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RESOLUCIÓN 207 DE 2006

(febrero 1)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE

“Por la cual se efectúa una delegación”

EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE – SENA

En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial de las conferidas por los 37 del Decreto 2150 de 1995 y 9o y subsiguientes de la Ley 489 de 1998, y en desarrollo de lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 80 de 1993, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto 2150 de 1995 en el artículo 37 establece: “Los jefes y representantes legales de la entidades estatales podrán delegar total o parcialmente la competencia para la realización de licitaciones o concursos o para la celebración de contratos, sin consideración a la naturaleza o cuantía de los mismos, en los servidores públicos que desempeñen cargos del nivel directivo o ejecutivo o en sus equivalentes".

Que la ley 489 de 1998 en el artículo 9o concede esta facultad más ampliamente ya que no hace distinción alguna permitiendo transferir el ejercicio de las funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines y complementarias.

Que el artículo 211 de la Constitución Política en su inciso segundo establece: “...la delegación exime de responsabilidad al delegante, la cual corresponderá exclusivamente al delegatario, cuyos actos o resoluciones podrá siempre reformar o revocar aquel, reasumiendo la responsabilidad consiguiente".

Que la <sic> a través de la Resolución 2711 del 21 de diciembre de 2005, se encomendó a la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo el Desarrollo de Proyectos Comunes a las Áreas encontrándose dentro de ellos la formulación del Plan Institucional de Capacitación.

Que aunado a los considerandos anteriores y en virtud de lo normado en el artículo 211 de la Constitución Política relacionado con los principios que rigen la función administrativa especialmente la eficacia, la economía y la celeridad se hace necesario efectuar la delegación de que trata la parte resolutiva de este acto.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Delegar en la Directora de Planeación y Direccionamiento Corporativo del SENA, sin consideración a la cuantía, los estudios previos, procesos de selección y celebración de los contratos, órdenes servicios, convenios o alianzas necesarias para el desarrollo del Plan Institucional de Capacitación.

Esta delegación incluye la suspensión, adición, prórroga, modificación, terminación, liquidación y los recursos y actos que adopten soluciones a las controversias contractuales de los contratos que se suscriban, al igual que la imposición de sanciones, declaración de incumplimiento y hacer efectivas las garantías, cuando a ello hubiere lugar.

Para la realización de los procesos de selección, la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo, podrá apoyarse en las demás Direcciones de Área de la Dirección General, teniendo en cuenta los objetivos, metodologías y contenidos necesarios a contratar.

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ARTÍCULO 2o. El presente acto rige a partir de la fecha de expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

01 FEB 2006

DARÍO MONTOYA MEJÍA

DIRECTOR GENERAL

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"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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