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RESOLUCION 1114 DE 2019

(junio 25)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

“Por medio de la cual se efectúa una delegación especial ”

EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

En uso de sus facultades legales y reglamentarlas, en especial las conferidas por el artículo 4o del Decreto 249 de 2004 “Por el cual se modifica la estructura del Servicio Nacional de Aprendizaje -SENA”, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 209 de la Constitución Política establece que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de Igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.

Que el artículo 211 de la Constitución Política, dispone que la ley señalará las funciones que el Presidente de la República podrá delegar en los ministros, directores de departamentos administrativos, representantes legales de entidades descentralizadas, superintendentes, gobernadores, alcaldes y agencias del Estado que la misma ley determine. Igualmente, fijará las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar en sus subalternos o en otras autoridades. Señala el mismo artículo que la delegación exime de responsabilidad al delegante, la cual corresponderá exclusivamente al delegatario, cuyos actos o resoluciones podrá siempre reformar o revocar aquel, reasumiendo la responsabilidad consiguiente.

Que la Ley 489 de 1998 en su artículo 9o al referirse a la figura de la delegación, le concede a los Ministros, Directores de Departamento Administrativo, Superintendentes, Representantes Legales de organismos y entidades que posean una estructura Independiente y autonomía administrativa, la posibilidad de transferir, mediante acto de delegación, la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la ley y los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente, con el propósito de desarrollar los principios de la función administrativa enunciados en el artículo 209 de la Constitución Política y en la misma ley.

Que el Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, tiene por objeto cumplir con la función que le corresponde al Estado de invertir en el desarrollo social y técnico de los trabajadores colombianos; ofreciendo y otorgando formación profesional integral, para la incorporación y el desarrollo de las personas en actividades productivas que contribuyan al desarrollo social, económico y tecnológico del país, las cuales deben ajustarse a los objetivos trazados por el Gobierno Nacional.

Que para facilitar el cumplimiento de su objeto misional y su operatividad, la Entidad ha considerado la realización de procesos centralizados orientados por una parte, a mantener y mejorar las condiciones que favorezcan el mejoramiento del nivel de vida del empleado y el de su familia; así como la mejora en los niveles de satisfacción, eficacia, eficiencia, efectividad e identificación del empleado con la Entidad.

Que el Decreto 249 de 2004, en el numeral 4 de su artículo 4o, atribuyó al Despacho de la Dirección General la facultad de dirigir, coordinar y controlar las funciones administrativas y dictar los actos administrativos con miras al cumplimiento de la misión de la entidad, de conformidad con las normas legales vigentes.

Que con el fin de facilitar la eficiencia del servicio contratado, reducir costos operativos, promover ventajas derivadas del volumen de descuentos, minimizar la fragmentación del gasto y fortalecer el control del gasto público al interior de la Entidad, se hace necesario centralizar en la Dirección General, la contratación que tiene como objeto: “SUMINISTRO DE ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL PARA LOS FUNCIONARIOS, TRABAJADORES OFICIALES Y APRENDICES DEL SENA, EN CUMPLIMIENTO AL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y LA SALUD EN EL TRABAJO, POR EL SISTEMA DE PRECIOS UNITARIOS FIJOS, SIN FORMULA DE REAJUSTE” y “SUMINISTRO DE MATERIALES DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE LOS DIFERENTES PROGRAMAS DEL ÁREA DE CONSTRUCCIÓN - FONDO NACIONAL DE FORMACIÓN)

PROFESIONAL DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN - FIC, y DE MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN Y ELEMENTOS DE FERRETERIA QUE SEAN REQUERIDOS POR LA ENTIDAD, MEDIANTE EL SISTEMA DE PRECIOS UNITARIOS FIJOS, SIN FÓRMULA DE REAJUSTE”, a nivel Nacional.

Que no obstante lo anterior, en observancia principio de coordinación, responsabilidad y colaboración armónica, la Secretaria General y la Dirección de Formación Profesional, respectivamente, atenderán los aspectos técnicos propios de cada proceso de selección, conforme las competencias funcionales correspondientes.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Delegar al Director Administrativo y Financiero del SENA, Dr. Wilson Javier Rojas Moreno Identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.542.826, para que realice la Ordenación del Gasto en materia de contratación estatal, la celebración de contratos, la ejecución y liquidación de los mismos y la ordenación del pago de los procesos de selección que tienen por objeto: "SUMINISTRO DE ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL PARA LOS FUNCIONARIOS, TRABAJADORES OFICIALES Y APRENDICES DEL SENA, EN CUMPLIMIENTO AL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y LA SALUD EN EL TRABAJO, POR EL SISTEMA DE PRECIOS UNITARIOS FIJOS, SIN FORMULA DE REAJUSTE” y el “SUMINISTRO DE MATERIALES DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE LOS DIFERENTES PROGRAMAS DEL ÁREA DE CONSTRUCCIÓN - FONDO NACIONAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN - FIC, y DE MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN Y ELEMENTOS DE FERRETERIA QUE SEAN REQUERIDOS POR LA ENTIDAD, MEDIANTE EL SISTEMA DE PRECIOS UNITARIOS FIJOS, SIN FÓRMULA DE REAJUSTE”, a nivel Nacional.

ARTÍCULO 2o. Comunicar el contenido de la presente resolución al Dr. Wilson Javier Rojas Moreno, identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.542.826.

ARTÍCULO 3o. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

COMÚNIQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá D.C, a los 25 JUN 2019

CARLOS MARIO ESTRADA MOLINA

Director General SENA

<Para consultar la versión original PDF de este documento dirigirse al siguiente link: https://www.avancejuridico.com/docpdf/sena/RESOLUCION_SENA_1114_2019.pdf>

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"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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