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CONCEPTO 170827 DE 2013

(Septiembre 3)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE

Bogotá D.C

XXXXXXXXXXXXXXX

ASUNTO:Financiación de encuentro de presidentes de Mesas Sectoriales.

En atención a su comunicación No 8-2013-042273 del 20 de agosto de 2013, mediante el cual consulta: ¿Es viable jurídicamente, realizar el Encuentro de Presidentes de Mesas Sectoriales financiando directamente por parte del SENA o a través de un operador logístico los gastos de alojamiento, manutención y transporte de los Presidentes de Mesas Sectoriales, teniendo en cuenta que esta se realizaría con cargo al del proyecto denominado “Normalización y Certificación de Competencias Laborales, para el reconocimiento y articulación de los programas y redes de entidades de formación para consolidar el Sistema Nacional de Formación para el Trabajo en Colombia”, cuya ficha incorpora la realización de actividades como el Encuentro de Presidentes de Mesas Sectoriales? En caso de ser afirmativa la respuesta al numeral anterior, ¿resultaría viable jurídicamente la contratación de un operador logístico para el desarrollo del Encuentro?, al respecto le informo que:

Las Mesas Sectoriales están definidas en el artículo 19 del Decreto 249 de 2004 y forman parte de los “Órganos de Asesoría y Coordinación” del SENA, señalados en el Capítulo II de ese Decreto; dispone el mencionado artículo 19 que: “Las Mesas Sectoriales son instancias de concertación, donde se proponen políticas para la formación, mediante la normalización y la certificación de competencias laborales. Las mesas sectoriales estarán integradas por representantes de los gremios, los empresarios, los trabajadores, pensionados del Sena, las entidades de formación y capacitación, el gobierno nacional y de los Centros de Investigación y desarrollo Tecnológico.”

El artículo 3° del Decreto 249 de 2004, le impuso al Consejo Directivo Nacional del SENA las funciones de: “19. Reglamentar la conformación, el proceso de selección y el funcionamiento de las mesas sectoriales. 20. Reglamentar el proceso de normalización, de evaluación y certificación de competencias laborales o certificación del desempeño de los trabajadores colombianos.”

A su vez, el Acuerdo No. 0006 de 2010 “ Por el cual se reglamentan la conformación, Procesos de Selección y Funciones de las Mesas Sectoriales” en el capítulo II, sobre la financiación, dispone que “ El Sena destinará anualmente recursos presupuestales para el funcionamiento del Sistema de Normalización y Certificación de competencias laborales, así como para la ejecución de las actividades establecidas en los Planes Operativos de los proceso de Normalización y Certificación de Competencias laborales.

Por lo anterior, del presupuesto que destina el SENA para la ejecución de las actividades en los planes operativos de los procesos de Normalización y Certificación de Competencias laborales se podrá financiar el encuentro de presidentes de las mesas de sectoriales; cabe resaltar que este encuentro debe estar establecido en el plan Operativo de los Procesos de Normalización y Certificación de competencias laborales.

Por otra parte, sobre la forma de ejecutar el encuentro de operadores, es viable realizar la contratación de un operador logístico para el desarrollo del precitado encuentro atendiendo las disposiciones señaladas en la ley 1150 de 2007 y sus decretos reglamentarios.

Cordialmente,

MARTHA BIBIANA LOZANO MEDINA

Coordinadora Grupo de Conceptos y Producción Normativa

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