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CIRCULAR 226 DE 2010

(septiembre 6)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

Bogotá,

PARA: COORDINADORES DE GRUPOS ADMINISTRADORES O MIXTOS, TESOREROS  
Asunto: Procedimiento Cheques Devueltos

Aunque desde la entrada en vigencia del uso masivo del bóton de pagos y del código de barras, y adicional al acuerdo con los bancos para que solo se recibieran cheques de gerencia, se presentan unos cheques devueltos en Bancolombia por concepto de FIC, MONETIZACIÓN Y APORTES, para los cuales definimos el siguiente procedimiento.

1. Debido a que estas son cuentas nacionales, es decir que independientemente del lugar en donde se hayan realizado las consignaciones, los cheques devueltos son puestos a disposición del SENA en una sucursal de Bogotá.

2. Cuando en la Tesorería de la Dirección General se conoce un caso como este, procedemos a reclamar los cheques correspondientes a las Regionales Distrito Capital y Cundinamarca y se les hace llegar al tesorero(a) correspondiente; para las demás ciudades, el banco los colocará en la Oficina donde se encuentre radicada la cuenta recaudadora de la Regional.

3. Una vez el banco nos dé aviso de que ya los remitieron a cada Regional, nosotros avisamos a los tesoreros para que procedan a recogerlos mediante la presentación de una comunicación dirigida al banco, con condiciones de manejo, en la cual se especifique cuantos cheques se recogen y quien será autorizado para recogerlos.

4. El tesorero(a), una vez tenga en su poder el(los) cheque(s) deberá remitirlo(s) con comunicación on_base a la Oficina Jurídica o quien haga sus veces en su Regional para que adelante el proceso respectivo de cobro coactivo; una vez cumplido este trámite, deben enviar por correo a la Tesorería de la Dirección General el cheque escaneado y copia del oficio antes mencionado, dado que se requiere para el registro correspondiente como CHEQUE DEVUELTO y que se trata de una cuenta nacional radicada en Bogotá; el registro contable se hará contra la CUENTA INTERNA con el auxiliar de cada Regional según el caso.

5. Cuando por efecto del proceso el deudor pague, por tratarse de cartera, el ingreso se debe realizar a la cuenta recaudadora Regional por el botón de pagos o código de barras - OTROS - INGRESOS ESPECIALES SENA.

6. Al día siguiente del pago, este ingreso se registra automáticamente en la Regional y debe ser reclasificado por parte de Contabilidad de cada Regional a la cuenta contable CHEQUES DEVUELTOS 1470900401,

Cordialmente

ORBIDIO VELANDIA NIÑO

Director Administrativo y Financiero

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"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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