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CONCEPTO 1812013 DE 2013

(diciembre 18)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE

Bogotá D.C

XXXXXXXXXXXXXXX

Respecto a su inquietud en el sentido que se le indique el tramite a seguir en las Regionales y Centros de formación frente a las donaciones de otras entidades, toda vez que la Resolución 724 de 2013, delega lo concerniente a las donaciones de la DIAN, al respecto le informo lo siguiente:

La Resolución No. 724 de 2013, delega en los Directores Regionales y Subdirectores de Centro la facultad para recibir donaciones específicamente de la DIAN, no se puede hacer extensiva a donaciones de otras entidades, por lo anterior, si se requiere recibir una donación, es pertinente tramitar ante la directora general, una delegación especial para la donación en particular, previo el envío de los documentos necesarios para tramitar dicha delegación.

Así las cosas, entre los requisitos que deben soportar la aceptación y recibo de una donación, son los siguientes:

Si se trata de persona natural o jurídica:

- Carta de intención de entrega del bien mueble en donación, en donde debe venir claramente consignado el detalle de los elementos, ofrecidos, el estado actual de los mismos y el valor de cada uno de ellos.

- Concepto técnico de la viabilidad de recibir la donación y justificación para que serán utilizados.

- Cédula de Ciudadanía de la persona. Si es persona jurídica, certificado reciente de la Cámara de Comercio y el documento de identificación de su Representante Legal.

- Para vehículos, certificado de tradición no mayor a 1 mes de expedición donde figure que quien ofrece el bien es el propietario y está libre de gravámenes.

- Documentos que acrediten que los bienes donados son de propiedad del donante.

- Minuta del contrato de donación.

- Para vehículos, paz y salvos que indiquen que el bien está totalmente al día en el pago de obligaciones que este produce hasta el momento de la entrega del mismo en donación.

Cuando la entidad donante sea de carácter público debe aportar los siguientes documentos:

a) Carta de intención de entrega del bien mueble en donación, en donde debe venir claramente consignado el detalle de los elementos, ofrecidos, el estado actual de los mismos y el valor de cada uno de ellos.

b) Concepto técnico de la viabilidad de recibir la donación y justificación para que serán utilizados.

c) Resolución de nombramiento del Representante Legal de la entidad

d) Resolución de delegación o autorización para otorgar el bien en donación.

a) Certificado de tradición vehículo objeto de donación donde figure que la entidad pública es la propietaria del bien y que se encuentra libre de cualquier gravamen. En caso de ser un bien mueble solicitar los documentos que acrediten la procedencia y propiedad del bien.

e) Minuta del Contrato de donación.

f) Para vehículos, Paz y Salvos que indiquen que el bien está totalmente al día en el pago de obligaciones que éste produce hasta el momento de la entrega del mismo en donación.

La Regional del SENA:

- Concepto técnico emitido por la Regional o Subdirección de Centro, el de la Dirección de Formación Profesional y de la Dirección Administrativa y Financiera.

- Cuando se trate de equipos tecnológicos, adicionalmente deberá contar con el concepto técnico del grupo de sistemas Art. 8 numeral 5 y 11 del Decreto 249 de 2004.

Adicional a lo expuesto anteriormente se debe considerar,

Cuando el valor del bien mueble en donación supere los 50 salarios mínimos legales mensuales vigentes de acuerdo a lo establecido en los artículos 1443 y 1458 del Código Civil se deberá realizar el trámite notarial de la insinuación.

Una vez cumplido el trámite para legalizar la donación se procede a recibir oficialmente los bienes, ingresarlos a los inventarios de la Entidad por medio de la respectiva Nota de Entrada por concepto de donación y luego se entregan a la persona (cuentadante) que se hará cargo de su custodia y buen manejo.

Cordialmente,

Martha Bibiana Lozano Medina

Coordinadora Grupo de Conceptos y Producción Normativa

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