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RESOLUCION 218 DE 1996
(noviembre 1)
Por el cual se adopta el Reglamento para Alumnos del SENA
EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DEL SENA,
en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial de las
que le confiere la Ley 119 de 1994, y
CONSIDERANDO:
1. Que la Constitución Política de Colombia de 1991, en su Artículo 67, señala: "La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social: con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, y a los demás bienes y valores de la cultura. La educación formará al colombiano en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia, y en la práctica del trabajo y en la recreación, para el mejoramiento cultural, científico, tecnológico y para la protección del ambiente".
2. Que la Ley 119 de 1994, por la cual se reestructura el Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, en el Capítulo I, artículo 2o, establece su misión, así; "El SENA , está encargado de cumplir la función que corresponde al estado de invertir en el desarrollo social y técnico de los trabajadores colombianos; ofreciendo y ejecutando la formación profesional integral, para la incorporación y el desarrollo de las personas en actividades productivas que contribuyan al desarrollo social, económico y tecnológico del país".
Así mismo en el artículo 4o, numeral 1, señala como una de sus funciones: "Impulsar la promoción social del trabajador, a través de su formación profesional integral, para hacer de él un ciudadano útil y responsable, poseedor de valores morales éticos, culturales y ecológicos".
3. Que el alumno es el centro de la Formación profesional Integral y que es deber del SENA propender por los más altos niveles de excelencia en cumplimiento de la misión y objetivos que le han sido trazados.
4.- Que para la convivencia armoniosa en cualquiera Comunidad Educativa, se requiere el establecimiento de normas mínimas de comportamiento, fundamentadas en el criterio de disposiciones hechas para el hombre en busca de su constante crecimiento personal, profesional y social, y para el caso del SENA en concordancia con las reglamentaciones vigentes internas y externas relativas al proceso de formación profesional integral.
RESUELVE:
ARTICULO 1o. Adoptar el Reglamento para Alumnos del SENA, que desarrollan su Formación Profesional Integral en los Centros o en otros ambientes educativos proporcionados por los clientes y usuarios de la entidad.
ARTICULO 2o. El Reglamento para alumnos del SENA se constituye en un instrumento orientador para la convivencia de la Comunidad Educativa y para las interrelaciones de sus miembros, en todos los procesos de Formación profesional Integral.
ARTICULO 3o. Delegar en la Dirección de Formación profesional - División de Aprendizaje y Reconocimiento - la complementación, modificación y actualización del Reglamento para Alumnos del SENA, mediante Resolución que modifique total o parcialmente la presente.
ARTICULO 4o. La presente Resolución rige a partir de la fecha de expedición y deroga todas las normas que le sean contrarias.
COMUNIQUESE Y CUMPLASE
Dado en Santafé de Bogotá, D.C. a los 01 días del mes de
noviembre de mil novecientos noventa y seis (1996).
ARMANDO CALDERON LOAIZA
Director General (E).