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RESOLUCION 961 DE 2013

(junio 21)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

<Esta norma no incluye análisis de vigencia>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

Por la cual se efectúa una delegación especial

LA DIRECTORA GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA

En ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, en especial el artículo 13 de la Ley 119 de 1994, el artículos 9 y siguientes de la Ley 489 de 1998, el numeral 4 del Artículo 4 del Decreto 249 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 209 de la Constitución Política establece que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones y en su artículo 211 dispone que la ley señalará las funciones que el Presidente de la República podrá delegar y fijará las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar en sus subalternos o en otras autoridades, indicando que la delegación exime de responsabilidad al delegante, la cual corresponderá exclusivamente al delegatario cuyos actos o resoluciones podrá siempre retomar o revocar aquel, reasumiendo la responsabilidad consiguiente.

Que la Ley 489 de 1998 en su artículo 9o, al referirse a la figura de la delegación contempla: Las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la presente ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias.// Sin perjuicio de las delegaciones previstas en leyes orgánicas, en todo caso, los... representantes Legales de organismos y entidades que posean una estructura independiente y autonomía administrativa, podrán delegar la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la ley y los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente, con el propósito de dar desarrollo a los principios de la función administrativa enunciados en el artículo 209 de la Constitución Política y en la misma ley."

Que el artículo 13 de la Ley 119 de 1994, establece las funciones del Director General, señalando entre otras, “5. Dictar los actos administrativos, realizar las operaciones y celebrar los contratos necesarios para la gestión administrativa con miras al cumplimiento de la misión de la entidad."

Que el Decreto 249 de 2004, le atribuyó, en el numeral 4 de su artículo 4o, al despacho de la Dirección General, la facultad de dirigir, coordinar y controlar las funciones administrativas y dictar los actos administrativos con miras al cumplimiento de la misión de la entidad, de conformidad con las normas legales vigentes.

Que el artículo 15 de la Ley 489 de 1998 señala que el Sistema de Desarrollo Administrativo es un conjunto de políticas, estrategias, metodologías, técnicas y mecanismos de carácter administrativo y organizacional para la gestión y manejo de los recursos humanos, técnicos, materiales, físicos, y financieros de las entidades de la Administración Pública, orientado a fortalecer la capacidad administrativa y el desempeño institucional, de conformidad con la reglamentación que para tal efecto expida el Gobierno Nacional.

Que el artículo 19 de la Ley 489 de 1998, modificado por el artículo 234 del Decreto 19 de 2012, dispone que "el Comité Sectorial de Desarrollo Administrativo estará presidido por el Ministro o Director del Departamento Administrativo del sector respectivo. Del Comité harán parte los directores, gerentes o presidentes de los organismos y entidades adscritos o vinculados, quienes serán responsables únicos por el cumplimiento de las funciones a su cargo so pena de incurrir en causal de mala conducta. //Corresponde al Departamento Administrativo de la Función Pública velar por la ejecución de las políticas de administración pública y de desarrollo administrativo."

Que el Decreto 2482 de 2012 “Por el cual se establecen los lineamientos generales para la integración de la planeación y la gestión'' en el artículo 6o establece: "Instancias: En la Rama Ejecutiva del orden nacional, serán responsables de liderar, coordinar y facilitar la implementación del modelo, las siguientes instancias:

a) A nivel sectorial, el Comité Sectorial de Desarrollo Administrativo, presidido por el Ministro o Director del Departamento Administrativo del sector respectivo y los directores, gerentes o presidentes de los organismos y entidades adscritas o vinculadas. La Secretaría Técnica de este comité será ejercida por el Jefe de la Oficina de Planeación o quien haga sus veces, del Ministerio o Departamento Administrativo correspondiente…"

Que conforme a lo anterior, es procedente delegar al Director de Planeación y Direccionamiento Corporativo de la Dirección General, para que actúe en nombre y representación del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA-, en todas las gestiones y actuaciones ante el Comité Sectorial de Desarrollo Administrativo Sector Trabajo.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. Delegar al Director de Planeación y Direccionamiento Corporativo de la Dirección General, para que actúe en nombre y representación del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA-, en las gestiones y actuaciones necesarias ante el Comité Sectorial de Desarrollo Administrativo Sector Trabajo.

PARÁGRAFO. El delegado cuenta con las mismas potestades que el delegante para cumplir la función transferida y el delegante conserva la facultad de reasumir la competencia cuando lo estime pertinente.

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ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar el contenido de la presente Resolución a la Secretaría General y al Director de Planeación y Direccionamiento Corporativo del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, quien deberá presentar los respectivos informes de gestión.

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ARTÍCULO TERCERO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D. C a los 21 JUN. 2013

GINA MARÍA PARODY D'ECHEONA

Directora General

<Para consultar la versión original PDF de este documento dirigirse al siguiente link: https://www.avancejuridico.com/docpdf/sena/RESOLUCION_SENA_0961_2013.pdf>

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