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RESOLUCION 1239 DE 2013

(agosto 16)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERIVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 26 de la Resolución 14 de 2024>

Por la cual se crea el Grupo interno de trabajo "Gestión de Costos" adscrito a la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo de la Dirección General y se dictan disposiciones

Resumen de Notas de Vigencia

EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA,

En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas en el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, el artículo 4o - numerales 4 y 23 del Decreto 249 de 2004 y el articulo 32 del mismo Decreto, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 115 de la Ley 489 de 1998 señala que el representante legal de la entidad podrá crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo y que en el acto de creación de tales grupos se relacionarán las funciones que deberán cumplir y las consiguientes responsabilidades y las demás normas para su funcionamiento.

Que el Decreto 249 de 2004, le atribuyo en el numeral 4 de su artículo 4o al despacho de la Dirección General, la facultad de "dirigir, coordinar y controlar las funciones administrativas.... dictar los actos administrativos,... con miras al cumplimiento de la misión de la entidad, de conformidad con las normas legales vigentes".

Que el numeral 23 del articulo 4o y el artículo 32 del Decreto 249 de 2004 señalan como función de la Dirección General del SENA crear Comités, Grupos Internos de Trabajo permanentes o transitorios y definir su composición, su coordinación y sus funciones;

Que el articulo 10 del Decreto 249 de 2004, señala las funciones de la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo,

Que el Decreto 2489 del 25 de julio de 2006, "Por el cual se establece el sistema de nomenclatura y clasificación de los empleos públicos de las instituciones pertenecientes a la Rama Ejecutiva y demás organismos y entidades públicas del orden nacional y se dictan otras disposiciones" en su articulo 8 establece que: “Grupos Internos de trabajo. Cuando de conformidad con el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, los organismos y entidades a quienes se les aplica el presente Decreto creen grupos internos de trabajo, la integración de los mismos no podrá ser inferior a (4) empleados, destinados a cumplir las funciones que determine el acto de creación, los cuales estarán relacionadas con el área de la cual dependen jerárquicamente."

Que el Decreto 836 del 26 de abril de 2012, “Por el cual se fijan las escalas de asignación básica de los empleos del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) y se dictan otras disposiciones en materia salarial", en el articulo 6o señala que: Los empleados públicos del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), que tengan a su cargo la coordinación o supervisión de grupos Internos de trabajo creados mediante resolución del Director Genera/ del SENA, percibirán mensualmente un veinte por ciento (20%) adicional al valor de la asignación básica mensual del empleo del cual sean titulares, durante el tiempo que ejerzan tales funciones. Dicho valor no constituye factor salarial para ningún efecto legal.// Este reconocimiento se efectuará siempre y cuando al empleado no pertenezca a los niveles directivo o asesor.

Que mediante Resolución No. 01951 del 05 de octubre de 2012, se comisionó al funcionario Alvaro Alberto Castellanos Aya, por el término de un (1) año del Centro de Servicios Financieros a la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo.

Que a través de la Resolución No. 0121 del 03 de febrero de 2012 se reorganizaron y crearon grupos de trabajo en la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo de la Dirección General, estableciendo su conformación y funciones.

Que en mérito de la expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. CREACIÓN. <Resolución derogada por el artículo 26 de la Resolución 14 de 2024> Crear el Grupo interno de Trabajo “Gestión de Costos" adscrito a la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo de la Dirección General del SENA.

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ARTÍCULO SEGUNDO. FUNCIONES. <Resolución derogada por el artículo 26 de la Resolución 14 de 2024> El Grupo Interno de Trabajo 'Gestión de Costos" tendrá las siguientes fundones:

1. Diseñar y estructurar la metodología para implementar e! Sistema Nacional de Costos del SENA; evaluar permanentemente su estabilidad y proponer ¡as actualizaciones que sean necesarias, de conformidad con las políticas y directrices de la Dirección General del SENA,

2. Planear, organizar y dirigir la estructura de costos inherente a los Programas de Formación Profesional y la de cada uno de los programas y proyectos misionales y de valar organizacional que desarrollan las Direcciones y Áreas de la Dirección General, las Direcciones Regionales y los Centros de Formación.

3. Dirigir el diseño y desarrollo det Sistema de información para el registro y procesamiento permanente de los datos establecidos en la estructura del Sistema Nacional de Costos del SENA y su interface con aplicativos institucionales que generan información al sistema.

4. Establecer los procedimientos y recursos necesarios para la recolección y consolidación de infonnación del Sistema Nacional de Costos, en coordinación con la Dirección Administrativa y Financiera de la Dirección Genera!.

5. Coordinar con las Direcciones y Áreas de la Dirección General, las Direcciones Regionales y los Centros de Formación, la estructura y clasificación de costos de las dependencias a su cargo.

6. Garantizar la consistencia de la información procesada en el Sistema de Información y mantener registros actualizados, oportunos y confiables de la información que soporte los costos de todas las dependencias del SENA.

7. Elaborar informes periódicos de costos a nivel de Direcciones y Áreas de la Dirección General, Direcciones Regionales y Centros de Formación, presentando estadísticas y análisis de su comportamiento.

8. Proponer a la Dirección General del SENA sistemas, métodos, procedimientos y acciones orientadas a racionalizar los castos de operación en las distintas dependencias de la entidad.

9. Brindar asesoria y asistencia metodológica y técnica a todas las dependencias de la entidad en el análisis de los informes de costos, orientada a la toma de decisiones por parte de los directivos, tendientes a racionalizar el uso de los recursos a su cargo, alcanzando niveles óptimos de utilización y contribuirá la mejora continua de sus procesos y procedimientos.

10. Establecer el cuadro de mando integral para medir desde las perspectivas, financiera, clientes y procesos, como sistema de control de los resultados en la gestión de costos de las Direcciones y Áreas de la Dirección General, Direcciones Regionales y Centros de Formación, para su seguimiento y control.

11. Coordinar con el Sistema Integrado de Gestión de Calidad, los procesos, procedimientos y actividades a cargo del Grupo de Costos, para garantizar su Inclusión en e| sistema de costos.

12. Estudiar, evaluar y proyectar conceptos técnicos sobre asuntos relacionados con las funciones asignadas al grupo y resolver consultas de carácter técnico y operativo.

13. Responder oportunamente las comunicaciones, peticiones, y demás actuaciones administrativas que le correspondan, así como preparar o enviar ios informes relacionados con las funciones asignadas al grupo de trabajo, a solicitud del Director General, la Dirección de Pianeación y Direccionamiento Corporativo y demás áreas o entidades.

14. Las demás que le sean asignadas por su jefe inmediato y que correspondan con la naturaleza de los procesos a cargo del Grupo.

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ARTÍCULO TERCERO. CONFORMACIÓN. <Resolución derogada por el artículo 26 de la Resolución 14 de 2024> El (la) Director (a) de Planeación y Direccionamiento Corporativo de la Dirección General del SENA, medíante comunicación escrita designará dentro de los tres (3) días hábiles siguientes, [os empleados públicos que. además del Coordinador, conforman eí Grupo Interno de Trabajo "Gestión de Costos".

La designación debe realizarse mediante comunicación escrita, que debe ser remitida con copia al Grupo de Relaciones Laborales, con el fin que se realice la actualización del SIGEP y repose copia en la historia labora!.

Los designados no podrán integrar más de un grupo de trabajo y en el evento que ya se hubiere realizado designación para integrar otro grupo se entenderá derogada en virtud de lo dispuesto en esta Resolución, quedando vigente la más reciente designación.

Los empleados públicos que conformen el Grupo Interno de Trabajo “Gestión de Costos", deben pertenecer a ta planta de personal adscrita a ¡a Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo o ser empleados públicos comisionados a esa área.

La integración del grupo de trabajo, incluyendo al{a la) coordinadora), no podrá ser inferior a cuatro (4) empleados públicos, destinados a cumplir las funciones determinadas en este acto administrativo (articulo 8 Decreto 2489 de 2008). La integración puede modificarse cuantas veces sea necesario, siempre que se cumplan las condiciones dispuestas en este artículo.

El(la) Directer(a) de Planeación y Direccionamiento Corporativo de la Dirección General del SENA, debe velar porque e! Grupo durante su vigencia este integrado como lo dispone el articulo 8 Decreto 2489 de 2008 o las normas que lo modifiquen; en el evento que la cantidad de integrantes sea inferior a 4 empleados públicos, las funciones de coordinación del Grupo Interno de Trabajo "Gestión de Costos”, serán ejercidas directamente por el (Ja) Director (a) de Planeación y Direccionamiento Corporativo de la Dirección General del SENA, quien deberá reportar la situación a los Grupos de Administración de Salarios y Relaciones Laborales de la Secretaria General.

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ARTÍCULO CUARTO. FUNCIONES DEL COORDINADOR DEL GRUPO DE TRABAJO. <Resolución derogada por el artículo 26 de la Resolución 14 de 2024> El (la) Coordinador (a) de! Grupo Interno de Trabajo denominado "Gestión de Costos", de la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo, tendrá las siguientes funciones:

1. Dirigir, controlar y responder por ei cumplimiento de tas funciones o tareas asignadas al Grupo con criterios de eficiencia, eficacia y oportunidad.

2. Asesorar y Asistir a las demás áreas, Regionales y Centros de Formación Profesional en los procesos asignados al Grupo.

3. Atender, organizar y garantizar él envió oportuno de las respuestas a las solicitudes, peticiones y demás actuaciones administrativas que le correspondan, así como responder oportunamente las acciones de tutela y de cumplimiento, incluyendo todas ¡as actuaciones derivadas de las mismas, hacer seguimiento, interponer recursos y en general todas las necesarias para el adecuado trámite de las acciones referidas.

4. Firmar las certificaciones sobre ia información que repose en los documentos a cargo del grupo y demás comunicaciones que correspondan a su calidad de Coordinador, con el fin de lograr el cumplimiento oportuno de tos procesos, procedimientos, tareas y actividades del Grupo.

5. Asignar, orientar, apoyar y controlar la ejecución de tareas, actividades procesos y procedimientos por parte de los servidores públicos que conforman el Grupo.

6. Proponer y velar por el cumplimiento de normas, instrucciones o procedimientos que aseguren la adecuada gestión del grupo.

7. Garantizar y responder por la articulación permanente con los demás grupos de trabajo da la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo y con las otras instancias de la Entidad con las cuales se debe retroalimentar el cumplimiento de las fundones y la misión institucional.

8. Firmar los documentos que se expidan en cumplimiento de las funciones asignadas.

9. Responder por el cumplimiento oportuno de las funciones asignadas al Grupo

10.  Las demás que le sean asignadas por el (la) Director (a) de Planeactón y Direccionamiento Corporativo del SENA y que correspondan a la naturaleza de coordinador de grupo.

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ARTÍCULO QUINTO. <Resolución derogada por el artículo 26 de la Resolución 14 de 2024> Designar al funcionarlo ALVARO ALBERTO CASTELLANOS AYA, quien ocupa actualmente el cargo de Profesional Grado 10, en comisión, en ia Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo del SENA Dirección General, para que ejerza las funciones de coordinación del Grupo de Trabajo “Gestión de Costos”, quien recibirá el pago de ia prima de coordinación a que se refiere el articulo 4 del Decreto 248 de 2004 y el articulo 6 del Decreto 836 del 25 de abril de 2012, durante el tiempo que ejerza esas funciones.

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ARTÍCULO SEXTO. <Resolución derogada por el artículo 26 de la Resolución 14 de 2024> Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Secretarla General, Directores de Área, Jefes de Oficina y Directores regionales de la Entidad, y en especial a los funcionarios designados en esta Resolución para su conocimiento y fines pertinentes.

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ARTÍCULO SEPTIMO. <Resolución derogada por el artículo 26 de la Resolución 14 de 2024> La presente resolución rige a partir de su expedición y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias en los aspectos expresamente regulados en esta Resolución. De conformidad con ei articulo 8o de la Ley 1437 de 2011 publíquese en ia página web del SENA.

COMUNIQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los

GINA MARÍA PARODY D´ECHEONA

Directora General

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"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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