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CONCEPTO 51656 DE 2021

(junio 29)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

PARA:XXXXXXXXXXXXXXX
DE:XXXXXXXXXX, Coordinador Grupo de Conceptos Jurídicos y Producción Normativa, 1-0014
ASUNTO:Concepto entrega de materiales de formación Programa SER


En respuesta a la comunicación electrónica con radicado 9-2021-042509 del 25 de mayo de 2021, mediante la cual solicita orientación acerca de la entrega de materiales de formación del Programa SER; al respecto, de manera comedida le informo.

En su comunicación solicita el concepto puntualizando lo siguiente:

….su orientación para el uso de los materiales de formación que fueron asignados durante la vigencia 2020 y que las fichas se encontraban en estado ejecución y que debido a problemas de transporte y problemas ocasionados por la pandemia del covid 19, no pudieron ser entregados a los sitios donde se realizó la formación; los cuales se encuentran en este momento bajo la custodia del almacén, es de aclarar que en el sistema ya aparecen con la salida de almacén.

Por lo anterior, se necesita saber el procedimiento a seguir, sea para reintegrarlo a almacén, si es posible reasignarlos a las fichas de la vigencia 2021 mediante acta, si se pueden entregar a las personas y unidades productivas a las cuales fueron asignadas en la vigencia anterior, o si es posible asignar a las fichas de fortalecimiento las cuales no tienen asignación de materiales en la vigencia 2021, por lo expuesto anteriormente no fueron entregados en el 2020.

ALCANCE DE LOS CONCEPTOS JURÍDICOS

Los conceptos emitidos por la Dirección Jurídica del SENA son orientaciones de carácter general que no comprenden la solución directa de problemas específicos ni el análisis de actuaciones particulares. En cuanto a su alcance, no son de obligatorio cumplimiento o ejecución, ni tienen el carácter de fuente normativa y sólo pueden ser utilizados para facilitar la interpretación y aplicación de las normas jurídicas vigentes.

ANÁLISIS JURÍDICO

Las directrices para el manejo y control de los bienes son emitidas por la Dirección Administrativa y Financiera, y la operatividad y cumplimiento de esas directrices es responsabilidad de la Direcciones Regionales y Subdirecciones de Centros de Formación.

Todo servidor público que reciba bienes de propiedad del SENA es responsable por su buen uso, custodia y conservación.

Dentro de los lineamientos establecidos en la Guía para Administración de Bienes GIL-G 003, que se encuentra socializada en la plataforma compromiso.sena.edu.co, se tiene establecido el procedimiento para la salida de bienes al servicio y, especifica que las notas de salida no deben ser ratificadas en el sistema de información SACB hasta que los bienes no son retirados del almacén y los reportes firmados por el cuentadante destino.

Teniendo en cuenta la situación manifiesta se recomienda consultar con el área de Ejecución de la Formación si las fichas están activas, a fin de entregar los materiales de formación de acuerdo con su destinación inicial y de esta forma proceder con la legalización de los elementos que actualmente reposan en los almacenes de los centros.

Si las fichas están activas y vigentes con notas de salida de almacén, se podrá terminar el proceso y hacer entrega de los elementos al destinatario inicial, en caso de no contar con material para esta vigencia.

Si las fichas no están vigentes o ya no existen, corresponde al Grupo de Ejecución de la Formación, que es el área competente, decidir sobre el particular, teniendo en cuenta que estos materiales de formación tienen destinación específica.

El presente concepto se rinde de conformidad con el alcance dispuesto en el artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, incorporado por la Ley 1755 de 2015.

Cordial saludo,

Antonio José Trujillo Illera

Coordinador Grupo de Conceptos Jurídicos y

Producción Normativa - Dirección Jurídica

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"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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