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RESOLUCIÓN 351 DE 2022

(marzo 7)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

Por la cual se modifica la Resolución Nro. 000120 de 2007 respecto a la integración del Grupo Interno de trabajo denominado Prensa de la Oficina de Comunicaciones de la Dirección General

EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las contenidas en los artículos 115 de la Ley 489 de 1998, los numerales 4 y 23 del artículo 4 del Decreto 249 de 2004, así como el artículo 32 del mismo Decreto, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de Colombia en el artículo 209 consagra:

“La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. (...) Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado. La administración pública, en todos sus órdenes, tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que señale la ley".

Que la Ley 489 de 1998 en el artículo 115 establece:

“Planta global y grupos internos de trabajo. El Gobierno Nacional aprobará las plantas de personal de los organismos y entidades de que trata la presente ley de manera global. En todo caso el director del organismo distribuirá los cargos de acuerdo con la estructura, las necesidades de la organización y sus planes y programas. (...) Con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas del organismo o entidad, su representante legal podrá crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo. // En el acto de creación de tales grupos se determinarán las tareas que deberán cumplir y las consiguientes responsabilidades y las demás normas necesarias para su funcionamiento”.

Que mediante el Decreto 249 de 2004 se modificó la estructura interna del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA y se reorganizaron las funciones de sus dependencias, y en el artículo 7 se establecieron las funciones de la Oficina de Comunicaciones de la Dirección General del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA.

Que por medio del Decreto 250 de 2004 y sus modificaciones, el Gobierno Nacional adoptó la actual planta global de personal del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA.

Que el Decreto 249 de 2004, en el artículo 4 numeral 4, le atribuyó al director general, la facultad de dirigir, coordinar y controlar las funciones administrativas y dictar los actos administrativos con miras al cumplimiento de la misión de la Entidad, de conformidad con las normas legales vigentes.

Que el Decreto 249 de 2004, en el artículo 4 numeral 23 y en el artículo 32, señala como función de la Dirección General del SENA crear Comités, Grupos Internos de Trabajo permanentes o transitorios y definir su composición, su coordinación y sus funciones.

Que el Decreto 2489 de 2006, “Por el cual se establece el sistema de nomenclatura y clasificación de los empleos públicos de las instituciones pertenecientes a la Rama Ejecutiva y demás organismos y entidades públicas del orden nacional y se dictan otras disposiciones”, en su artículo 8 establece:

“Grupos Internos de trabajo. Cuando de conformidad con el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, los organismos y entidades a quienes se les aplica el presente Decreto creen grupos internos de trabajo, la integración de los mismos no podrá ser inferior a (4) empleados, destinados a cumplirlas funciones que determine el acto de creación, los cuales estarán relacionadas con el área de la cual dependen jerárquicamente”.

Que para el adecuado cumplimiento de las funciones asignadas a la Oficina de Comunicaciones en el Artículo 7o del Decreto 249 de 2004, mediante Resolución No. 000120 de 2007 se creó el Grupo de Trabajo permanente de Prensa adscrito a la Oficina de Comunicaciones de la Dirección General.

Que debido a los movimientos de la planta global de personal, se hace necesario modificar la conformación del Grupo Interno de Trabajo de Prensa, perteneciente a la Oficina de Comunicaciones delSENA, para garantizar el adecuado logro de sus funciones en el marco de los principios contemplados en el artículo 209 de la Constitución Política, especialmente los relacionados con la eficacia, la economía y la celeridad, encaminados a la innovación en la gestión para el mejoramiento de los procesos y resultados.

Que mediante comunicación radicada con No. 01-9-2022-016324 de 2022, la Coordinadora del Grupo de Administración de Salarios remitió el certificado de disponibilidad presupuestal emitido por la Coordinadora del Grupo de Presupuesto, para el pago de un reconocimiento de coordinación destinado a la Oficina de Comunicaciones de la Dirección General, para el cargo Profesional G07.

Que en mérito de lo expuesto este Despacho,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Modificar el artículo 1o del Resolución 000120 de 2007, el cual quedará así:

“Artículo 1o: Crear en forma permanente el Grupo Interno de Trabajo de Prensa en la Oficina de Comunicaciones de la Dirección General, el cual está conformado con la siguiente planta de personal:

Servidor público que lo ocupa el cargoIDPDenominación y Grado
Sánchez Hernández Magally79Profesional G07
Cruz Chavez Carlos Adbelro101Auxiliar G01
Ortlz Cruz Diego Andrés1708Técnico G02
Escórela Bolaño María Victoria8053Técnico G02
Bautista Lagos Carlos Andrés9267Técnico G02

ARTÍCULO 2o. Designar a la funcionaría Magally Sánchez Hernández, como Coordinadora del Grupo Interno de Trabajo denominado “Prensa”, quien percibirá reconocimiento por coordinación, conforme a lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto 978 de 2021 “Por el cual se fijan las escalas de asignación básica de los empleos del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA y se dictan otras disposiciones en materia salarial”, o la norma que la derogue o modifique.

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ARTÍCULO 3o. Son funciones del Coordinador del Grupo Interno de Trabajo “Prensa”, las siguientes:

1- Coordinar el diseño e implementación de la Estrategia Nacional de Comunicaciones de la Entidad en sus componentes interno, externo, digital, imagen corporativa y accesibilidad, de acuerdo con los lineamientos y responsabilidades asignadas a los profesionales y equipos que ejecutan cada componente de la Estrategia.

2- Organizar y asesorar en el desarrollo de publicaciones en los canales nacionales de comunicación interna, garantizando el manejo de la imagen corporativa y promoviendo la participación de las 33 regionales, para mantener informados a los grupos de valor internos sobre las estrategias, programas, proyectos y servicios del SENA.

3- Organizar y asesorar en el desarrollo de publicaciones en los canales nacionales de comunicación externa: portal web, redes sociales, radio, tv y digital, de acuerdo con los lineamientos y responsabilidades definidas para los profesionales y equipos de trabajo designados para cada canal.

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ARTÍCULO 4o. El Grupo de Trabajo debe dar cumplimiento a las funciones asignadas en el artículo 7 del Decreto 249 de 2004 y en la Resolución 000120 de 2007.

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ARTÍCULO 5o. Comunicar la presente Resolución a la Secretaría General, a la Oficina de Comunicaciones y a los funcionarios designados en esta Resolución.

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ARTÍCULO 6o. VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y modifica el artículo primero de la Resolución Nro. 000120 de 2007. En cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 1437 de 2011 publíquese en la página web de la entidad.

COMUNIQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., el 07 MAR 2022

Carlos Mario Estrada Molina

Director General

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"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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