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CIRCULAR 184 DE 2017
(octubre 11)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA
Bogotá, D.C.
Para: | Directores de Área, Jefes de Oficina en la Direccion General, Coordinadores de Grupo Direccion General, Directores Regionales, Subdirectores de Centro de Formación Profesional y Coordinadores de Grupo Apoyo Administrativo. |
Asunto: | Compensación períodos de descanso |
El 03 de octubre de 2017, se expidió la resolución 1712 de 2017 “Por la cual se autoriza el disfrute de vacaciones colectivas en el SENA”.
Los servidores públicos a quienes no les sean autorizadas vacaciones colectivas, ni días pendientes de vacaciones en los meses de diciembre de 2017 o enero de 2018, podrán disfrutar de cuatro (4) días hábiles de descanso remunerado, en uno de los siguientes periodos, previa concertación con el Jefe inmediato, así:
a) Del 26 al 29 de diciembre de 2017
b) Del 02 al 05 de enero de 2018
Para lo anterior, estas horas se compensarán mediante una de las siguientes alternativas:
a) Una (01) hora diaria a partir del 17 de octubre y hasta el 05 de diciembre de 2017
b) Cinco sábados del 21 de octubre al 18 de noviembre de 2017 (6 horas diarias) y el 25 de noviembre (4 horas) con el fin de completar las 34 horas a compensar.
Nota: Durante las horas en que los servidores públicos estén compensando el tiempo no pueden programarse ni pagarse horas extras.
Los Directores de Área, Jefes de Oficina, Directores Regionales, Subdirectores de Centro y Coordinadores de Grupo, deberán considerar las necesidades del servicio y controlar el estricto cumplimiento de las horas a compensar por parte de los Servidores Públicos.
En ningún caso se podrá autorizar la compensación del tiempo en el horario de almuerzo.
Es responsabilidad de cada Jefe inmediato verificar la asistencia y el cumplimiento de las labores institucionales en el horario adicional, así como adoptar los correctivos del caso cuando fuere necesario.
De igual forma los Jefes inmediatos deberán tomar las medidas necesarias para asegurar la prestación de los servicios y el desarrollo de las actividades cuyo cumplimiento no pueda posponerse.
Cordialmente,
ELSA AURORA BOHÓRQUEZ VARGAS
Secretaria General