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CIRCULAR 177 DE 2015
(noviembre 9)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE
PARA: | DIRECTORES REGIONALES, FUNCIONARIOS DE CONTACTO DEFENSA JUDICIAL, SUPERVISORES DE CONTRATO Y APODERADOS EXTERNOS |
ASUNTO: | Directriz procesos judiciales por multas Ministerio de Trabajo |
En atención a las mesas de trabajo realizadas y a los requerimientos del Ministerio de Trabajo, de realizar la devolución de los dineros pagados en los procesos condenatorios de reparación directa o nulidad y restablecimiento del derecho, en los cuales no ha sido vinculado el SENA, de manera atenta solicitamos que en los casos de los procesos en los que se demanda la nulidad de los actos administrativos del Ministerio de Trabajo que imponen multas a favor del SENA y en los cuales la entidad ha sido vinculada, no se interponga la excepción procesal denominada falta de legitimación en la causa por pasiva.
Lo anterior teniendo en cuentas, que si bien es cierto, el SENA no es la entidad generadora de los actos administrativos demandados, si es destinatario de los dineros de las multas y se debe ejercer defensa judicial en forma conjunta con los apoderados del ministerio de Trabajo.
Cordial saludo,
JUAN PABLO ARENAS QUIROZ
Director Juridico
SENA, Dreccion General