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CIRCULAR 284 DE 2012

(23 julio)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA

Resumen de Notas de Vigencia

PARA: DIRECTORES REGIONALES Y SUBDIRECTORES DE CENTRO DE FORMACIÓN PROFESIONAL

En enero de 2010, al adelantar la migración de información del aplicativo de Sistema Gestión de Centros- SGAC a Sofia Plus, se presentaron algunas inconsistencias, entre otras, no verificar la versión de los programas de formación en que se encontraba el aprendiz, por lo que en algunos casos se les está exigiendo competencias adicionales a las señaladas en el programa a la fecha de ingreso y matricula, como la competencia de Inglés, quedando como requisito obligatorio para obtener la certificación.

Respecto a la competencia de inglés este despacho expidió las siguientes circulares dando lineamiento para la certificación de los aprendices, directrices que rigen a partir de la fecha de expedición de las mismas y de ninguna manera en forma retroactiva.

- Circular 3-2009- 000261 del 28 de octubre de 2009: es requisito obligatorio para la certificación únicamente para los siguientes 14 programas:

1TECNOLOGOGESTION LOGISTICA
2TECNOLOGODISTRIBUCION FISICA INTERNACIONAL
3TECNOLOGONEGOCIACION INTERNACIONAL
4TECNOLOGOADMNISTRACION HOTELERA
5TECNOLOGOGASTRONOMIA
6TECNOLOGOPROCESOS CREATIVOS Y TURISTICOS
7TECNICOCOMERCIO INTERNACIONAL
8TECNICOORGANIZACIÓN DE EVENTOS RECREATIVOS Y TURISTICOS
9TECNICOGESTION COMERCIAL Y TELEMERCADEO CONTAC CENTER
10TECNICODESARROLLO DE OPERACIONES LOGISTICA EN LA CADENA DE ABASTECIMIENTO
11TECNICOSERVICIOS DE ALOJAMIENTO
12TECNICOGUIANZA TURISTICA
13TECNICOCOCINA
14TECNICOMESA Y BAR

- Circular 3-2012- 000204 del 12 de agosto de 2010: es requisito obligatorio para la
certificación para tecnólogo que iniciaban formación a partir del 1o de octubre de 2010.

- Circular 3-2010- 000256 del 30 de septiembre de 2010: es requisito obligatorio para la certificación nivel Tecnólogo, Técnico Profesional y Técnico, que inicien su proceso de formación a partir del 1o de Octubre de 2010

Para solucionar los casos presentados, como medida especial y transitoria, se ha implementado en el aplicativo Sofia Plus la opción para certificar a los aprendices que se encuentren enmarcados en las siguientes situaciones:

1. A quienes iniciaron formación, antes del 28 de octubre de 2009 en programas diferentes los 14 indicados en la circular 3-2009- 000261, siempre y cuando en el diseño del programa no esté como obligatorio

2. A quienes iniciaron formación antes del 1o de octubre de 2010 y que no correspondan a los 14 programas indicados en la circular 3-2009- 000261.

El procedimiento transitorio adoptado en el aplicativo será responsabilidad del Grupo de Administración Educativa de esta Dirección, para lo cual los centros de formación deberán:

1. Verificar que las únicas competencias en estado POR EVALUAR y que no han permitido generar la certificación correspondan a las de inglés y que el aprendiz se encuentre en alguna de las dos situaciones indicadas.

2. Remitir a partir de la fecha la información en archivo Excel a la funcionaria Elsa Patricia Martinez Diaz, eornartinez@sena.e

FORMATO 20. CERTIFICAR APRENDICES REQUISITO INGLES NO OBLIGATORIO

ResgionalCentroTipo documentoNo de documentoAPellidos y Nombres
FICHA
Nombre del programaNivel del programaTipo de documentoNo de documento

El grupo de Administraón Educativa adelantara el procedimiento e informará al centro respectivo para genere la certificación.

GERMAN ALBERTO CHAVES CORREAL

Director de Formacion Profesional

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