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CIRCULAR 167 DE 2018
(agosto 28)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA
Bogotá D.C.
PARA: | DIRECTORES DE AREA, JEFES DE OFICINA, DIRECTORES REGIONALES, SUBDIRECTORES DE CENTRO, COORDINADORES DE GRUPO DE APOYO ADMINISTRATIVO Y SERVIDORES PUBLICOS DE CARRERA ADMINISTRATIVA DEL SENA. |
Asunto: | Tercera convocatoria para provisión de empleos temporales mediante encargo. |
Mediante el Decreto 553 del 30 de marzo de 2017 el Gobierno Nacional creo 800 cargos temporales en la planta de personal del SENA, que de acuerdo con el Decreto 2147 del 20 de diciembre de 2017 están vigentes hasta el 15 de julio de 2019.
Actualmente se encuentran vacantes 95 empleos de los niveles Profesional e Instructor de la planta temporal, distribuidos en los programas SENNOVA, AGROSENA, BILINGÜISMO, que deben ser provistos con el siguiente orden establecido por la Ley 909 de 2004 y el Decreto 1083 de 2015:
1. Con listas de elegibles enviadas por la Comisión Nacional del Servicio Civil.
2. Mediante el encargo de empleados de carrera administrativa de la respectiva entidad.
3. Garantizando la libre concurrencia de aspirantes, a través de la publicación de una convocatoria en la página web de la entidad.
El 26 de julio de 2018 el SENA, realizó la solicitud del numeral primero; en respuesta, la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC informó el 24 de agosto de 2018 que “(...) no se encontraron listas de elegibles que puedan ser utilizadas para su provisión, de acuerdo con la certificación expedida por el analista (...)”
Por lo anterior, es procedente adelantar el trámite para proveer los empleos temporales vacantes, mediante la figura del encargo de empleados de carrera administrativa del SENA; este trámite se realizará con el procedimiento y el cronograma que se indica en el anexo de esta Circular.
La Secretaría General del SENA invita a todos los servidores públicos de carrera administrativa a leer los anexos de la circular y postularse para ser encargados en el empleo que consideren cumplir los requisitos y tener las competencias exigidas.
Las preguntas sobre esta circular serán atendidas en el IP 12154 y en el correo electrónico dcchavez@sena.edu.co
Cordialmente,
VERONICA PONCE VALLEJO
Secretaria General