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RESOLUCION 24 DE 1996
(febrero 27)
Por la cual se delegan unas funciones en materia de contratación
LA DIRECTORA GENERAL (E) DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA,
en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las conferidas
en el artículo 37 del Decreto Ley 2150 de 1995, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 37 del Decreto Ley 2150 de 1995, "Por el cual se suprimen trámites y reforman regulaciones, procedimientos o trámites innecesarios existentes en la Administración Pública" dispone: "De la delegación para contratar. Los jefes y los representantes legales de las entidades estatales podrán delegar total o parcialmente la competencia para la realización de licitaciones o concursos o para la celebración de contratos, sin consideración a la naturaleza o cuantía de los mismos, en los servidores públicos que desempeñen cargos del nivel directivo o ejecutivo o en sus equivalentes".
Que mediante la resolución No. 1204 de 1995 el Director General del SENA delegó funciones en diferentes funcionarios de la Entidad.
Que en el artículo 15 ibídem se dispuso delegar, entre otros funcionarios, al Subdirector Administrativo y Financiero de la Dirección General la función de adelantar los procesos previos a la contratación, la adjudicación y la suscripción de los contratos, así como la de ordenar el gasto y el pago, reconocer las obligaciones derivadas de éstos, aprobar las garantías y suspender la ejecución de los contratos cuando sea procedente, cuya cuantía sea hasta por dos mil cuatrocientos cincuenta (2.450) salarios mínimos legales mensuales, debiendo informar mensualmente al Director General cuando la cuantía exceda de quinientos (500) salarios mínimos legales mensuales.
Que en acatamiento a lo dispuesto en el artículo 37 del Decreto Ley 2150 de 1995 y para garantizar la agilidad, eficacia y eficiencia en los procesos de contratación que deba adelantar la Entidad se hace indispensable delegar en el Subdirector Administrativo y Financiero de la Dirección General, sin consideración a la naturaleza o cuantía, las facultades de que trata el considerando anterior, en materia de contratación en el SENA,
RESUELVE:
ARTICULO 1o. Modificar el numeral 1.1 del artículo 15 de la Resolución No. 1204 de 1995, en el sentido de delegar en el Subdirector Administrativo y Financiero de la Dirección General la función de adelantar los procesos previos a la contratación, la adjudicación, la suscripción, prórroga, modificación, etc. de los contratos, así como la de ordenar el gasto y el pago, reconocer las obligaciones derivadas de éstos, aprobar las garantías y suspender la ejecución de los contratos cuando sea procedente, sin consideración a la naturaleza o cuantía de los mismos, debiendo informar mensualmente al Director General cuando la cuantía exceda de quinientos (500) salarios mínimos legales mensuales.
ARTICULO 2o. Cuando el Subdirector Administrativo y Financiero de la Dirección General lo considere necesario, autorizará a las regionales y seccionales para adelantar el proceso de una licitación que por cuantía le compete. En este caso, la regional o la seccional adelantará el trámite hasta la elaboración de los cuadros comparativos y remitirá los documentos a la Subdirección Administrativa y Financiera de la Dirección General.
ARTICULO 3o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias, en especial el numeral 1.1 del artículo 16 de la Resolución No. 1204 de 1995.
COMUNIQUESE Y CUMPLASE
Dada en Santafé de Bogotá, D.C., a 27 de febrero de 1996
Directora General (E.),
GRACIELA AMAYA DE OCHOA.