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RESOLUCIÓN 176 DE 2013

(febrero 1)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE

“Por la cual se modifica la Resolución No. 2212 de 2008 “Por la cual se establecen parámetros para el ejercicio de la monitoria en programas de aprendizaje por parte de Aprendices del SENA "

Resumen de Notas de Vigencia

EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el numeral 4 del artículo 4o del Decreto 249 de 2004

CONSIDERANDO:

Que el Decreto 249 de 2004, le atribuyo en el numeral 4 de su artículo 4o al despacho de la Dirección General la facultad de “dirigir, coordinar y controlar las funciones administrativas… dictar los actos administrativos con miras al cumplimiento de la misión de la entidad de conformidad con las normas legales vigentes”.

Que el numeral 10 del artículo 4o del Decreto 249 de 2004. Establece como función de la Dirección General del SENA “Adoptar el Plan Nacional Integral de Bienestar de los alumnos del SENA"

Que el numeral 19 del artículo 27 del Decreto 249 de 2004 es función de los Subdirectores de los Centros de Formación "Dirigir la implementación del programa integral de bienestar de los alumnos del Centro”, dentro del cual está contemplando el estímulo como monitores para lo cual es necesario señalar los parámetros para su selección y ejercicio.

Que a través de la Resolución No 0655 de 2005 “por la cual se adopta el Plan Nacional Integral de Bienestar de los Alumnos SENA” dispone en el artículo 19 que “Las Tutorías Estudiantiles pretenden que los alumnos más aventajados en su desempeño académico puedan servir de apoyo como orientadores y guías de aquellos que recién ingresan a la institución o de los alumnos que presentan factores de riesgo hacia la deserción del proceso formativo por bajo rendimiento”; así mismo el artículo 23 señala que: “De manera complementaria a las distinciones y estímulos previstos en el Reglamento para Alumnos y dadas las condiciones socioeconómicas de la mayoría de los alumnos del SENA matriculados en programas de formación titulada, es importante gestionar a través de alianzas y convenios incentivos o estímulos como reconocimiento y exaltación del desempeño académico con resultados de excelencia, cuya asignación este mediada por un concurso abierto que ofrezca transparencia y seriedad en el proceso de selección. Los incentivos o estímulos pueden concretarse en becas o exención de pago de cursos de capacitación más avanzada pasantías a nivel nacional o internacional en universidades y otras entidades apoyo para asistir a eventos internacionales o nacionales en representación de la entidad, monitorías académicas monitorias para cursos de extensión, tutorías estudiantiles labores como promotor de bienestar opciones que pueden otorgarse ad-honórem o con reconocimiento económico mensual, si existe disponibilidad presupuestal u otras alternativas que puedan concebirse para estimular la excelencia en la formación y propiciar la integralidad con calidad y equidad”.

Que la Resolución No 2212 del 12 de agosto de 2008 establece los parámetros para el ejercicio de la monitoria en programas de aprendizaje por parte de Aprendices SENA.

Que se hace necesario adicionar la monitoria para el desarrollo de las competencias de WorldSkills y los requisitos para su otorgamiento con el objeto de realizar la transferencia de conocimiento.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o.<Artículo modificado por el artículo 1 de la Resolución 1234 de 2013. El nuevo texto es el siguiente:> Modificar el artículo segundo de la Resolución No 2212 de 2008, el cual quedara así:

Artículo 1o. Designación de monitores.- Los aprendices SENA de programas de formación titulada del nivel Tecnòlogo y los aprendices del nivel Técnico con destacado rendimiento en su proceso de aprendizaje, podrán ser designados como monitores, para servir de apoyo a las siguientes clases de monitoria, entre otras:

a) Monitoria para apoyo a programas de aprendizaje en el Centro

b) Monitoria para apoyo al programa de integración en la Educación Media.

c) Monitoria para apoyo al Plan de Bienestar de Aprendices.

d) Monitoria para apoyo a proyectos de emprendimiento.

e) Monitoria para apoyo a los proyectos de formación- producción.

f) Monitoria para apoyo a programas de formación virtual.

g) Monitoria para apoyo al desarrollo de competencias WorldSkilIs

PARAGRAFO.- Los aprendices SENA de los programas de los niveles técnico, tecnòlogo, profundización técnica o Especialización Tecnológica, o formación complementaria podrán ser designados como monitores para el apoyo al desarrollo de competencias únicamente cuando hayan sido seleccionados para representar a Colombia en las competencias internacionales Wordskills, sin que se requiera la participación en convocatorias.”

La designación de los Monitores para apoyo el desarrollo de competencias Wordskills la hará el Director de Formación Profesional y comunicará dicha designación al Subdirector de Centro de Formación al cual pertenece al aprendiz, previa disponibilidad presupuestal.

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Legislación Anterior
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ARTÍCULO 2o. Adicionar al artículo tercero de la Resolución 2212 de 2008, un literal, así:

g) En Monitorias para apoyo al desarrollo de competencias WorldSkills

- Apoyar los procesos asociados al desarrollo de las competencias de WorldSkills

- Apoyar en la organización de las actividades propias en el desarrollo de eventos de WorldSkills

- Apoyar el alistamiento de ambientes de aprendizaje y recursos y medios didácticos necesarios para el desarrollo de competencias de WorldSkills

- Apoyar la generación de estrategias orientadas al fortalecimiento de competencias de WorldSkills

- Brindar apoyo en la documentación de procesos y procedimientos asociados al desarrollo de las competencias de WorldSkills

- Apoyar procesos logisticos para la organización y participación en eventos de competencias de WorldSkills

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ARTICULO 3o. Modificar el artículo 5 de la resolución 2212 de 2008 el cual quedará así:

Convocatoria para monitores.- Los subdirectores de Centro previa identificación de las necesidades de monitoria(s) requerida(s) y de los recursos presupuéstales asignados para tal fin, abrirán convocatorias cada semestre o cuando se requiera, precisando como mimmo la siguiente información para su publicación;

a. Cupos disponibles para monitorias, de acuerdo con el presupuesto disponible; cada Centro definirá los cupos por clase de monitoria, dando prioridad a las monitorias para apoyo al desarrollo de competencias de WorIdSkills

b. Criterios de selección e instrumentos de evaluación que aplicara el Centro, los cuales pueden variar en cada convocatoria

c. Cronograma de la convocatoria”

PARÁGRAFO.- La selección de los aprendices monitores para el apoyo al desarrollo de competencias WorldSkills se hará directamente por el Director de Formación profesional sin que requiera abrir convocatorias.

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ARTICULO 4o. <Artículo modificado por el artículo 2 de la Resolución 1234 de 2013. El nuevo texto es el siguiente:> Requisitos para ser monitor. Los requisitos para participar en las convocatorias abiertas para la selección de monitores son:

1. Estar matriculado en un programa de formación del nivel Tecnólogo

2. Haber logrado como minimo el 25% de los resultados de aprendizaje establecidos en el programa de formación

3. Ser Aprendiz SENA con una antigüedad minima de 3 meses

4. No tener medidas formativas, condicionamiento de matrícula, faltas académicas o disciplinarias durante el trimestre inmediatamente anterior a la apertura de la convocatoria.

5. Tener disponibilidad para ser monitor de programas de formación en los lugares requeridos por el Centro de Formación o en la Institución educativa, y en los horarios previstos para ello

6. No tener vínculos de parentesco el Aprendiz con algún servidor público o contratista del respectivo Centro, dentro del segundo grado de consanguinidad, segundo afinidad o primero civil.

PARAGRAFO. En el caso de monitoria para el apoyo al desarrollo de competencias de WorldSkills se requiere que el aprendiz se encuentre cursando programas de los niveles técnico, tecnólogo profundización técnica o Especialización Tecnológica, o formación complementaria y que hayan sido seleccionados para representar a Colombia en las competencias internacionales Wordskills, por el Director de Formación Profesional de la Dirección General del SENA.

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Legislación Anterior
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ARTICULO 6o. Notificar el contenido de la presente Resolución a Director de Formación Profesional Directores Regionales y Subdirectores de Centro.

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ARTICULO 7o. Contra esta Resolución no proceden recursos en vía administrativa, queda en firme desde el día siguiente al de su notificación, modifica en lo pertinente la Resolución No. 2212 del 12 de Agosto de 2008 y deroga las disposiciones anteriores que le sean contrarias, en los aspectos expresamente regulados en esta Resolución De conformidad con el articulo 8o de la Ley 1437 de 2011 publíquese en la página web del SENA.

NOTIFIQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá. D.C. a los 01 FEB 2013

LUIS ALFONSO HOYOS ARISTIZABAL

Director General

<Para consultar la versión original PDF de este documento dirigirse al siguiente link: https://www.avancejuridico.com/docpdf/sena/Resolución_SENA_0176_2013.pdf>

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