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RESOLUCION 1 DE 2014

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<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE

Por medio de la cual se actualiza la constitución del Comité de Selección del Centro para la Industria de la Comunicación Gráfica

EL SUBDIRECTOR DEL CENTRO PARA LA INDUSTRIA DE LA COMUNICACIÓN GRAFICA DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA, REGIONAL DISTRITO CAPITAL

En uso de sus facultades legales y reglamentarias, y en especial las que le han sido conferidas por el Decreto 249 del 28 de enero de 2004 y la Resolución 2039 de 2004 proferidas por el Director General del SENA, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto 249 de 2004, en su artículo 27, numeral 28 establece que es función de los Subdirectores de Centros de Formación Profesional, "administrar y ejecutar los procesos de contratación, provisión, manejo, mantenimiento, seguimiento y control del talento humano, de los recursos físicos, tecnológicos, pedagógicos, humanos, financieros y de información del Centro".

Que la Ley 1150 del 16 de julio de 2007, por medio de la cual se introducen "medidas para la eficiencia y la transparencia en la Ley 80 de 1993, y se dictan otras disposiciones generales sobre la contratación con recursos públicos", en el artículo 2 numeral 4o, literal h), determinó que "la contratación directa procederá, entre otras, para la prestación de servicios profesionales y apoyo a la gestión, o para la ejecución de trabajos artísticos que solo puedan encomendarse a determinadas personas naturales".

Que mediante Resolución 00050 del 07 de marzo de 2011 se constituyó por primera vez el Comité de Selección y Evaluación del Centro para la Industria de la Comunicación Gráfica para dar cumplimiento a la Directriz jurídica No 001-2010 del 14 de enero de 2010.

Que mediante la Resolución 1979 del 09 de octubre de 2012, por medio de la cual "se expidió el Manual de Contratación de Instructores del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA", establece los parámetros que deben seguir los Subdirectores de los Centros de Formación Profesional del SENA, para realizar el proceso de contratación de instructores.

Que mediante la Resolución 000006 del 05 de marzo de 2013 se modificó la constitución del Comité de Selección y Evaluación del Centro para la Industria de la Comunicación Gráfica con el objetivo de facilitar la gestión en el proceso de evaluación y selección de candidatos dando cumplimiento a los principios orientadores de la contratación según Resolución 2063 del 24 de octubre de 2012 por medio de la cual se "delegan unas funciones y se dictan otras disposiciones para la contratación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión".

Que según la Circular No. 3-2014-000001 del 02 de enero de 2014 emitida por la Directora General de Asunto: Convocatoria y Contratación de Instructores 2014, establece en su numeral 2o que para la selección "Cada Subdirector de Centro deberá conformar un Comité de Selección del Centro que además de seleccionar las hojas de vida de acuerdo con el perfil requerido, deberá velar por el efectivo cumplimiento de las normas que reglamentan este proceso, esto es, utilizando únicamente el Banco de Instructores del Servicio Público de Empleo".

Que la misma Circular No. 3-2014-000001 del 02 de enero de 2014 en su numeral 2o señala que los responsables que integrarán dicho Comité de Selección del Centro son: "El Coordinador de Formación o quien haga sus veces, un Coordinador Académico y un Instructor técnico del área a contratar empleado público".

Que en el marco de dar cumplimiento a los principios rectores de la contratación y teniendo en cuenta los lineamientos dados por la Dirección General, se hace necesario actualizar la conformación del Comité de Evaluación y Selección del Centro para la Industria de la Comunicación Gráfica, de acuerdo a las necesidades de contratación.

En merito de lo anteriormente expuesto este Despacho,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. Para la selección de Instructores el Comité de Selección del Centro para la Industria de la Comunicación Gráfica estará conformado por los servidores públicos que desempeñen la función de:

- Coordinador de Formación Profesional Integral

- Coordinador Académico

- Instructor técnico. Designado por el Subdirector del Centro, dependiendo de la necesidad de contratación de instructores.

ARTICULO SEGUNDO. Para la selección de servicios personales diferente a Instructor, el Comité de Selección estará conformado por dos o más servidores públicos, uno con funciones de Coordinador del Centro y por lo menos uno más designados y notificados por el Subdirector del Centro, dependiendo de la necesidad de contratación.

ARTÍCULO TERCERO. El Comité de Selección ejercerá y dará cumplimiento a lo establecido en la Circular No. 3-2014-000001 del 02 de enero de 2014.

ARTICULO CUARTO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las normas anteriores que le sean contrarias.

COMUNIQUESE, NOTIFIQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D. C., a los siete días del mes de Enero de 2014

JOSE VICENTE INFANTE PULIDO

Subdirector Centro para la Industria de la Comunicación Gráfica

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"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
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Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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