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RESOLUCIÓN 555 DE 2006

(marzo 16)

Diario Oficial No. 46.217 de 21 de marzo de 2006

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 16 de la Resolución 3769 de 2010>

Por la cual se ordena el diseño e implementación del Plan de Gestión Ambiental de la entidad.

Resumen de Notas de Vigencia

EL DIRECTOR GENERAL (E.) DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE, SENA,

en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el numeral 4 del artículo 4o del Decreto 249 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que los derechos Colectivos y del Medio Ambiente fueron elevados por el constituyente de 1991 a canon constitucional, en el Capítulo Tercero de la Constitución Política. Normatividad que consagra en el artículo 79 el derecho de todas las personas a gozar de un ambiente sano, siendo deber del Estado, entre otros, proteger la diversidad e integridad del ambiente, fomentando la educación para el logro de estos fines; y en el artículo 80 establece el deber del Estado de planificar el manejo y el aprovechamiento de los recursos naturales, además de prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental, imponiendo sanciones legales y exigiendo la reparación de los daños causados;

Que mediante los Decretos 1713 de 2002, 1140 y 1505 de 2003, y 838 de 2005, el Gobierno Nacional reglamentó lo concerniente a los residuos sólidos, desde su fuente hasta su destinación final, para su eficiente manejo integral y su adecuado aprovechamiento;

Que si bien en el Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena, se establecen a través de sus Centros de Formación planes de protección ambiental, atendiendo los principios normativos que caracterizan la administración pública, el Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena, debe reforzar entre otros objetivos, la protección de los recursos de la Institución, buscando su idónea administración, ante posibles riesgos que los afecten, para una adecuada preservación del medio ambiente, mediante el diseño y la implementación de un Plan de Gestión Ambiental para la entidad;

Que obrando de conformidad con las normas vigentes que regulan la Gestión Ambiental y en ejercicio de los principios de co ncurrencia y coordinación que deben regir en la función administrativa, armonizando esta en los niveles Nacional y Distrital, con el propósito de garantizar la viabilidad del Plan de Gestión Integral Ambiental, se deberá en el diseño e implementación del Plan de Gestión Ambiental del Sena, impulsar al interior de la Institución la sensibilización, capacitación, inducción, práctica y formación de los servidores públicos en el manejo de los residuos sólidos que la entidad produce, buscando como objeto central su adecuado aprovechamiento;  

Que en mérito de lo anteriormente expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o.  <Resolución derogada por el artículo 16 de la Resolución 3769 de 2010> Ordenar el diseño e implementación del Plan de Gestión Ambiental del Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena, con la finalidad de integrarlo al conjunto de actividades que desarrolla la entidad en cumplimiento de su función misional.

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ARTÍCULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 16 de la Resolución 3769 de 2010> El Plan de Gestión Ambiental, contendrá como mínimo los siguientes elementos:

Identificación de los aspectos ambientales.

Política Ambiental.

Marco Normativo del Plan de Gestión Ambiental.

Definición de objetivos, metas y estrategias de implementación.

Líneas de trabajo prioritarias.

Implementación.

Verificación y seguimiento.

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ARTÍCULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 16 de la Resolución 3769 de 2010> La Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo será responsable de:

La adopción del Plan de Gestión Ambiental, para la entidad.

Liderar y participar en todos los procesos y actividades para el diseño e implementación del Plan de Gestión Ambiental.

Garantizar que se dé cumplimiento a los objetivos y metas propuestos en el Plan de Gestión Ambiental.

Motivar, y mantener el interés del personal de la Entidad, en procura de constituir conciencia ética en las buenas prácticas ambientales.

Diseñar la política ambiental de la entidad, en donde se muestren las acciones que garanticen el cumplimiento del objeto del plan, estableciendo sus metas y objetivos, plasmando en estas acciones la voluntad de la entidad acerca de sus propósitos y principios, en pro de la sostenibilidad y conservación del medio ambiente.

Establecer la coordinación y comunicación necesarias de todas las áreas del Sena que intervienen en forma directa en el desarrollo del Plan de Gestión Ambiental.

Gestionar ante la Dirección Administrativa y Financiera, la asignación de recursos que garanticen la ejecución del Plan de Gestión Ambiental.

Desarrollar sistemas de motivación y comunicación que promuevan la información y acciones de prevención de riesgos a todos los niveles de la institución.

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ARTÍCULO 4o. <Resolución derogada por el artículo 16 de la Resolución 3769 de 2010> La Dirección Administrativa y Financiera, será responsable de:

Establecer los rubros dentro del presupuesto de la entidad con destino a la ejecución de las actividades del Plan de Gestión Ambiental de la entidad.

Destinar los recursos necesarios para la ejecución del Plan de Gestión Ambiental, de acuerdo con las proyecciones presentadas por la Dirección d e Planeación y Direccionamiento Corporativo.

Hacer que en las actividades cotidianas del Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena, así como en sus instalaciones físicas, se apliquen las normas técnicas y legales que garanticen el cumplimiento de las buenas prácticas ambientales, a través del Grupo de Bienes y Logística.

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ARTÍCULO 5o. <Resolución derogada por el artículo 16 de la Resolución 3769 de 2010> La Dirección de Formación Profesional será responsable de:

Hacer que en las actividades cotidianas de formación y en las actividades de bienestar que desarrollan los Centros de Formación del Sena, se apliquen las normas técnicas y legales que garanticen el cumplimiento de las buenas prácticas ambientales, a través del Coordinador de Formación Profesional del respectivo centro.

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ARTÍCULO 6o. <Resolución derogada por el artículo 16 de la Resolución 3769 de 2010> Las Direcciones Regionales y Centros de Formación serán responsables de:

Desarrollar las actividades y el cumplimiento de las metas señaladas en el Plan de Gestión Ambiental, de acuerdo con las directrices impartidas por el Nivel Central.

Reportar los requerimientos técnicos y de capacitación para la puesta en marcha de las metas señaladas en el Plan de Gestión Ambiental.

Informar sobre el cumplimiento de las metas señaladas en el Plan a la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo.

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ARTÍCULO 7o. <Resolución derogada por el artículo 16 de la Resolución 3769 de 2010> Los servidores públicos del Sena serán responsables de:

Implementar el Plan de Gestión Ambiental en su actividad diaria que ejecute en la entidad.

Realizar sus funciones dando cumplimiento a las normas y procedimientos señalados en el Plan de Gestión Ambiental.

Participar activamente y con compromiso en todos los programas de capacitación y sensibilización ambiental que promueva la entidad, en temas relacionados con el acatamiento de las buenas prácticas ambientales señaladas a través del Plan de Gestión Ambiental.

PARÁGRAFO. Los servidores públicos del Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena, darán estricto cumplimiento a las disposiciones legales vigentes sobre la materia, así como a las normas técnicas internas que se adopten en el desarrollo del Plan de Gestión Ambiental, para garantizar sus objetivos y las metas propuestas..

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ARTÍCULO 8o. <Resolución derogada por el artículo 16 de la Resolución 3769 de 2010> La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Notas de Vigencia

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 16 de marzo de 2006.

El Director General (E.),

JOHN JAIRO DÍAZ LONDOÑO.

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"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
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