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CIRCULAR 165 DE 2021
(septiembre 14)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA
PARA: | Directores Regionales y Coordinadores de los Grupos Regionales de Gestión del Talento Humano, o en su defecto, de los Grupos de Apoyo Administrativo Mixto. |
ASUNTO: | Lineamientos - Plan de Bienestar Social e Incentivos 2021 |
Desde el Plan de Bienestar Social e Incentivos se deben generar condiciones y estrategias de bienestar laboral para los servidores públicos, que contribuyan al mejoramiento de su calidad de vida, lo cual se verá reflejado en el aumento de su productividad, gracias a la motivación, al crecimiento y al desarrollo profesional y personal; de acuerdo con el Departamento Administrativo de la Función Pública, este plan debe incluir el desarrollo de programas o actividades deportivas, recreacionales, artísticos y culturales, capacitaciones en artes y/o artesanías, bienestar espiritual y promoción de la lectura.
En el marco del retorno gradual a la presencialidad y la reactivación económica que viene promoviendo el Gobierno Nacional, las Regionales y su respectivo Comité de Bienestar deben aplicar los siguientes lineamientos para la planeación, ejecución y evaluación de las actividades de bienestar en lo que resta del año 2021:
1. Los Directores Regionales y Subdirectores de Centro deben respetar y promover la participación efectiva del Comité Regional de Bienestar en la programación y ejecución de las actividades de bienestar.
2. Cada Comité Regional de Bienestar debe cumplir adecuada y oportunamente las funciones que le corresponden de conformidad con lo establecido en la Resolución 1-0192 de 2020, y cada uno de sus integrantes debe participar de manera efectiva en la planeación, organización, ejecución y seguimiento de las actividades presenciales o virtuales de bienestar.
3. Además de las alternativas apoyadas en herramientas virtuales, las Regionales deben programar actividades presenciales de bienestar social (ya sean eventos deportivos, y/o recreacionales, y/o artísticos, y/o culturales, o capacitaciones en artes y/o artesanías, de bienestar espiritual, o de promoción de la lectura), respetando las restricciones que apliquen en su respectiva ciudad o del departamento, y cumpliendo los protocolos de Bioseguridad correspondientes. Para el efecto, las Regionales deben revisar la planeación y programación de actividades de bienestar que habían realizado bajo las condiciones del pico de la pandemia por la que atravesó el país hasta finales de agosto, y realizar los ajustes que sean procedentes bajo la realidad actual de la pandemia en el país, teniendo en cuenta los recursos presupuestales disponibles y las condiciones y saldos de los contratos que tengan suscritos.
4. Las regionales que requieran recursos adicionales para la ejecución de actividades de bienestar social en lo que resta del 2021, deberán remitir en el menor tiempo al Grupo de Formación y Desarrollo del Talento Humano la solicitud correspondiente debidamente sustentada.
5. Las actividades que se definan para el plan de bienestar deben tener en cuenta la encuesta de diagnóstico del Plan de Bienestar Social e incentivos 2021, que se encuentra en el siguiente enlace por cada Regional: https://bit.ly/3layqzD; así mismo las Regionales podrán realizar encuestas locales o Regionales para el cumplimiento de esta circular.
Cordialmente,
Verónica Ponce Vallejo
Secretaria General
<Para consultar la versión original PDF de este documento dirigirse al siguiente link: https://www.avancejuridico.com/docpdf/sena/C_SENA_0165_2021.pdf>