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DECRETO 1833 DE 2018

(septiembre 28)

Diario Oficial No. 50.730 de 28 de septiembre de 2018

MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO

Por el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2018 y se efectúa la correspondiente liquidación.

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,

en uso de las facultades constitucionales y legales, en especial la que le confiere el artículo 33 y 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto,

CONSIDERANDO:

Que el Congreso de la República de conformidad con el artículo 349 de la Constitución Política expidió la Ley 1873 de 2017, por la cual se decreta el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2018, el cual se liquidó mediante el Decreto número 2236 de 2017.

Que el artículo 352 de la Constitución Política le otorga a la Ley Orgánica del Presupuesto la facultad de regular lo concerniente a la programación, aprobación, modificación y ejecución del Presupuesto General de la Nación.

Que el Gobierno de la República de Colombia a través del Ministerio de Relaciones Exteriores y la Unión Europea (UE) firmaron el Convenio de Financiación número DCI-ALA/2012/024-518, “Apoyo Presupuestario a la Estrategia de Desarrollo Rural Integral con Enfoque Territorial (DRET)”, por valor de 39.200.000 Euros, cuyo beneficiario es el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.

Que de conformidad con el artículo 33 del Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación, los recursos de asistencia o cooperación internacional de carácter no reembolsables, hacen parte del presupuesto de rentas del Presupuesto General de la Nación y se incorporarán al mismo como donaciones de capital mediante decreto del Gobierno, previa certificación de su recaudo expedido por el órgano receptor. Su ejecución se realizará de conformidad con lo estipulado en los convenios o acuerdos internacionales que los originen, y estarán sometidos a la vigilancia de la Contraloría General de la República.

Que el artículo 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto faculta al Gobierno para dictar el Decreto de liquidación del Presupuesto General de la Nación.

Que el citado artículo prevé que el decreto se acompañará con un anexo que tendrá el detalle del gasto.

Que el Departamento Nacional de Planeación mediante Oficios número 20184340001226 y 20184340001236 del 25 de junio de 2018, suscritos por el Director de Inversiones y Finanzas Públicas, emitió concepto favorable sobre la adición presupuestal por valor de $29.300.000.000 moneda corriente y $1.000.000.000 moneda corriente, al presupuesto de gastos de Inversión del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural - Gestión General.

Que el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, con Oficios número 20181610139231 y 20181600175561 del 26 de junio y 13 de agosto de 2018, solicita la Incorporación de los recursos donados por la Unión Europea, por valor de $30.300.000.000.

Que la Coordinadora (E) del Grupo de Tesorería de la Subdirección Financiera del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, mediante comunicación del 7 de mayo de 2018, certificó que el saldo disponible a marzo de 2018 es de: dieciocho millones doscientos sesenta y cinco mil quince euros con 31 céntimos (€18.265.015,31), depositados en la cuenta en Euros número 51498715 del Banco de la República, correspondientes al convenio de financiación número DCI-ALA/2012/024-518, entre la Unión Europea y la República de Colombia,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o. ADICIÓN AL PRESUPUESTO DE RENTAS Y RECURSOS DE CAPITAL. Adicionase el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2018, en la suma de treinta mil trescientos millones de pesos moneda corriente ($30.300.000.000), según el siguiente detalle:

 RENTAS DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN

1. Ingresos del Presupuesto Nacional30.300.000.000
2. Recursos de capital de la Nación30.300.000.000
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ARTÍCULO 2o. ADICIÓN AL PRESUPUESTO DE GASTOS O LEY DE APROPIACIONES. Adicionase el Presupuesto de Gastos o Ley de Apropiaciones del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2018, en la suma de treinta mil trescientos millones de pesos moneda corriente ($30.300.000.000), según el siguiente detalle:

ADICIONES - PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN

SECCIÓN: 1701

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL

Cta ProgSubc SubpConceptoAporte NacionalRecursos PropiosTotal
 C. PRESUPUESTO DE INVERSIÓN30.300.000.00030.300.000.000
1702INCLUSIÓN PRODUCTIVA DE PEQUEÑOS PRODUCTORES RURALES29.300.000.00029.300.000.000
17021100INTERSUBSECTORIAL AGROPECUARIO29.300.000.00029.300.000.000
1704ORDENAMIENTO SOCIAL Y USO PRODUCTIVO DEL TERRITORIO RURAL1.000.000.0001.000.000.000
17041100INTERSUBSECTORIAL AGROPECUARIO1.000.000.0001.000.000.000
TOTAL PRESUPUESTO SECCIÓN30.300.000.00030.300.000.000
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ARTÍCULO 3o. LIQUIDACIÓN DE LA ADICIÓN DEL PRESUPUESTO DE RENTAS Y RECURSOS DE CAPITAL. Adiciónase el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del 1 de enero al 31 de diciembre de 2018, en la suma de treinta mil trescientos millones de pesos moneda corriente ($30.300.000.000), según el siguiente detalle:

RENTAS DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN

1. INGRESOS DEL PRESUPUESTO NACIONAL30.300.000.000
2. RECURSOS DE CAPITAL DE LA NACIÓN30.300.000.000
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ARTÍCULO 4o. LIQUIDACIÓN DE LA ADICIÓN DEL PRESUPUESTO DE GASTOS O LEY DE APROPIACIONES. Adiciónase el Presupuesto de Gastos o Ley de Apropiaciones del Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal 1 de enero al 31 de diciembre de 2018, en la suma de treinta mil trescientos millones de pesos moneda corriente ($30.300.000.000), según el siguiente detalle:

ADICIONES - PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN

SECCIÓN: 1701

MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL

Cta ProgSubc SubpConceptoAporte NacionalRecursos PropiosTotal
C. PRESUPUESTO DE INVERSIÓN30.300.000.00030.300.000.000
1702INCLUSIÓN PRODUCTIVA DE PEQUEÑOS PRODUCTORES RURALES29.300.000.00029.300.000.000
17021100INTERSUBSECTORIAL AGROPECUARIO29.300.000.00029.300.000.000
Cta Prog Subc Subp Concepto Aporte Nacional Recursos Propios Total
1704  ORDENAMIENTO SOCIAL Y USO PRODUCTIVO DEL TERRITORIO RURAL1.000.000.000 1.000.000.000
1704 1100 INTERSUBSECTORIAL AGROPECUARIO 1.000.000.000 1.000.000.000
TOTAL PRESUPUESTO SECCIÓN 30.300.000.000 30.300.000.000
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ARTÍCULO 5o. El presente decreto se acompaña de un anexo que contiene el detalle del gasto.

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ARTÍCULO 6o. VIGENCIA. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 28 de septiembre de 2018.

IVÁN DUQUE MÁRQUEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Alberto Carrasquilla Barrera.

ANEXO.

DETALLE DE LA COMPOSICIÓN DEL PRESUPUESTO DE RENTAS.  

CONCEPTO TOTAL
1. INGRESOS DE PRESUPUESTO NACIONAL 30.300.000.000
2. RECURSOS DE CAPITAL DE LA NACIÓN 30.300.000.000
2.7. OTROS RECURSOS DE CAPITAL 30.300.000.000
TOTAL PRESUPUESTO DE RENTAS Y RECURSOS DE CAPITAL 30.300.000.000

ADICIONES PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN

Cta Prog Subc Subp Rec Concepto Aporte Nacional Recursos Propios Total
 SECCIÓN: 1701  
 MINISTERIO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL  
 TOTAL PRESUPUESTO 30.300.000.000 30.300.000.000
 C. INVERSIÓN 30.300.000.000 30.300.000.000
 UNIDAD: 170101  
 GESTIÓN GENERAL 30.300.000.000 30.300.000.000
1702  INCLUSIÓN PRODUCTIVA DE PEQUEÑOS PRODUCTORES RURALES 29.300.000.000 29.300.000.000
17021100 INTERSUBSECTORIAL AGROPECUARIO 29.300.000.000 29.300.000.000
1702 1100 4 IMPLEMENTACIÓN GENERACIÓN DE INGRESOS Y DESARROLLO DE CAPACIDADES PRODUCTIVAS NACIONAL 29.300.000.00029.300.000.000
 15DONACIONES29.300.000.00029.300.000.000
1704  ORDENAMIENTO SOCIAL Y USO PRODUCTIVO DEL TERRITORIO RURAL 1.000.000.000 1.000.000.000
17041100 INTERSUBSECTORIAL AGROPECUARIO1.000.000.000 1.000.000.000
1704 1100 1CONSTRUCCIÓN LINEAMIENTOS DE POLÍTICA Y ESTRATEGIAS PARA EL DESARROLLO DE LA MUJER RURAL. NACIONAL 1.000.000.000 1.000.000.000
 15 DONACIONES1.000.000.000 1. 000.000.000
TOTAL PRESUPUESTO SECCIÓN 30.300.000.00030.300.000.000
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