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RESOLUCIÓN 1167 DE 2021

(julio 13)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

<Esta norma no incluye análisis de vigencia>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

Por la cual se efectúa una delegación especial al Director de la Regional Valle para el trámite de patente y registro diseños industriales ante la Superintendencia de Industria y Comercio

EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA

En uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas por el artículo 211 de la Constitución Política, los artículos 9o y siguientes de la Ley 489 de 1998, los numerales 2, 4o, 23 del artículo 4o del Decreto 249 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 209 de la Constitución Política establece que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.

Que el artículo 211 de la Constitución Política, dispone que la ley señalará las funciones que el Presidente de la República podrá delegar en los Ministros, Directores de Departamentos Administrativos, Representantes Legales de Entidades descentralizadas, Superintendentes, Gobernadores, Alcaldes y Agencias del Estado que la misma ley determine. Igualmente, fijará las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar en sus subalternos o en otras autoridades; señala el mismo artículo que la delegación exime de responsabilidad al delegante, la cual corresponderá exclusivamente al delegatario, cuyos actos o resoluciones podrá siempre reformar o revocar aquel, reasumiendo la responsabilidad consiguiente.

Que la Ley 489 de 1998 en su artículo 9o, al referirse a la figura de la delegación, le concede a los Ministros, Directores de Departamento Administrativo, Superintendentes, Representantes Legales de organismos y entidades que posean una estructura independiente y autonomía administrativa, la posibilidad de mediante acto de delegación, transferir la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la ley y los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente, con el propósito de dar desarrollo a los principios de la función administrativa enunciados en el artículo 209 de la Constitución Política y en la misma ley.

Que el Decreto 249 de 2004, por el cual se modificó la estructura del Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA, atribuyó en el artículo 4o a la Dirección General la facultad de “1. Dirigir, coordinar, vigilar y controlar la ejecución de las funciones o programas de la entidad y de su personal. 2. Ejercer la representación legal de la entidad (…) 4. Dirigir, coordinar y controlar las funciones administrativas, (…) dictar los actos administrativos, celebrar los contratos necesarios para la gestión administrativa, (…) con miras al cumplimiento de la misión de la entidad, de conformidad con las normas legales vigentes (…)

Que de conformidad con lo dispuesto en artículo 20 de la Ley 119 de 1994 en concordancia con lo establecido con el artículo 24 del Decreto 249 de 2004, los Directores Regionales ejercen funciones de representante legal en la Regional o del Distrito Capital para el cumplimiento de las atribuciones y objetivos misionales dentro de la respectiva jurisdicción territorial, no obstante en caso que requiera el cumplimiento de una función que no está atribuida o delegada para actuar en nombre del Director General del SENA deberán solicitar una delegación especial, como en el caso, para el trámite de registro de diseños industriales y solicitud de patente producto de la cesión de derechos patrimoniales de autor dentro del proyecto Minciencias “Desarrollo y producción rápida de elementos de protección personal para el control de propagación de infección por COVID-19 para el personal médico en el Valle del Cauca”, ejecutado por la Universidad del Valle, el SENA y la empresa Balabs,que no está contemplada como una función atribuida por la normatividad existente.

Que Rubén Jesús Camargo Amado C.C. 91.260.109 Mónica Jimena Basante Romo C.C. 59.653.254 Eliécer De Jesús Jiménez Charris C.C. 3.731.005 Iber James Quiñones Cadena C.C. 16.286.741 Fernando Luna Vera C.C.

80.021.092 Sergio Velarde Gómez C.C. 1.088.300.184 Silvio Javier Sánchez Quiroz C.C. 80.196.448 Diego Felipe Sánchez Gómez C.C. 10.295.721, mediante documento suscrito el 28 de junio de 2021, cedieron a la UNIVERSIDAD DEL VALLE, SENA y BALABS SAS, los derechos corresponden a los derechos relacionados con la titularidad originaria que en nuestra condición de inventores y diseñadores exclusivos ostentamos, titularidad que cedemos en el presente acto. A su vez, mediante la suscripción del presente documento, cedemos todos los derechos de Prioridad, título e interés para la presentación de solicitudes de protección y obtención de derechos de propiedad industrial, incluyendo la obtención de registros de diseño industrial, patentes de invención o patentes de modelo de utilidad sin limitación territorial, al igual que cualquier otro derecho de contenido económico que recaiga sobre las citadas creaciones objeto de cesión de derechos de propiedad industrial. Así mismo, declaramos que somos los inventores y diseñadores exclusivos de las creaciones, razón por la cual, la UNIVERSIDAD DEL VALLE, SENA y BALABS SAS, actúan en el presente acto como cesionarios de buena fe”. El documento de cesión hace parte de la presente Resolución.

Que teniendo en cuenta que la Regional Valle viene participando en procesos de innovación y Tecnología, a través de desarrollo de proyecto Minciencias “Desarrollo y producción rápida de elementos de protección personal para el control de propagación de infección por COVID-19 para el personal médico en el Valle del Cauca”, ejecutado por la Universidad del Valle, el SENA y la empresa Balabs, existen la posibilidad y los recursos para realizar el registro como Diseño Industrial de 3 creaciones que corresponden a dispositivos de protección personal (mascarillas, gafas y visores); lo cual implica gestionar trámite de patente y registro de diseños, conforme a los soportes allegados que harán parte integral de esta Resolución.

Dentro del presupuesto del proyecto está contemplado el pago para el trámite de la solicitud de dichos diseños, y para ello la Universidad (ejecutora del proyecto), contrató a una firma de abogados que adelantará lo conducente, siendo indispensable suscribir el respectivo poder para representar a las 3 entidades que concierne el mencionado trámite.

Que como resultado de la ejecución del proyecto antes mencionado y de la investigación, se obtuvo el Desarrollo y producción rápida de elementos de protección personal para el control de propagación de infección por COVID-19 para el personal médico en el Valle del Cauca, sobre el cual se hace necesario adelantar el “trámite solicitud patente y solicitud de registro de tres diseños industriales ante la Superintendencia de Industria y Comercio”.

Que, de conformidad con lo anterior, como requisito para adelantar la suscripción del poder de representación y demás trámites que se deriven del mismo, se hace necesario la delegación al Director Regional SENA Valle para adelantarlos de manera legítima, el Director General del SENA,

RESUELVE

ARTÍCULO 1. Delegar al Director de la Regional Valle, la función de representar al Director General del SENA en la suscripción del poder especial para realizar los trámites de obtención de patentes y el registro de los diseños industriales, objeto de cesión a favor del SENA ante la Superintendencia de Industria y Comercio” y los demás trámites que se deriven del mismo.

ARTÍCULO 2. Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Secretaria General, a la Dirección Jurídica, al Director Regional Valle y al Director Administrativo y Financiero.

ARTÍCULO 3. Contra esta Resolución no proceden recursos en vía administrativa y queda en firme desde el día siguiente al de la notificación indicada en el artículo anterior; para los efectos del artículo 8 de la Ley 1437 de 2011, publíquese en la página web del SENA.

Dada en Bogotá D.C., a los 13 JUL 2021

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

WILSON JAVIER ROJAS MORENO

Director General (e)

<Para consultar la versión original PDF de este documento dirigirse al siguiente link: https://www.avancejuridico.com/docpdf/sena/R_SENA_1167_2021.pdf>

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"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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