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RESOLUCIÓN 583 DE 2010

(febrero 2)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE

Por la cual se ordenan unas novedades de personal en la Dirección General

EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA,

En ejercicio de sus facultades, en especial las contenidas en los artículos 115 de la ley 489 de 1998, el artículo 4o - numerales 4 y 23 del Decreto 249 de 2004 y el artículo 32 del mismo Decreto, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 115 de la Ley 489 de 1998 establece que: "El Gobierno Nacional aprobará las plantas de personal de los organismos y entidades de que trata la presente ley de manera global. En todo caso el director del organismo distribuirá los cargos de acuerdo con la estructura; las necesidades de la organización y sus planes y programas.// Con el fin de atender necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas del organismo o entidad, su representante legal podrá crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo. // En el acto de creación de tales grupos se determinarán las tareas que deberán cumplir y las consiguientes responsabilidades y las demás normas necesarias para su funcionamiento. (El resaltado es nuestro).

Que mediante el Decreto 249 del 28 de enero de 2004 se modificó la estructura interna del SENA y se reorganizaron las funciones de sus dependencias.

Que mediante el Decreto 250 del 28 de enero de 2004, el Gobierno Nacional adoptó la actual planta de personal del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA.

Que el numeral 23 del artículo 4o y el artículo 32 del Decreto 249 de 2004 señalan como función de la Dirección General del SENA crear Comités, Grupos Internos de Trabajo permanentes o transitorios y definir su composición, su coordinación y sus funciones;

Que el numeral 4 del artículo 4o del Decreto 249 del 28 de enero de 2004, le atribuyo al Despacho del Director General, la facultad de dirigir, coordinar y controlar las funciones administrativas y dictar los actos administrativos con miras al cumplimiento de la misión de la entidad, de conformidad con las normas legales vigentes.

Que la Resolución No. 1393 del 17 de junio de 2004, creó el Grupo Interno de Trabajo Permanente denominado "Recursos y Peticiones" adscrito a la Dirección Jurídica, estableció su composición (artículo 2o), funciones (artículo 3o) y coordinación.

Que en el artículo 4o de la Resolución No. 3993 de 17 de diciembre de 2009, se designó como Coordinadora del Grupo de Recursos y Peticiones, a la Dra. Martha Bibiana Lozano Medina.

Que la Resolución No. 2037 del 14 de septiembre de 2004, creó el Grupo Interno de Trabajo Permanente denominado "Conceptos y Producción normativa” adscrito a la Dirección Jurídica.

Que la Resolución No. 1083 del 28 de abril de 2009 designó como Coordinadora del Grupo de "Conceptos y producción Normativa" a la Dra. Cristy Johany García Contreras.

Que la Dra. Cristy Johany García Contreras, presentó renuncia al cargo de Profesional Grado 06 que desempeñaba en la Dirección Jurídica del SENA, la cual le fue aceptada mediante resolución No. 0505 del 27 de enero de 2010.

Que el artículo 4 del Decreto 248 del 28 de enero de 2004, señala: “Reconocimiento por coordinación. Los empleados públicos del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, en donde no exista el empleo de Jefe de División, que tengan a su cargo la coordinación o supervisión de grupos internos de trabajo, creados mediante resolución del Director General del SENA, percibirán mensualmente un veinte por ciento (20%) adicional al valor de la asignación básica mensual del empleo del cual sean titulares, durante el tiempo en que ejerzan tales funciones. Dicho valor no constituye factor salarial para ningún efecto legal. // Este reconocimiento se efectuará siempre y cuando el empleado no pertenezca a los niveles Directivo, Asesor o Ejecutivo.

Que el Decreto 717 del 6 de marzo de 2009, "Por la cual se fija la escala de asignación básica de los empleos del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA y se dictan otras disposiciones en materia salarial”, señala en el artículo 6o que "Los empleados públicos del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, que tengan a su cargo La coordinación o supervisión de los grupos internos de trabajo, creados mediante resolución del Director General del SENA, percibirán mensualmente un veinte por ciento (20%) adicional al valor de la asignación básica mensual del empleo del cual sean titulares, durante el tiempo en que ejerzan tales funciones. Dicho valor no constituye factor salarial para ningún efecto legal. // Este reconocimiento se efectuará siempre y cuando el empleado no pertenezca a los niveles directivo, asesor o ejecutivo".

Que es procedente variar la conformación de los Grupos Internos de trabajo de “Recursos y Peticiones" y “Conceptos y producción Normativa” de la Dirección Jurídica de la Dirección General y reasignar funciones de Coordinación, como se indica en la parte resolutiva de esta Resolución.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTICULO 1o. La Dra. Martha Bibiana Lozano Medina, Profesional Grado 13 de la Dirección Jurídica, pasa a conformar el “Grupo Conceptos y Producción Normativa" adscrito a esa misma Dirección.

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ARTICULO 2o. El Dr. Hernando González Rueda, quien ocupa actualmente el cargo de Profesional Grado 6 de la Dirección Jurídica, pasa a conformar el Grupo de "Recursos y Peticiones" adscrito a esa misma Dirección.

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ARTÍCULO 3o. Dar por terminada a partir de la fecha la asignación de funciones otorgadas a la Dra. Martha Bibiana Lozano Medina, como Coordinadora del Grupo de “Recursos y Peticiones”

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ARTICULO 4o. Designar a partir de la fecha a la Dra. Martha Bibiana Lozano Medina, como Coordinadora del Grupo de "Conceptos y Producción Normativa", adscrito a la Dirección Jurídica de la Dirección General, quien recibirá el pago de la prima de coordinación a que se refiere los artículos 4o del Decreto 248 de 2004 y 6o del Decreto 717 de 2009, durante el tiempo que ejerza esas funciones.

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ARTICULO 5o. Designar a partir de la fecha al Dr. Hernando González Rueda, como Coordinador del Grupo de "Recursos y Peticiones", adscrito a la Dirección Jurídica de la Dirección General, quien recibirá el pago de la prima de coordinación a que se refiere los artículos 4o del Decreto 248 de 2004 y 6o del Decreto 717 de 2009, durante el tiempo que ejerza esas funciones.

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ARTICULO 6o. Comunicar la presente Resolución a la Secretaría General, al Coordinador de Grupo de Relaciones Laborales y a los doctores Martha Bibiana Lozano Medina y Hernando González Rueda.

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ARTICULO 7o. La presente Resolución rige a partir de su expedición y modifica en lo pertinente los artículos 1o y 4o de la Resolución No. 3993 del 17 de diciembre de 2009 y deroga la Resolución No.  1083 del 28 de abril de 2009, así como las demás disposiciones que le sean contrarias.

COMUNIQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los 02 FEB. 2010

DARIO MONTOYA MEJIA

Director General

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"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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