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CONCEPTO 5 DE 2014
(mayo 5)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE
Bogotá D.C
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Asunto: | Austeridad en el gasto. RV: Concepto Aplicación Circular 3-2013-000019 del 09/04/2013. |
En atención a su solicitud de conceptualización enviada a través de correo electrónico de fecha 30 de abril de 2014, en la que pregunta si “es posible contratar en el Centro de Formación la adquisición de un material de divulgación institucional (de los programas del Centro en cuanto a formación titulada, complementaria y virtual) como vallas, volantes, pendones, placas señaleticas y afiches, teniendo en cuenta la Circular 3-2013-000019 del 09/04/2013 (Austeridad Fiscal y Ahorro de Recursos) emanada de Dirección general del SENA”
PROBLEMA JURIDICO
¿Es posible contratar material de divulgación institucional para dar publicidad a los programas que ofrece el centro de formación?
SOPORTES NORMATIVOS
Los decretos 26 de 1998 y 1737 de 1998 con sus modificaciones establecieron prohibiciones, restricciones y/o condiciones a los ordenadores del gasto que implican la necesidad de racionalizar y ajustar los gastos de la entidades públicas y el Estado.
El Acto Legislativo 03 den2011 y la Ley 1473 de 2011 consagran normas para la racionalización de la economía y la sostenibilidad fiscal anual a mediano y largo plazo, como instrumento para alcanzar progresivamente los objetivos del Estado Social del Derecho y la estabilidad macroeconómica del gasto público social.
Las circulares 0019 y 0108 de 2013, establecieron las directrices para el SENA relacionadas con la austeridad en el gasto y el ahorro de recursos.
Numeral 2 circular 0019 de 2013 aclarado por la circular 0108 de 2013:
"2. Autorización previa para el inicio de trámites: Las siguientes actividades o contratos requieren autorización previa de la Dirección Administrativa y Financiera para el inicio de las actuaciones respectivas, previa justificación por parte de la respectiva dependencia, Regional o Centro de Formación, en la que se establezca que es imprescindible la contratación para su adecuada gestión, y las condiciones en que ésta se desarrollará:
1. Adquisición de vehículos oficiales y teléfonos celulares.
2. Contratos para publicidad y publicaciones. (resaltado fuera del texto)
3. Adquisición de papelería de la entidad.
4. Impresión de informes, folletos o textos institucionales.
5. Seminarios o actividades de capacitación que de acuerdo con las normas vigentes se deban ofrecer u organizar, y que sea necesario desarrollar con la presencia de los funcionarios que pertenecen a otras sedes. En este caso el ordenador del gasto deberá dejar constancia de dicha situación en forma previa a la autorización del gasto."
ANÁLISIS JURÍDICO
En cuanto a su interrogante me permito manifestarle que tanto las normas antes mencionadas como las circulares internas deja clara la necesidad de contar con autorización por parte de la Dirección Administrativa y Financiera en la que se establezca que es imprescindible la contratación para la adecuada gestión del centro de formación para lo cual se deberá establecer de manera clara las condiciones en las cuales se realizará la contratación.
Por lo anterior, de considerarse completamente necesaria la contratación y el centro considera que para su correcto funcionamiento debe contratar la elaboración de vallas, volantes, pendones, placas señaleticas y afiches, deberá proceder a elevar la solicitud de autorización ante la Dirección Administrativa y Financiera quien determinara la necesidad de la contratación y procederá a otorgar o no la respectiva autorización de contratación.
Atentamente,
MARTHA BIBIANA LOZANO MEDINA
Coordinadora Grupo de Conceptos y Producción Normativa
SENA – Dirección General Torre Sur Piso 3
mvlozano@sena.edu.co
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