión original PDF de este documento dirigirse al siguiente link: https://www.avancejuridico.com/docpdf/sena/C_SENA_0153_2021.pdf>

<NOTAS DE PIE DE PAGINA>.

1. Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Sentencia de fecha 13 de noviembre de 2013, expediente No. 23829, C.P. Hernán Andrade Rincón.

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