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CIRCULAR 180 DE 2019

(noviembre 13)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

PARA: SECRETARÍA GENERAL, DIRECTORES DE ÁREA Y JEFES DE OFICINA DE LA DIRECCIÓN GENERAL, DIRECTORES REGIONALES, SUBDIRECTORES DE CENTRO, COORDINADORES DE GRUPO

Asunto: Contrato de prestación de servicios de profesionales en derecho.

En cumplimiento de la función asignada por el artículo 16, numerales 5o, 8o y 23o del Decreto 249 de 2004[1], la Dirección Jurídica del SENA, adelantará una verificación de todos los contratos de prestación de servicios a nivel nacional, cuyo perfil y objeto requiera de un profesional en derecho, con el fin de conocer la pertinencia entre la descripción de la necesidad, el objeto y el perfil del profesional requerido que ejecutaría las obligaciones a contratar al interior de la entidad bien sea en la Dirección General, Regionales o Centros de Formación.

Concordancias

Lo anterior, atendiendo la importancia de construir la buena costumbre para la celebración de contratos de prestación de servicios, que permitan unificación de criterios en cuanto a los lineamientos jurídicos que sean impartidos en el SENA, de conformidad con los objetivos y metas de gestión que se pretendan alcanzar en el ejercicio de las funciones de la Dirección Jurídica.

En tal sentido, se busca que la gestión jurídica del SENA se lleve a cabo bajo la implementación y desarrollo de políticas que se encuentren ajustadas a las necesidades de la entidad a nivel nacional y que a su vez, permita responder a la realidad administrativa dentro de un marco legal y constitucional que facilite diferentes dinámicas de articulación entre la Dirección General - Dirección Jurídica y las diferentes Regionales, Centros de Formación y dependencias que dentro del desarrollo y cumplimiento de sus competencias funcionales y misionales requieran de profesionales en derecho.

Para tal fin, se emitirá un instructivo en donde se señale el mecanismo o las herramientas que serán utilizadas para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente circular.

La presente circular no modifica, sustituye o adiciona las competencias generales para contratar contenidas en las demás normas.

CARLOS MARIO ESTRADA MOLINA

Director General

<Para consultar la versión original PDF de este documento dirigirse al siguiente link: https://www.avancejuridico.com/docpdf/sena/CIRCULAR_SENA_0180_2019.pdf>

<NOTAS DE PIE DE PÁGINA>.

1. Emitir y establecer las directrices jurídicas para la aplicación de las normas por parte de la entidad Emitir lineamientos para la contratación, suscripción de convenios nacionales e Internacionales, elaboración de actos administrativos, procedimientos para emisión de conceptos, gestión de procesos judiciales, cobro de obligaciones, gestión de recursos y tutelas (...) 23. Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de los procesos de la dependencia."

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"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
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Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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