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CIRCULAR 199 DE 2015
(diciembre 15)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA
Bogotá D.C.,
PARA: | DIRECTORES REGIONALES Y SUBDIRECTORES DE CENTRO |
ASUNTO: | Planeación de la oferta e Ingreso para la convocatoria de la "Oferta especial social de formación". |
1. Planeación de la oferta
Agradecemos el estudio, presentación y aprobación de la oferta educativa especial social dirigido a los aprendices certificados de articulación con la media interesados en continuar la formación en el SENA en un nivel tecnólogo.
El centro de formación realizará el registro y sugerencias de la oferta educativa en el aplicativo SOFIA Plus, después de la aprobación de los programas a ofertar y debe cumplir con los principios de pertinencia, cobertura y calidad.
A continuación, los lineamientos para la creación y publicación de la oferta:
1. El Subdirector de Centro con el Comité Primario, debe generar la propuesta de la oferta especial social de formación del centro basado en las necesidades del sector productivo, pertinencia, planes regionales, aprobación de registro calificado y capacidades de los centros considerando los ambientes mínimos requeridos por el programa de formación. Estos programas deben corresponder con las versiones en ejecución en el aplicativo SOFIA Plus.
2. Cumplido el paso anterior los coordinadores académicos de cada centro en SOFIA Plus a través del rol "Gestión desarrollo curricular" - Planeación de la Formación- Registrar programas asociados a la respuesta, registrarán la oferta académica aprobada. Tener en cuenta que todos los espacios del aplicativo deben ser diligenciados para poder generar la oferta.
3. Los asesores de red con el apoyo del gestor verificarán en SOFIA Plus las condiciones de calidad de la sugerencia de programas realizada por los Centros de Formación.
4. Los gestores de red previa revisión darán el aval o no en SOFIA Plus incluyendo la respectiva justificación.
5. Los Centros de Formación, una vez cuenten con el aval del Gestor de Red para cada solicitud, procederán a personalizar la oferta y a realizar la publicación. El sistema genera un código especial para la inscripción con el cual los aspirantes realizan la inscripción.
Es importante precisar que solo se podrán ofertar programas de nivel Tecnólogo que tengan resolución vigente de registro calificado, para el centro de formación y exclusivamente en el municipio que aparece en la citada resolución del Ministerio de Educación Nacional.
2. Pautas de Ingreso
Para garantizar que se realice un óptimo proceso de ingreso a los programas de formación profesional que se publicaran con fecha de inicio durante el presente mes, se han establecidos los siguientes lineamientos.
2.1. Respuesta Institucional con Programas de Formación Titulada:
2.2. Registro y Publicación de la Respuesta Institucional:
- Fecha de Inicio
- Fecha de Terminación
- Cupo
- Programa
- Modalidad del Programa
- Nombre Responsable
- Departamento de Desarrollo de Formación
- Municipio de Desarrollo de Formación
- Requisito Específico
- Tipo de Respuesta
- Lugar/Dirección de Ejecución de Formación: Indicar dirección exacta donde se llevará a cabo la formación indicando si es una subsede (No usar abreviaturas).
- Jornada
- Horario
- LMS: seleccionar el LMS Blackboard
"Por transparencia en el proceso, una vez esté publicada la respuesta institucional en la página WEB no puede ser modificada; el Subdirector del Centro es el responsable de la calidad final de la información publicada".
2.3. Inscripción
Las inscripciones se realizarán en SOFIA PLUS a través del código asignado por el sistema.
Los aspirantes deben registrarse en el sistema SOFIA Plus con sus nombres, apellidos, tipo y número de identificación tal y como aparece en su documento de identidad antes de la inscripción. Dicha información no se modifica.
El centro definirá estrategias de comunicación para la promoción y divulgación de la oferta, garantizando el conocimiento de los programas ofertados en los diferentes municipios, y contemplando el procedimiento de registro, inscripción y selección que se realiza en SOFIA.
Durante el proceso de inscripción el sistema realizará la validación de las inhabilidades informándole al aspirante inmediatamente cuando éstas le apliquen.
Los aspirantes a inscribirse a programas del nivel tecnólogo, deben incluir en el formulario el registro del Examen de Estado (SNP) sin ninguna excepción.
2.4. Selección
El proceso de Selección consistirá en una prueba de ingreso diagnostica que se realizara durante el primer trimestre de 2016.
2.5. Matricula
Es el registro que formaliza el ingreso de una aspirante atestado de aprendiz de un programa de formación en la entidad, implica la aceptación del reglamento para alumnos SENA y el compromiso de conocerlo y aplicarlo.
Requisitos:
1. Verificación del original del documento de identidad: Según Normatividad dispuesta por la Registraduría Nacional del estado civil los ciudadanos Colombianos se identifican con:
- Tarjeta de identidad expedida por la Registraduría Nacional del Estado Civil, es el único medio idóneo para la identificación de los menores de edad que hayan cumplido los siete (7) años de nacidos". Artículo 5 del Decreto No. 1694 de 1971.
- Una vez cumplidos los dieciocho años, la persona se identifica con la cédula de ciudadanía, es así como el artículo 1 de la Ley 39 de 1961 dispone que "la cédula de ciudadanía es el documento con el cual los colombianos mayores de edad, pueden identificarse en todos los actos civiles, políticos, administrativos y judiciales.
- Cédula de extranjería (Los extranjeros deben demostrar su residencia en Colombia).
2. Verificación y recepción de los certificados académicos establecidos según el programa de formación en que ha sido seleccionado. Los títulos, certificados o diplomas obtenidos en otros países deben ser convalidados ante el Ministerio de Educación.
3. Debe demostrar certificación expedida por la EPS o SISBEN como parte del proceso de matrícula y hasta finalizar la inducción. Opcional.
4. Los aspirantes que estén interesados en programas del nivel Tecnólogo, deben ser bachilleres y presentar copia del resultado de la prueba del ICFES y entregarlo al momento de asentar la matricula. Quien no lo presente no podrá matricularse. Ley 30 de Educación 1992.
5. Convocar y Matriculara los aspirantes que queden seleccionados a partir del 21 de diciembre. El Coordinador Académico debe garantizar la aprobación de la programación como requisito para realizar la citación a matrícula.
6. Cada ficha contará con el 50% del cupo como suplentes y que podrá convocar a matrícula el responsable de ingreso.
7. El sistema permitirá convocar los suplentes a matrícula hasta un (1) mes después de inicio de la formación, pero cambiándole el estado al aspirante.
8. El no asentar la matricula en las fechas establecidas genera la cancelación de la fichas aún con los aspirantes convocados, esto ocurre cuando el sistema realiza el cambio de estado de las fichas de "matrícula" a "ejecución".
Los centros de formación deben gestionar en el aplicativo los eventos de crear, personalizar, publicar, inscribir, seleccionar y matricular antes del 28 de Diciembre de 2015.
Cordial Saludo,
MAURICIO ALVARADO HIDALGO
Director de Formación Profesional
<Para consultar la versión original PDF de este documento dirigirse al siguiente link:
https://www.avancejuridico.com/docpdf/sena/CIRCULAR_SENA_0199_2015.pdf>