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CIRCULAR 199 DE 2017
(noviembre 3)
<Fuente: Archivo Interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA
Bogotá, D.C.
PARA: | DIRECTORES REGIONALES, COORDINADORES MISIONALES REGIONALES, SUBDIRECTORES DE CENTRO |
Asunto: | Lineamientos para finalizar vigencia 2017 y comienzo vigencia 2018 |
En esta oportunidad, tengo el gusto de saludarlos y manifestarles mi agradecimiento por el esfuerzo realizado por todos ustedes en el ejercicio de sus labores, el cual se refleja en los logros alcanzados hasta la fecha en el proceso de Certificación de Competencias Laborales. A los Subdirectores de Centro que aún presentan baja ejecución de los indicadores 2017, atentamente los invito a tomar las medidas correspondientes para el logro de este propósito.
Con el ánimo de culminar con éxito la presente vigencia e iniciar el año 2018 totalmente alineados con los propósitos institucionales, se definieron los aspectos de especial importancia para el proceso y sobre los cuales queremos hacer énfasis en su cumplimiento y seguimiento, en los casos a que haya lugar.
Así las cosas, para facilitar la lectura y comprensión de la información suministrada, a continuación encontrarán los lineamientos agrupados por temas principales:
1. ASPECTOS GENERALES DEL PROCESO ECCL
1.1. Cambio de nivel de certificación: las personas interesadas en el mejoramiento de su nivel de certificación sobre estándares no regulados, sólo lo podrán realizar en la vigencia fiscal siguiente a la expedición del certificado; es decir, los candidatos que cuenten con certificaciones de competencias laborales de nivel básico o intermedio expedido en el año 2017 sólo podrán participar en el proceso para mejorar su nivel de certificación en el año 2018.
Teniendo en cuenta que estos candidatos han demostrado el 100% de cumplimiento de su desempeño y de producto de acuerdo a lo establecido en el estándar, los candidatos que participen en el proceso para mejorar su nivel en la vigencia fiscal siguiente a la expedición de su certificado de competencia laboral, sólo tendrán que presentar la prueba de conocimiento. Para ellos, no son obligatorias las fases de sensibilización ni de inducción.
1.2. Certificaciones para normas reguladas: para obtener la certificación de competencias laborales en normas reguladas, el candidato debe alcanzar el 100% en cada una de las evidencias, tanto de desempeño, producto y conocimiento.
1.3. Socialización de resultados de las auditorías o verificaciones: antes de finalizar el año 2017, el Comité de Evaluación y Certificación del Centro de formación, debe socializar los resultados de las auditorías y verificaciones, con el fin de tomar las acciones a que haya lugar para el mejoramiento en la ejecución del proceso y, de esta manera, evitar que los hallazgos se sigan repitiendo sin ningún efecto en el mejoramiento del proceso.
1.4. Cierre de procesos verificados: se debe garantizar que todos los procesos verificados en la vigencia 2017, queden cerrados máximo el 22 de diciembre del año en curso.
1.5. Evaluadores externos de proyectos en alianza: la verificación del perfil del evaluador externo de proyectos en alianza y su aval correspondiente, es responsabilidad del Asesor del Grupo de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales de la Dirección General, asignado al Centro de Formación.
1.6. Curso de evaluador: se precisa que el certificado sobre el curso de evaluador no tiene vigencia. Para ser evaluador es necesario contar con esta formación o, en su defecto, tener la socialización de la Guía ECCL vigente, tanto para proyectos en alianza como de demanda social.
1.7. Encuesta de satisfacción: con el fin de fortalecer la medición del nivel de satisfacción del cliente en el proceso de Evaluación y Certificación de Competencia Laborales, es necesario que todos los candidatos que aspiran a certificar sus competencias diligencien la encuesta que se diseñó para tal fin. El Líder de Certificación de Competencias Laborales del Centro de Formación es el encargado de gestionar su diligenciamiento para garantizar una muestra representativa que le permita a la Entidad tomar las medidas de mejoramiento a que haya lugar.
2. ASPECTOS A TENER EN CUENTA PARA CIERRE DE VIGENCIA 2017
Las fechas de cierre 2017 a tener en cuenta en el programa de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales, son:
ACTIVIDAD | FECHA LÍMITE |
Registro de personas inscritas | martes 14 de noviembre/2017 |
Solicitud de instrumentos | martes 21 de noviembre/2017 |
Solicitud de oportunidad | jueves 30 de noviembre/2017 |
Realización de Verificación | viernes 15 de diciembre/2017 |
Registro programación anual 2018 | viernes 17 de noviembre/2017 |
Entrega kit de instrumentos | viernes 22 de diciembre/2017 |
Nota 1. Para el Proyecto Nacional de instructores, de Coordinación Académica, los proyectos de post-conflicto y de Beneficiarios de Formación Continua especializada no aplica las fechas límite anteriormente descritas, teniendo en cuenta que todos los inscritos deben quedar certificados en la presente vigencia.
Nota 2. En relación con los proyectos 2018 que se registren posterior al 14 de noviembre 2017, es importante tener en cuenta que podrán realizar las fases de selección y determinación en el año 2017 y la verificación y atestación se debe realizar en el año 2018.
3. IDENTIFICACIÓN DE ÁREAS CLAVES PARA VIGENCIA 2018
Los Centros de Formación a través del Comité de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales, identificarán ocho áreas claves a atender en el año 2018, teniendo en cuenta los sectores estratégicos que sean priorizados por las Comisiones Regionales de Competitividad en cada Departamento, en el marco de la política de desarrollo productivo, con los Planes de Desarrollo Locales y con los proyectos de alto impacto a nivel regional.
Las áreas claves podrán ser ajustadas o ampliadas durante la vigencia 2018 de acuerdo a la dinámica regional.
Por último, las inquietudes, y/o sugerencias relacionadas con los lineamientos aquí descritos, con gusto serán atendidas por esta Dirección a través del Grupo de Certificación de Competencias Laborales.
Cordialmente,
HENRY HERNANDO LUNA SALCEDO
Director Sistema Nacional de Formación para el Trabajo
<Para consultar la versión original PDF de este documento dirigirse al siguiente link: https://www.avancejuridico.com/docpdf/sena/CIRCULAR_SENA_0199_2017.pdf>