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CIRCULAR 186 DE 2017
(octubre 18)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA
Bogotá D.C.
Para: | Directores de Área y Jefes de Oficina, Coordinadores de Grupos de la Dirección General, Directores Regionales, Subdirectores de Centro, Coordinadores Grupo de Apoyo Administrativo Mixto. |
Asunto: | Cumplimiento legal de capacitación en Seguridad y Salud en el Trabajo. |
El Decreto 1072 de 2015 en su artículo 2.2.4.6.11 establece: "Capacitación en seguridad y saiud en el trabajo - SST. El empleador o contratante debe definir los requisitos de conocimiento y práctica en seguridad y salud en el trabajo necesarios para sus trabajadores, también debe adoptar y mantener disposiciones para que estos los cumplan en todos los aspectos de la ejecución de sus deberes u obligaciones, con el fin de prevenir accidentes de trabajo y enfermedades laborales. Para ello, debe desarrollar un programa de capacitación que proporcione conocimiento para identificar ios peligros y controlar los riesgos relacionados con el trabajo, hacerlo extensivo a todos los niveles de la organización incluyendo a trabajadores dependientes, contratistas, trabajadores cooperados y los trabajadores en misión, estar documentado, ser impartido por personal idóneo conforme a la normatividad vigente. '
En obediencia del precepto legal transcrito, se requiere que el personal de planta; contratistas; aprendices vinculados a esta entidad por contrato de aprendizaje; aprendices que estén realizando sus prácticas en el SENA (Decreto 55/2015 compilado en el Decreto Único Reglamentario 780 de 2016), y que se encuentran en sus respectivas dependencias, asistan a las capacitaciones de Seguridad y Salud en el Trabajo que desde el Grupo de seguridad y Salud en Trabajo se convocan; por lo tanto, les solicito promover la participación y facilitar el tiempo necesario para que el personal en mención reciba las capacitaciones, como herramienta propicia que les permita cumplir sus deberes u obligaciones, teniendo como prioridad su propia seguridad en la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades laborales.
Cordialmente,
ELSA AURORA BOHORQUEZ VARGAS
Secretaria General