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RESOLUCIÓN 461 DE 2008

(febrero 26)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE

Por la cual se delegan unas funciones y se asigna el funcionario competente para adelantar unos procedimientos

Resumen de Notas de Vigencia

EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA,

en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas en el artículo 9o de la Ley 489 de 1998, y el numeral 1 del artículo 4o del Decreto 249 de 2004

CONSIDERANDO:

Que en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política de Colombia y de conformidad con los preceptos enunciados en la Ley 489 de 1998, las autoridades administrativas podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de las funciones a colaboradores o a otras autoridades con funciones afines o complementarias.

Que el Decreto 249 de 2004, por el cual se modificó la estructura del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA en el numeral 1o de su artículo 4o atribuyó a la Dirección General la facultad de dirigir, coordinar, vigilar y controlar la ejecución de las funciones o programas de la entidad y de su personal.

Que mediante Resolución No 0333 de 2005, la Dirección General delegó funciones y asigno funcionarios competentes para adelantar algunos trámites y procedimientos.

Que mediante Resolución de No 0776 de 2007, se modificó la Resolución No 0333 de 2005, determinó el procedimiento y se designó el funcionario encargado de autorizar las comisiones de trabajo al interior de la Dirección General.

Que la función administrativa es concebida a favor de los intereses de la sociedad en general, se ejecuta y desarrolla con observancia de los principios de igualdad, eficacia, moralidad, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante actos que conlleven a la delegación y desconcentración de funciones asignadas a los diferentes entes públicos.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Modificar el artículo 1o de la Resolución 0333 de 2005, modificado por la Resolución 0776 del 30 de abril de 2007, el que quedará así:

“Artículo 1o. Delegar a la Asesora del Despacho General, doctora María Isabel Carrascal Enríquez, las siguientes funciones:

a) Adelantar el trámite de estudio, liquidación, aprobación y ordenación del gasto de las comisiones de servicio del Director General, Secretaria General, el Director de Planeación y Direccionamiento Corporativo, Director de Formación Profesional, Director del Sistema Nacional para el Trabajo, Director de Promoción y Relaciones Corporativas, Director de Empleo y Trabajo, Director Administrativo y Financiero, Director Jurídico y a los Jefes de las Oficinas de Control Interno, Oficina de Control Interno Disciplinario, Oficina de Sistemas, y la Oficina de Comunicaciones, así como de los servidores públicos vinculados a dichas dependencias.

b) Adelantar el trámite de estudio, liquidación, aprobación y ordenación de gasto de transporte, alojamiento y alimentación de los contratistas que por su objeto tengan relación directa con los asuntos y funciones de las áreas enunciadas en el numeral anterior, y que para el cumplimiento y alcance de los resultados para los cuales fueron contratados, requieran desplazarse fuera de Bogotá, bien sea a nivel nacional o internacional, siempre y cuando se encuentre pactado en el contrato respectivo. Las autorizaciones de gasto podrán estar financiadas con cargo a recursos de convenios celebrados por el SENA o con cargo al presupuesto de la entidad.

c) Adelantar el trámite de autorización, liquidación y orden de pago de las comisiones de viaje de los contratistas que requieran adelantar diligencias ante cualquier jurisdicción, en ejercicio de los poderes de representación judicial o extrajudicial conferidos en el Decreto 249 de 2004 a la Dirección Jurídica.

d) <Literal adicionado por el artículo 1 de la Resolución 525 de 2008. El nuevo texto es el siguiente:>Delegar en cabeza de la Secretaria General, la facultad de adelantar el trámite de estudio, liquidación, aprobación y ordenación de gasto de las comisiones de servicio de la Asesora del Despacho de la Dirección General, doctora María Isabel Carrascal Enríquez, previo cumplimiento de los requisitos dispuesto para ello.

Notas de Vigencia
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ARTÍCULO 2o. Modificar el Parágrafo del artículo 5o de la Resolución No <sic, es 0333> 0033 de 2005, el cual quedará así:

Parágrafo. En el evento en que la Agenda de labores que deba desarrollar el comisionado durante el desplazamiento, no cumpla con las especificaciones expuestas o no sea clara en la enunciación de objetivos y demás elementos, la Asesora del Despacho, que es el funcionario competente para otorgar la comisión, lo hará conocer de forma inmediata al funcionario o contratista, para que se hagan las correcciones del caso. Dichas correcciones no interrumpen el término de aprobación del que da cuenta el artículo siguiente.

La Asesora del Despacho de la Dirección General, deberá abstenerse de aprobar comisiones de la Secretaria General, Directores de Área o Jefes de Oficina, así como de los funcionarios vinculados a dichas áreas, que no hayan sido presentados con tres (3) días de antelación para su aprobación, a excepción de las que hayan sido requeridas por el Director General”.

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ARTÍCULO 3o. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición, y deroga el artículo 2 de la Resolución No 0333 de 2005, modificado por la Resolución No 0776 de 2007, y las demás disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los 26 Feb. 2008

DARÍO MONTOYA MEJÍA

DIRECTOR GENERAL

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"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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