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RESOLUCIÓN 1303 DE 2009
(Mayo 15)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE
Por la cual se delegan unas funciones
EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE, SENA
En uso de sus atribuciones legales y reglamentarias, en especial las que le confiere los artículos 211 de la Constitución Política, el artículo 9 y siguientes de la Ley 489 de 1998 y el numeral 4 del artículo 4 del decreto 249 de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 209 de la Constitución Política establece que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.
De la misma manera el artículo 211 de la Constitución Política, dispone que la ley señalará las funciones que el Presidente de la República podrá delegar en los ministros, directores de departamentos administrativos, representantes legales de entidades descentralizadas, superintendentes, gobernadores, alcaldes y agencias del Estado que la misma ley determine, igualmente fijará las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar en sus subalternos o en otras autoridades; señala el mismo artículo que la delegación exime de responsabilidad al delegante, la cual corresponderá exclusivamente al delegatario, cuyos actos o resoluciones podrán siempre reformar o revocar aquel, reasumiendo la responsabilidad consiguiente.
Que el Decreto 249 del 28 de enero de 2004, por el cual se modificó la estructura del Servicio Nacional de Aprendizaje-SENA, atribuyo en el numeral 1o de su artículo 4o a esta Dirección General la facultad de Dirigir, coordinar, vigilar y controlar la ejecución de las funciones o programas de la entidad y de su personal.
Que el mismo Decreto 249 de 2004, le atribuyo en el numeral 4 de su artículo 4o a este Despacho, la facultad de dirigir, coordinar y controlar las funciones administrativas y dictar los actos administrativos con miras al cumplimiento de la misión de la entidad, de conformidad con las normas legales vigentes.
Que la Ley 489 de 1998 en su artículo 9o, al referirse a la figura de la delegación, le concede a los Ministros, Directores de Departamento Administrativo, Superintendentes, Representantes Legales de organismos y entidades que posean una estructura independiente y autonomía administrativa, la posibilidad de mediante acto de delegación, transferir la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la ley y los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente, con el propósito de dar desarrollo a los principios de la función administrativa enunciados en el artículo 209 de la Constitución Política y en la misma ley.
Que mediante la resolución No. 03538 del 12 de diciembre de 2008, se delegaron funciones relacionadas con el estudio, liquidación, aprobación y ordenación del gasto de comisiones de servicios.
Que mediante la Resolución No. 00651 del 09 de marzo de 2009, se delegó a la Dra. María Isabel Carrascal, Asesora del Despacho, las funciones relacionadas con el estudio, liquidación, aprobación y ordenación del gasto de las comisiones de servicio de los servidores públicos que conforman el Grupo Integrado de Emprendimiento, Empresarismo y Emprender adscrito a la Dirección de Formación Profesional, así como del estudio, liquidación, aprobación y ordenación del gasto de transporte, alojamiento y alimentación de los contratistas que tengan relación con los asuntos y actividades del mencionado Grupo.
Que en el Artículo 2o de la misma Resolución No. 00651 del 09 de marzo de 2009, se delegó a la Dra. María Isabel Carrascal, Asesora del Despacho, las funciones relacionadas con el estudio, liquidación, aprobación y ordenación del gasto de las comisiones de servicio del Secretario general de la entidad.
Que con el fin de optimizar y dar mayor agilidad a los trámites de estudio y aprobación de las comisiones de servicio, es necesario modificar las mencionadas delegaciones.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Delegar en la Directora de Formación Profesional del SENA, las siguientes funciones:
a) Adelantar el trámite de estudio, liquidación, aprobación y ordenación del gasto de las comisiones de servicio de los servidores públicos que conforman el Grupo Integrado de Emprendimiento, Empresarismo y Fondo Emprender, adscrito a la Dirección de Formación Profesional.
b) Adelantar el trámite de estudio, liquidación, aprobación y ordenación del gasto de transporte, alojamiento y alimentación de los contratistas que por su objeto tengan relación con los asuntos y actividades del Grupo Integrado de Emprendimiento, Empresarismo y Fondo Emprender, adscrito a la Dirección de Formación Profesional, y que para el cumplimiento y alcance de los resultados para los cuales fueron contratados, requieran desplazarse fuera de de <sic> la ciudad donde prestan sus servicios, dentro del territorio nacional, siempre y cuando se encuentra pactado en el respectivo contrato. Las autorizaciones de gasto podrán ser financiadas con cargo a recursos de convenios celebrados por el SENA o con cargo al presupuesto de la entidad.
ARTÍCULO 2o. Modificar el Artículo Tercero de la Resolución No. 03538 del 12 de diciembre de 2008, el cual queda así:
“Delegar en la Dra. Maña Isabel Carrascal Enríquez, Asesora del Despacho de la Dirección General, la función de adelantar el trámite de estudio, liquidación, aprobación y ordenación del gasto de las comisiones de servicio del Secretario (a) General de la Dirección General del SENA; en su ausencia, esta delegación será ejercida por la Dra. Samira Fadul Solano, Asesora del mismo Despacho.”
ARTÍCULO 3o. Comunicar el contenido de la presente resolución a la Secretaría General, a la Dirección de Formación Profesional, y a la Dra. Samira Fadul Lozano, Asesora del Despacho.
ARTÍCULO 4o. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga en su integridad la Resolución No. 00651 del 09 de marzo de 2009.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, a los
DARÍO MONTOYA MEJÍA
Director General