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CIRCULAR 229 DE 2019
(diciembre 26)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA
PARA: SECRETARÍA GENERAL, DIRECCIONES DE ÁREA, OFICINAS DE LA DIRECCIÓN GENERAL, DIRECTORES REGIONALES Y SUBDIRECTORES DE CENTROS DE FORMACIÓN PROFESIONAL INTEGRAL
Asunto: Comunicación Decreto 2226 de 2019 "Por el cual se establece la estructura del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación y se dictan otras disposiciones"
En cumplimiento de las funciones asignadas a la Dirección Jurídica por el artículo 16[1] del Decreto 249 de 2004, de manera atenta se comunica el contenido del Decreto 2226 de 2019, el cual incluye la participación del SENA para la formulación e implementación de la política integral de innovación educativa[2] y en las políticas de fomento para la adopción[3], transferencia y uso del conocimiento y la tecnología, que promueva la innovación para la competitividad en el país.
El Decreto 2226 de 2019 puede ser consultado en la siguiente dirección electrónica:
https://dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO%202226%20DEL%2005%20DICIEMBRE%20DE%202019
Cordial saludo,
1. Decreto 249 de 2004, articulo 16, Numeral 3. Orientar y proponer porque tas acciones de la Institución se ajuste a la normatividad vigente, en coordinación con la oficina de control interno.
2. Decreto 2266 de 2019. Artículo 7. Funciones del Despacho del Ministro de Ciencia, Tecnología e Innovación. Son fundones del Despacho del Ministro de Ciencia, Tecnología e Innovación, además de las señaladas por la Constitución Política y la ley, las siguientes: (...) 15. impartir lineamientos para articular, con los Ministerios Educación Nacional, de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, la formulación e implementación de la política Integral de Innovación educativa.
3. Decreto 2266 de 2019. Artículo 14. Viceministerio de Conocimiento, innovación y Productividad. Son funciones del Despacho del Viceministerio de Conocimiento, Innovación y Productividad, además de las señaladas en la ley, las siguientes: (...) 9, Promover, en coordinación con los Ministerios de Comercio, Industria y Turismo, Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, el SENA, el Departamento Nacional de Planeación y demás entidades e instancias competentes, políticas de fomento para la adopción, transferencia y uso del conocimiento y la tecnología, que promuevan la innovación para la competitividad en el país."