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RESOLUCIÓN 591 DE 2022

(abril 19)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

Por la cual se adopta la guía “Giras Técnicas” y se deroga la Resolución 1657 de 2014.

EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 4 numerales 4 y 10 del Decreto 249 de 2004 y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 67 de la Constitución Política determina: “La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, y a los demás bienes y valores de la cultura. // La educación formará al colombiano en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia; y en la práctica del trabajo y la recreación, para el mejoramiento cultural, científico, tecnológico y para la protección del ambiente”

Que la Ley 119 de 1994 en el artículo 2 establece la misión del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, indicando que “está encargado de cumplir la función que corresponde al Estado de invertir en el desarrollo social y técnico de los trabajadores colombianos; ofreciendo y ejecutando la formación profesional integral, para la incorporación y el desarrollo de las personas en actividades productivas que contribuyan al desarrollo social, económico y tecnológico del país”

Que la Ley 119 de 1994, en el artículo 3, señala como objetivos del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, entre otros, “1. Dar formación profesional integral a los trabajadores de todas las actividades económicas, y a quienes, sin serlo, requieran dicha formación, para aumentar por ese medio la productividad nacional y promover la expansión y el desarrollo económico y social armónico del país, bajo el concepto de equidad social redistributiva. 2. Fortalecer los procesos de formación profesional Integral que contribuyan al desarrollo comunitario a nivel urbano y rural, para su vinculación o promoción en actividades productivas de interés social y económico”

Que el Decreto 249 de 2004 en el artículo 4 establece que la Dirección General tiene la función de “4. Dirigir, coordinar y controlar las funciones administrativas y técnicas de los proyectos operativos, dictar los actos administrativos, celebrar los contratos necesarios para la gestión administrativa, los convenios de cooperación técnica nacional e internacional, contratar expertos nacionales o extranjeros cuyos conocimientos o experiencia se requiera para adelantar programas o proyectos institucionales, con miras al cumplimiento de la misión de la entidad, de conformidad con las normas legales vigentes.”

Que el Decreto 249 de 2004 en el artículo 24, señala las funciones de las Direcciones Regionales y de la Dirección del Distrito Capital, entre otras, el “1. Asegurar que las políticas, objetivos, estrategias, planes, programas, normas y procedimientos adoptados por la entidad se cumplan, para garantizar el cumplimiento de la misión del SENA”.

Que el 249 de 2004 en el artículo 27, establece que las Subdirecciones de los Centros de Formación Profesional tienen como función “11. Garantizar que la formación profesional integral que imparte el Centro constituya un proceso educativo teórico-práctico de carácter integral, orientado al desarrollo de conocimientos técnicos, tecnológicos y de actitudes y valores para la convivencia social y el emprendimiento que le permitan a la persona actuar crítica y creativamente en el mundo del trabajo y de la vida”

Que el Acuerdo 8 de 1997, por el cual se adopta el Estatuto de la Formación Profesional del Servicio Nacional de Aprendizaje, en el numeral 3.4.2., “se entiende por ambiente educativo el conjunto de condiciones que propician y facilitan el logro de los objetivos de la formación profesional integral. Este ambiente puede configurarse tanto en instalaciones de la entidad como en empresas y otros sitios de vivienda o trabajo de los sujetos de formación. // El ambiente educativo es el resultado de las interacciones que se dan dentro del proceso de formación, vincula lo tecnológico con lo pedagógico, en donde son componentes fundamentales. la información, los procesos comunicativos, el espacio físico, el equipamiento y la dinámica socio cultural.”

Que la Resolución 1657 de 2014, establece los lineamientos para la realización de Giras Técnicas en el Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA.

Que en la Ejecución de la Formación Profesional las Giras Técnicas hacen parte de la ejecución de la Formación Profesional Integral y respalda programas especiales que tiene la entidad en la Colombia Profunda, en el Sena emprende rural, población vulnerable, población especial y a los Centros de formación Profesional que requieren fortalecer la práctica en ambientes reales.

Que la Resolución 1-01539 de 2021 en el artículo 10 señala, “FUNCIONES GRUPO EJECUCIÓN DE LA FORMACIÓN PRESENCIAL Y A DISTANCIA. El Grupo interno de trabajo denominado "Ejecución de la Formación Presencial y a Distancia", tendrá las siguientes funciones: “5. Diseñar lineamientos para la ejecución y realizar el seguimiento de giras técnicas, como estrategia de la formación, para complementar y fortalecer los resultados de aprendizaje de las competencias desarrolladas por el aprendiz en los Centros de formación.”

Que, conforme a lo anterior, es necesario adoptar la Guía “Giras Técnicas” como complemento de las acciones de la Formación Profesional, documento que debe ser incorporado al Sistema Integrado de Gestión y Autocontrol (SIGA) como modelo de operación, que bajo los lineamientos del Modelo Integrado de Planeación y Gestión articula los sistemas de gestión implementados en la Entidad establecido en el Acuerdo 004 de 2021 y su publicación y actualización se debe realizar conforme a la normatividad vigente.

Que en virtud de lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 8 de la Ley 1437 de 2011, se publicó en la página web de la entidad el texto de proyecto de esta resolución, desde el 28 de diciembre de 2021 al 20 de enero 2022, termino durante el cual no se recibió observación alguna.

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Adoptar la Guía “Giras Técnicas”, contenido en el anexo técnico que forma parte integral de la presente Resolución, para la planeación, ejecución, evaluación y seguimiento relacionados a las Giras Técnicas por los Centros de Formación Profesional.

ARTÍCULO 2o. La Guía “Giras Técnicas” debe incorporarse en el Sistema Integrado de Gestión y Autocontrol, (SIGA) del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA y en los eventos que se requiera podrá ser actualizada por la Dirección de formación Profesional.

ARTÍCULO 3o. Comunicar el contenido de la presente resolución a la Secretaría General, Directores de Área, Jefes de Oficina, Directores Regionales, Subdirectores de Centro de Formación y Coordinadores de Grupo.

ARTÍCULO 4o. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga la Resolución 1657 de 2014 y demás disposiciones que le sean contrarias. Para los efectos del artículo 8o de la Ley 1437 de 2011 publíquese en la página web del SENA.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C.,

CARLOS MARIO ESTRADA MOLINA

Director General

PROCESO: GESTIÓN DE FORMACIÓN PROFESIONAL INTEGRAL.

GUÍA GIRAS TÉCNICAS.

Código: GFPI-G-005
Versión: 02

Abril 2022

Sistema Integrado de Gestión y Autocontrol

GFPI-G-005 V.02

TABLA DE CONTENIDO.

1INTRODUCCIÓN .......................................................................................3
2OBJETIVO .................................................................................................3
3ALCANCE ..................................................................................................3
4RESPONSABLES .......................................................................................4
5DEFINICIÓN GENERAL DE GIRAS TÉCNICAS .........................................5
6MARCO NORMATIVO ...............................................................................5
7ANTECEDENTES .......................................................................................5
8GENERALIDADES .....................................................................................7
9GESTIÓN DE LAS GIRAS TÉCNICAS ........................................................7
9.1PLANEACIÓN ............................................................................................8
9.2APROBACIÓN ...........................................................................................9
9.3PRESUPUESTO ........................................................................................10
9.4EJECUCIÓN ..............................................................................................11
9.5EVALUACIÓN ............................................................................................12
9.6SEGUIMIENTO ..........................................................................................12

1. INTRODUCCIÓN.

En función de fortalecer la estrategia de Giras Técnicas que busca complementar el proceso de enseñanza aprendizaje de los aprendices SENA, se estructura la Guía que contiene los elementos necesarios para el desarrollo de la estrategia, contemplando los lineamientos, procedimientos y políticas normativas vigentes. Este documento describe el proceso y los formatos a diligenciar en la planeación y ejecución de las Giras Técnicas, teniendo presente la realidad de los Centros de Formación y sus necesidades frente al desarrollo de las prácticas de los aprendices en ambientes reales de formación.

Ante la necesidad de los Centros de Formación para el desarrollo de la práctica pedagógica de los aprendices en ambientes reales, surge la novedad planteada, enfocada en cambiar el destino de la Gira Técnica a ser ejecutadas únicamente entre los mismos Centros de Formación SENA; en razón a que las Giras Técnicas que se realizaban visitando empresas, no permitían ni facilitaban la práctica de los aprendices en un ambiente real, por los riesgos que podría conllevar para el empresario como para el mismo aprendiz, llevando a que la Gira Técnica terminara siendo una visita sin opción de práctica en un ambiente real y sin lograr un aprendizaje significativo ni el alcance del resultado de aprendizaje, siendo esta la finalidad última de la estrategia.

2. OBJETIVO.

Establecer los lineamientos para la planeación, desarrollo y evaluación de las Giras Técnicas, de acuerdo con las políticas institucionales, la normatividad, los procedimientos y protocolos aplicables vigentes.

3. ALCANCE.

Las Giras técnicas hacen parte del proceso de Gestión de Formación profesional especialmente del procedimiento de Ejecución de la formación y aplica a los programas técnico laboral y tecnológico de la modalidad presencial y a distancia de los niveles auxiliar, operario, técnico laboral y tecnólogo en todos los Centros de Formación del SENA en especial los que están ubicados en regiones de la

“Colombia Profunda(1) y para los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial - PDET”. Además es una estrategia complementaria de formación para los centros de Formación Profesional que no cuentan con una dotación tecnológica mínima para el desarrollo de las actividades necesarias para el logro de los resultados de aprendizaje de las competencias técnicas específicas de los programas y para el conocimiento de tecnologías de punta con las que cuenten otros Centros de Formación, permitiendo a los aprendices aplicar tecnologías avanzadas.

4. RESPONSABLES.

Para el óptimo desarrollo de la Gira Técnica al interior del Centro de Formación, son responsables de la misma, los siguientes:

- Dirección de Formación Profesional: Analiza las solicitudes de Giras Técnicas de los Centros de Formación, emitiendo el concepto de aprobación de las mismas.

- Director Regional: Autoriza las Giras Técnicas avaladas por el Subdirector del Centro de Formación.

- Subdirector del Centro de Formación Profesional: Determina y analiza la necesidad que tiene el Centro para el desarrollo de la Gira Técnica, realiza la solicitud de la Gira Técnica en el aplicativo “Plan de Acción” a cargo de la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo para tal fin en las fechas establecidas para cada vigencia.

- Coordinador Académico: Encargado del acompañamiento del proceso pedagógico y gestión en el proceso contractual de la Gira Técnica, como también realiza seguimiento al desarrollo de las Giras Técnicas aprobadas y así garantizar la ejecución del presupuesto asignado al Centro de Formación.

- Instructor (a): Responsable de los aspectos pedagógicos que integran la planeación, programación, ejecución de las acciones de formación y evaluación a los aprendices que participan en la Gira Técnica y acompaña al grupo de aprendices en el desarrollo de la

- Área de contratación del Centro de Formación: Responsables del proceso de contratación, logística, desplazamientos, manutención y demás aspectos que intervienen para la ejecución de la Gira Técnica.

5. DEFINICIÓN GENERAL DE GIRAS TÉCNICAS.

Las Giras Técnicas, son una estrategia de formación que hace parte del proceso formativo, que permite a los aprendices, en acompañamiento permanente del Instructor (a) del Centro de Formación de origen, el desplazamiento a los diferentes Centros de Formación con que cuenta la Entidad, con el fin de complementar, fortalecer y cumplir los resultados de aprendizaje, en actividades prácticas del mundo laboral relacionadas directamente con las competencias Técnicas del Programa de Formación.

6. MARCO NORMATIVO.

> Constitución Política, Artículo 67

> Ley 119 de 1994 Artículo 2

> Ley 119 de 1994 artículo 3 Numeral 1 y 2.

> Ley 489 de 1998 Artículo 78

> Decreto 249 de 2004, artículo 4, numeral 4.

> Decreto 249 de 2004 Artículo 24

> Decreto 249 de 2004, Artículo 27 numeral 11.

> Acuerdo 8 de 1997 Numeral 3.4.2.

> Resolución 1-01539 de 2021 Articulo 10, numeral 5.

7. ANTECEDENTES.

De acuerdo con la publicación de la Escuela Intercultural de Artes y Oficios WEKIMUN CHILKATUWE de Chile, define las Giras Técnicas como: “un proceso de enseñanza aprendizaje en el que se

construyen conocimientos con el activo protagonismo de los participantes. Estos conocimientos se construyen en diferentes espacios de aprendizaje como son: el sendero interpretativo y medicinal en el bosque, el taller de preparados medicinales, la huerta demostrativa (Tukukawe), el Apeche o

sendero de los antiguos en el borde costero, la cocina demostrativa, el laboratorio de lengua williche, entre otros”,(2) menciona que existe un equipo interdisciplinario e intercultural conformado por profesores quienes son los que atienden al grupo de participantes en donde su metodología especifica es aprender haciendo, a través de talleres participativos frente a cada uno de los aprendizajes y la evaluación se basa en un portafolio de evidencias que con el tiempo se convierte una herramienta de consulta.

Otro caso de éxito de Giras Técnicas es La Alianza Cambio Andino, que es un programa regional que se desarrolla en Bolivia, Perú, Ecuador y Colombia, se conocen como Giras de Aprendizaje, con el fin de visitar, conocer y analizar experiencias de implementación de metodologías participativas, como parte de su estrategia para el intercambio de conocimientos. Dentro de sus objetivos se encuentra “motivar y promover la aplicación de las metodologías participativas, apoyar la formación de especialistas en metodologías participativas en la región Andina, complementar el proceso de formación ofrecido por la Alianza Cambio Andino en los talleres de fortalecimiento de capacidades a técnicos, conocer y analizar experiencias diversas en las que se hayan aplicado los metodologías participativas y facilitar el diálogo horizontal entre implementadores de las metodologías participativas(3).

En relación al contexto anterior es importante tener presente que las Giras Técnicas en el SENA son una estrategia diseñada para dar respuesta al cumplimiento de los resultados de aprendizaje de los aprendices que pertenecen a Centros de Formación de la entidad, que no cuentan con los ambientes

calificados, es por esto que se hace necesario establecer y estructurar mecanismos que brinden los

espacios - ambientes para tener encuentros de aprendizaje como lo mencionan las anteriores

habilidades en el aprender - haciendo, en entornos que brinden las herramientas y los facilitadores idóneos que guíen y acompañen su proceso de aprendizaje.

8. GENERALIDADES.

> Para cada vigencia, los Centros de Formación identificarán las necesidades de formación que prioritariamente puedan ser atendidas por otros Centros de Formación del SENA, que permitan complementar resultados de aprendizaje en actividades prácticas del mundo laboral, relacionadas directamente con las competencias Técnicas del Programa de Formación.

> La Gira Técnica se programa desde el Centro de Formación Profesional de origen al Centro de Formación Profesional más cercano (centro de destino), con el fin de optimizar los recursos de desplazamiento de la Gira Técnica.

> Para el análisis de las solicitudes de las Giras Técnicas anuales la Dirección de Formación Profesional deberá dar prioridad en el análisis para la aprobación a los Centros de Formación ubicados en regiones de la “Colombia Profunda y Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial - PDET”.

> En el evento que, el Centro de Formación requiera utilizar los recursos asignados para realizar otras Giras Técnicas cambiando el destino, el programa, la ficha o fecha, éste deberá enviar la solicitud con la debida justificación, a la Dirección de Formación profesional - Grupo Ejecución de la Formación Presencial y a Distancia para ser analizada y emitir el nuevo concepto.

> Las Giras Técnicas que se planeen, deben tener presente que los ambientes de formación a usar en el Centro de destino deben ser tecnológicamente superiores a los que tienen en el Centro de Formación de origen(4).

9. GESTIÓN DE LAS GIRAS TÉCNICAS.

9.1 PLANEACIÓN.

a. Un Centro de Formación solo podrá abrir un proceso formativo (Ficha) si en el marco de la pertinencia cuenta con los instructores, ambientes de formación y materiales de formación requeridos para la ejecución del Programa de Formación de acuerdo con el procedimiento de diseño curricular y de ejecución de la formación. En el caso que el Centro de Formación disponga de ambientes de formación que cuenten con una dotación mínima para el desarrollo del programa, se debe prever la Gira Técnica en el Proyecto Formativo del programa e incluirse en la Planeación Pedagógica, con el fin de cumplir los objetivos propuestos y alcanzar los resultados de aprendizaje esperados como actividad de la ruta de aprendizaje. Se deben especificar claramente las acciones a realizar en la Gira Técnica, las cuales determinarán los tiempos, los alcances y el presupuesto requerido, entre otros aspectos.

b. Es importante en la planeación de la Gira Técnica se cuente con la disponibilidad del ambiente de formación y el instructor del Centro de Formación de destino, es decir, el centro de origen debe concertar con el Centro de Formación de destino las fechas del desarrollo de la Gira Técnica con antelación, con el fin de garantizar que para el momento en que se lleve a cabo la Gira Técnica, se cuente con estos dos aspectos para su óptimo desarrollo.

c. Garantizar que el ambiente de formación donde se va a desarrollar la Gira Técnica, cumple con lo establecido en el formato GIL-F- 025_Formato_verificación_condiciones_mínimas_ambiente_V01 (o la versión disponible en la plataforma CompromISO), en relación con el resultado de aprendizaje a fortalecer o alcanzar en la Gira Técnica.

d. Cada Gira Técnica debe ser analizada por el Subdirector correspondiente, garantizando que sea necesaria para el cumplimiento del 100% de los resultados de aprendizaje, es por ello que el insumo para la solicitud de la Gira Técnica en el aplicativo Plan de Acción a cargo de la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo, es el diligenciamiento por parte encuentre en la versión disponible publicado en la plataforma CompromISO) y la información debe ser puntual, clara y veraz.

e. El tiempo de ejecución de la Gira Técnica es de 3 días, incluido el tiempo del desplazamiento, a excepción de los Centros de Formación de las Regionales Amazonas, Guainía, Guaviare, Chocó, San Andrés, Putumayo, Caquetá, Vaupés, Vichada, Arauca y Casanare, los cuales planean y desarrollan su Gira Técnica en 5 días, de éstos serán 2 días para el desplazamiento o movilidad (1 día desplazamiento de ida y 1 día desplazamiento de regreso) y 3 para la actividad propia de la Gira Técnica. Si por alguna razón existe otro Centro de Formación distinto a los mencionados, que su desplazamiento tarde dos días, debe presentarse una justificación sustentada para su aprobación por la Dirección de Formación Profesional.

f. La Gira Técnica solo se programa para ser desarrollada en otros Centros de Formación del SENA, en los cuales se garantice el ejercicio teórico - práctico de las actividades enmarcadas en una guía de aprendizaje, que se debe adjuntar al formato GFPI-F- _072_Formato_Giras_Tecnicas_V02, (que se encuentre en la versión disponible publicado en la plataforma CompromISO), debidamente diligenciado y firmado.

g. Cantidad de Giras Técnicas por Nivel de formación: en la etapa lectiva para el nivel auxiliar, operario y técnico laboral se aprueba 1 Gira Técnica y para el nivel Tecnólogo se aprobarán máximo 2 Giras Técnicas en la misma etapa lectiva.

h. La ejecución de las Giras Técnicas para los niveles auxiliar, operario y técnico laboral, requiere haber alcanzado el 75% de la ejecución de la formación en la etapa lectiva y para el nivel tecnólogo, la primera Gira Técnica requiere haber alcanzado un 60% de la etapa lectiva y para la segunda Gira Técnica, requiere haber alcanzado un 90% de la misma etapa lectiva.

i. Para la solicitud de la Gira Técnica, el Centro de Formación diligencia el formato GFPI-F- _072_Formato_Giras_Tecnicas_V02, (que se encuentre en la versión disponible publicado en la plataforma CompromISO), el cual será el insumo para dicha solicitud.

9.2 APROBACIÓN.

a. El subdirector justifica la Gira Técnica desde la necesidad que tiene el Centro de Formación para alcanzar la totalidad de los resultados de aprendizaje establecidos en el programa de formación respectivo, sumado a ello, sustenta el porcentaje de las competencias de cada programa que no se desarrollarían en caso de no efectuarse la Gira Técnica, expone la razón por la cual el programa es pertinente para su región y por qué el ambiente de formación solo cuenta con una dotación mínima (de tener el ambiente de formación o de no contar con el mismo) para el alcance de los resultados de aprendizaje.

b. En relación a lo expuesto anteriormente, la Gira Técnica es avalada con el visto bueno del subdirector y Coordinador Académico y así enviada al Director Regional, quien certifica que el Centro solicitante, por su dotación insuficiente en los ambientes de formación requiere la realización de la Gira Técnica para el óptimo desarrollo del programa.

c. El subdirector del Centro de Formación debe hacer la propuesta de la Gira, en el marco del Plan de Acción Anual del Centro de Formación en cada vigencia. Así mismo, realiza la solicitud de la Gira Técnica en el aplicativo “Plan de Acción” a cargo de la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo, en las fechas establecidas para cada vigencia. Para esta solicitud, se deben tener las cotizaciones que soporten y sustenten los gastos requeridos para cada Gira Técnica y se deben cargar en el icono respectivo del aplicativo.

d. La Dirección de Formación Profesional - Grupo Ejecución de la Formación Presencial y a Distancia, realiza el análisis, consolidación y aprobación del Plan Nacional de Giras Técnicas.

9.3 PRESUPUESTO.

Las Giras Técnicas para programas de formación regular se financian por los Proyectos “Mejoramiento del Servicio de Formación profesional del SENA nacional”, para el Programa FIC se financian por el proyecto “Capacitación Sector Industria de la Construcción - FIC” por concepto de gestión “Giras Técnicas” de la Guía de Rubros Presupuestales - versión vigente. Por este último rubro, el Centro de Formación podrá sufragar los gastos de transporte, alojamiento y alimentación de los aprendices en Giras Técnicas; para los viáticos del instructor (a) que acompaña al grupo de aprendices deberá liquidarse conforme a la resolución de tarifa de viáticos vigentes.

Para el desarrollo de la Gira Técnica, el Centro de Formación (con el liderazgo del Coordinador Académico), realiza un contrato con un operador logístico para los ítems a financiar: transporte, alojamiento y alimentación. Este contrato en lo correspondiente a alojamiento y alimentación puede hacerse con el Centro de Formación de destino que cuente con este servicio, dentro de la figura de Producción de Centros “Sena Proveedor Sena”, tal como se mencionó en el diligenciamiento del formato GFPI-F-_072_Formato_Giras_Tecnicas_V02, (que se encuentre en la versión disponible publicado en la plataforma CompromISO).

9.4 EJECUCIÓN.

Previo al desarrollo de la Gira Técnica se indica al grupo de aprendices, el comportamiento, normas y temas relacionados con la seguridad, entre otros, para garantizar el óptimo desarrollo de la Gira Técnica y el bienestar de los aprendices.

Al mismo tiempo en la planeación de las actividades previstas en el cronograma de la Gira Técnica, se debe contar con el instructor (a) que acompaña el grupo de aprendices durante el desarrollo de la misma. Este recibirá de los aprendices un acta, donde se comprometan a: no ausentarse de las actividades programadas, al cumplimiento de manera estricta al reglamento del aprendiz SENA vigente y al cumplimiento de las normas de buen comportamiento ético, disciplinario y moral. El incumplimiento por parte del aprendiz, lo hará acreedor a las sanciones correspondientes.

El instructor (a) verifica previamente y durante el desarrollo de la Gira Técnica que los aprendices porten los siguientes documentos personales:

- Cédula de Ciudadanía o Tarjeta de Identidad.

- Carné del SENA vigente.

- Carné del seguro médico o póliza contra accidentes vigente.

- Autorización del padre de familia, en caso que el aprendiz sea menor de edad.

- Los documentos que desde el gobierno nacional se establezcan como obligatorios para participar espacios cerrados o que requieran un aforo especial.

El Instructor (a) garantizará que se realicen las actividades de aprendizaje programadas para la Gira Técnica según la planeación pedagógica del Proyecto Formativo e incluidas en el cronograma de la misma.

9.5 EVALUACIÓN.

Adicional a las evidencias de aprendizaje de las competencias trabajadas en la Gira Técnica, el grupo de aprendices, debe individualmente diligenciar y entregar al instructor (a) acompañante, el formato GFPI-F-071_Formato_Evaluacion_Aprendices_Gira_Tecnica_V02 (o la versión disponible en la plataforma CompromISO), el cual se anexa como soporte del informe de la Gira Técnica. El instructor consolida la información de las evaluaciones de los aprendices en un solo documento y lo entrega a la Dirección de Formación Profesional - Grupo Ejecución de la Formación Presencial y a Distancia en los siguientes 8 días hábiles del desarrollo de la Gira Técnica.

El Instructor responsable de la Gira Técnica, evalúa las evidencias de aprendizaje correspondientes a las actividades desarrolladas por los aprendices participantes y presenta al Coordinador Académico y al Subdirector un Informe de la Gira Técnica con la inclusión de registro fotográfico. El plazo máximo para la entrega de dicho informe es de 5 días hábiles, luego de finalizada la Gira Técnica.

El Coordinador Académico y el Subdirector son responsables del análisis y aprobación del informe final de la Gira Técnica presentado por el instructor responsable, dicho informe será enviado a la Dirección de Formación Profesional - Grupo Ejecución de la Formación Presencial y a Distancia de solicitarse en algún momento.

9.6 SEGUIMIENTO.

Según la norma ISO 9001(5), la medición y el seguimiento es uno de los elementos esenciales de la mejora continua. Esta norma, determina el Seguimiento como: definir el estado que presenta un determinado sistema, proceso o actividad. Es así que, se puede establecer que es la forma de monitorear y controlar los procesos definidos desde el sistema de gestión de calidad, precisando las características de cada uno de ellos, asociado con los indicadores que evidencien el seguimiento y medición de los mismos cuando es necesario.

Por lo anterior el Coordinador Académico del Centro de Formación, realiza el seguimiento mensual a la desarrollo de las Giras Técnicas y así garantizar la ejecución del presupuesto asignado al Centro de Formación.

La Dirección de Formación profesional - Grupo Ejecución de la Formación Presencial y a Distancia lleva a cabo el monitoreo y seguimiento mensual a la ejecución del presupuesto asignado a los Centros de Formación para el desarrollo de la estrategia, solicita informes periódicos a los Coordinadores Académicos en los que se evidencien las Giras Técnicas desarrolladas. Así mismo, consolida los informes de las Giras Técnicas que realizan los Centros de Formación como soporte de la ejecución presupuestal.

<NOTAS DE PIE DE PÁGINA>

1. Incluye los Centros de Formación que pertenecen a las Regionales: Amazonas, Guainía, Guaviare, Chocó, San Andrés, Sucre, Nariño (Tumaco), Putumayo, Caquetá, Vaupés, Vichada, Arauca y Casanare.

2. Escuela Intercultural de artes y oficios WEKIMUN CHILKATUWE- Chile - 2018- accedido en: https://wekimun.cl/giras-tecnicas/

3. Giras de Aprendizaje Alianza Cambio Andino Innovación agrícola en favor de los Pobres - Bolivia - 2008, accedido en: http://www.cambioandino.org/girasdeaprendiza¡e.shtml?apc=ka--;-;1;-;&x=14

4. El Centro de Origen es el que planea la Gira Técnica y el Centro de destino es el lugar donde se desarrollarán las actividades de la Gira Técnica.

5. Ver también el Acuerdo 004 de 2021 articulo 3 literal e.

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Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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