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CIRCULAR 303 DE 2009

(diciembre 14)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE

Para:Directores Regionales, Subdirectores de Centro, Coordinadores de Formación Profesional y Empleo y líderes del Servicio Público de Empleo.
De: Directora de Empleo y Trabajo.
Asunto:
Directrices sobre Orientación Profesional.

Teniendo en cuenta la modernización que realizaron a los talleres de Orientación Ocupacional, comedidamente me permito informarles que a partir de la fecha, los citados talleres se denominarán “Talleres de Orientación Profesional”, los cuales estarán dirigidos tanto para buscadores de empleo como para empresarios y para su implementación se contemplan los siguientes aspectos:

1. Para buscadores de Empleo:

Como apoyo al proceso la Dirección de Empleo y Trabajado <sic> ha diseñado las guías para orientadores, que contribuyen a tener elementos necesarios para el desarrollo de los talleres, las cuales parten de una definición general y unos lineamientos metodológicos para la realización de prácticas que conlleven a que los usuarios adquieran habilidades en informática básica, inscripción de la hoja de vida en la plataforma del Servicio Público de Empleo, autoestima y motivación, presentación de hoja de vida, entrevista de trabajo, pruebas psicotécnicas y redes para la búsqueda de empleo. Los anteriores talleres son los únicos que se deberán ofrecer en cada uno de los centros de Servicio Público de Empleo de acuerdo al tipo de población objeto de atención como se referencia en el punto 3 de esta circular.

El proceso de los mismos, iniciará con el taller de informática básica y registro de la hoja de vida en el aplicativo del Servicio Público de Empleo, para luego, sobre la misma, iniciar una <sic> análisis del perfil profesional, el cual conllevará a la orientación de los usuarios, a los diferentes talleres presenciales o virtuales, a la inscripción de cursos que complementen el perfil laboral, a la postulación a las diferentes vacantes que se encuentren disponibles o a la orientación para que los Centros de Formación Profesional les certifiquen la<sic> competencias laborales, según sea el caso.

Las acciones de formación complementaria que se deriven del proceso de orientación profesional, se registrarán mediante el módulo diseñado para tal fin en el aplicativo del Servicio Público de Empleo en la hoja de vida de cada uno de los usuarios, y para su registro, deberán contar con el aval de los orientadores que han evaluado la misma. Los reportes de los inscritos serán remitidos de manera mensual por los coordinadores del Servicio Público de Empleo de cada una de las regionales a los subdirectores de los Centros de Formación Profesional con el propósito de que se realice la respectiva <sic> programaciones de los cursos bien sea de manera presencial o virtual; así mismo se deberá remitir a los Centros de Formación Profesional, las solicitudes de Formación complementaria en las que se contemple la demanda del sector productivo solicitada por los empresarios, sobre las vacantes registradas en el aplicativo para cada regional.

Para el caso de la certificación de competencias de cada uno de los buscadores de empleo se deberá elaborar un diagnóstico previo en el cual se analiza la posibilidad que tiene una persona para certificarse en la competencia deseada, es decir las evidencias que certifiquen la experiencia de haber trabajado o trabajar y los conocimientos en determinado sector. Estas necesidades previo análisis, junto con los datos básicos deberán enviarse en grupos mínimos de 20 personas a los Centros de Formación Profesional <sic> profesional, para que se contemple la posibilidad de certificación.

2. Orientación para empresarios:

Con el propósito de elevar la confianza y el posicionamiento del Servicio Público de Empleo, frente a los empresarios, se contempla que los orientadores profesionales apoyen en este proceso a los centros de Servicio Público de Empleo, contactando a las empresas que a nivel regional se tiene registrada en el aplicativo y ofreciendo el nuevo servicio de estructuración de perfiles laborales, el cual está orientado para apoyar al empresario en la construcción delos <sic> perfiles requeridos para cada uno de los cargos como son: Experiencia, formación, salarios en promedio ofrecidos, competencias y habilidades.

3. Perfiles de los orientadores:

Los orientadores profesionales que se contraten para el 2010, deberán ser profesionales universitarios titulados en las modalidades de Economía, Administración de Empresas, Psicología o Trabajo Social. Se definen estas profesiones toda vez que los talleres de orientación profesional contemplan unos conceptos generales y una guía práctica que desarrolla la temática general teniendo en cuenta los siguientes criterios:

1. Vocación de la región: Esta información viene siendo consolidad por el Observatorio Laboral y Ocupacional de manera general, lo cual contribuirá para que los orientadores realicen un análisis del mercado laboral de la región en donde cada una de las oficinas del Servicio Público tenga cobertura y así los talleres desarrollados contribuyan a la inclusión laboral.

2. Tipo de Población: Se busca caracterizar la población a fin de orientar los talleres profesionales de acuerdo al tipo de población al cual se dirige el orientador y la cual puede ser población vulnerable, buscador de empleado con o sin estudio.

Los honorarios previstos para cada orientados son en promedio $ 2.300.000 a consideración y los productos a entregar están relacionados con las metas de orientación profesional para buscadores de empleo y la atención de el 15% de la meta de empresarios a sensibilizar, con una producción mínima de atención diaria de 36 personas, es decir atención a dos talleres de orientación profesional de 15 personas cada uno y la atención de 6 empresas.

Los nuevos talleres de orientación profesional, junto con el alcance de los lineamientos se darán a conocer de manera detallada en febrero de 2010 en una videoconferencia informativa.

Cordialmente,

DORA MILENA GARCÍA MORENO

Directora de Empleo y Trabajo

SENA – Dirección General

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