Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción
CIRCULAR 227 DE 2017
(diciembre 13)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA
Bogotá D.C.
Para: | Secretaria General, Directores de Área, Jefes de Oficinas y Coordinadores de Grupo Dirección General. |
Asunto: | Solicitud de actualización normativa |
En ejercicio de las funciones asignadas a la Dirección Jurídica en los numerales 5 y 7 del artículo 16 del Decreto 249 de 2004 que preceptúan: "(...) 5. Emitir y establecer las directrices jurídicas para la aplicación de las normas por parte de la entidad. (...) 7. Compilar las normas legales, los conceptos, tanto internos como externos relacionados con la actividad de la entidad y velar por su actualización, sistematización y difusión”, fija el procedimiento que se debe observar para actualizar la normatividad interna del SENA, con fundamento en los siguientes antecedentes:
a) Existe una gran cantidad de actos administrativos (Acuerdos, Resoluciones, Circulares y Directrices) cuyo soporte normativo ha desaparecido y por ende no están vigentes o han perdido fuerza ejecutoria.
b) Algunos actos fueron expedidos con anterioridad a la Ley 119 de 1994 y el Decreto 249 de 2004 y otros con posterioridad a la entrada en vigencia de estas normas, lo que hace necesario la revisión y ajuste.
En virtud de lo anterior se requiere que todas las dependencias de la Dirección General y las Regionales y Centros de Formación Profesional del SENA, atendiendo sus competencias y funciones consignadas en la Ley 119 de 1994 y el Decreto 249 de 2004, asi como también las que le haya delegado el Consejo Directivo Nacional y/o (la) Director(a) General del SENA, incluidas las que crearon grupos internos de trabajo, realicen un estudio minucioso de los actos administrativos que por su competencia requieran actualización, modificación, derogatoria o subrogación, para lo cual debe tenerse en cuenta la correspondiente definición.
1. Actualización. Es la acción por la cual se moderniza, adapta o se cambia un acto administrativo.
2. Modificación. Es la acción por la cual se reforma total o parcial un acto administrativo.
3. Derogatoria. Es la acción por la cual mediante otro acto administrativo se deja sin efectos una norma jurídica o parte de la misma.
4. Subrogación. Es una modalidad de derogación en el cual el contenido de una norma sustituye otra.
En virtud de lo anterior, cada dependencia debe remitir la memoria justificativa y el proyecto de acto administrativo, utilizando una comunicación interna (C.l. POR RADICAR) dirigida al correo cburbano@sena.edu.co el cual se recibirá hasta el día 27 de diciembre de 2017.
Cordial saludo,
DIANA CAROLINA MONTES AGUIRRE
Directora Jurídica