Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción

Inicio
 
Documento PDF Imprimir

CIRCULAR 209 DE 2021

(octubre 28)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

<NOTA DE VIGENCIA: Circular derogada por la Circular 192 de 2022>

PARA:SECRETARIA GENERAL, DIRECTORES DE ÁREA Y JEFES DE OFICINA DE LA DIRECCIÓN GENERAL, DIRECTORES REGIONALES Y SUBDIRECTORES DE CENTRO DE FORMACIÓN PROFESIONAL INTEGRAL DEL SENA.
Asunto:Adición al numeral 4 de la Circular 3-2021-000160 – Conformación y uso del Banco de Instructores SENA.
Resumen de Notas de Vigencia

Teniendo en cuenta las inquietudes y situaciones planteadas por los Centros de Formación en relación con la verificación de las hojas de vida para determinar el cumplimiento del perfil de idoneidad de los aspirantes y la puntuación que le corresponde a cada uno en la hoja vida, se adiciona con el siguiente texto el numeral 4 de la Circular No. 3-2021-000160 del 9 de septiembre de 2021, con el fin de conformar de manera oportuna el Banco de Instructores SENA para la contratación 2022, considerando que el contrato suscrito por esta entidad con la ESAP para la aplicación de la prueba lo permite:

“La prueba de competencias socioemocionales y de habilidades digitales será aplicada en la(s) fecha(s) y hora(s) que señale el cronograma, a todos los aspirantes que hayan finalizado satisfactoria y oportunamente su aspiración.

Una vez los Centros de Formación culminen la fase de verificación del cumplimiento del "perfil de idoneidad y experiencia", así como de la puntuación que le corresponde a los aspirantes por la hoja de vida, y se definan los tres mayores puntajes por cada necesidad de contratación (o 2, o 1, si no hay más), el SENA publicará los resultados de la prueba socioemocional y de habilidades digitales de quienes hayan obtenido los tres mayores puntajes en la hoja de vida, y continuará con ellos el procedimiento establecido en la circular No. 3-2021-000160.

Los puntajes de la prueba de competencias socioemocionales y de habilidades digitales de quienes no queden entre los tres (3) primeros puntajes por cada necesidad de contratación, podrán ser utilizados por los Centros de Formación para seleccionar aspirantes en orden descendente de puntuación final (consolidado) en las necesidades de contratación que no hayan podido ser suplidas con las opciones señaladas en el texto inicial de la Circular No. 3-2021-000160; con este fin, el cronograma definirá la fecha en que estos puntajes serán publicados.

Con base en esta circular, se ajustará y publicará a través del módulo de la APE el cronograma para la verificación de las hojas de vida por parte de los Centros de Formación".

Está circular entra en vigencia a partir de la fecha de su divulgación y adiciona en lo pertinente la circular No. 3-2021-000160 del 9 de septiembre de 2021.

Atento saludo,

CARLOS MARIO ESTRADA MOLINA

Director General

<Para consultar la versión original PDF de este documento dirigirse al siguiente link: https://www.avancejuridico.com/docpdf/sena/C_SENA_0209_2021.pdf>

Ir al inicio

logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la
compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores
jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones
similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación,
reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por
la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la
competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de
los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono
617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas
de uso de la información aquí contenida.