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RESOLUCION 1322 DE 2019

(julio 25)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERIVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

“Por la cual se efectúa una delegación especial para el trámite de cesión de derechos patrimoniales de autor”

EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA

En uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas por el artículo 211 de la Constitución Política, los artículos 9 y siguientes de la Ley 489 de 1998, los numerales 2, 4, 23 del artículo 4 del Decreto 249 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 209 de la Constitución Política establece que la función administrativa está al servicio de los Intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.

Que el artículo 211 de la Constitución Política dispone que la ley señalará las funciones que el Presidente de la República podrá delegar en los Ministros, Directores de Departamentos Administrativos, Representantes Legales de Entidades descentralizadas, Superintendentes, Gobernadores, Alcaldes y Agencias del Estado que la misma ley determine. Igualmente, fijará las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar en sus subalternos o en otras autoridades. Señala el mismo artículo que la delegación exime de responsabilidad al delegante, la cual corresponderá exclusivamente al delegatario, cuyos actos o resoluciones podrá siempre reformar o revocar aquel, reasumiendo la responsabilidad consiguiente.

Que la Ley 489 de 1998 en su artículo 9, al referirse a la figura de la delegación, le concede a los Ministros, Directores de Departamento Administrativo, Superintendentes, Representantes Legales de organismos y entidades que posean una estructura independiente y autonomía administrativa, la posibilidad de mediante acto de delegación, transferir la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la ley y los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente, con el propósito de dar desarrollo a los principios de la función administrativa enunciados en el artículo 209 de la Constitución Política y en la misma ley.

Que el Decreto 249 de 2004, por el cual se modificó la estructura del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, atribuyó en el artículo 4 a la Dirección General la facultad de “1. Dirigir, coordinar, vigilar y controlar ia ejecución de las funciones o programas de la entidad y de su personal. 2. Ejercer la representación legal de la entidad (...) 4. Dirigir, coordinar y controlar las funciones administrativas, (...) dictar los actos administrativos, celebrar los contratos necesarios para la gestión administrativa, (...) con miras al cumplimiento de la misión de la entidad, de conformidad con las normas legales vigentes (...)

Que de conformidad con lo dispuesto en artículo 20 de la Ley 119 de 1994 en concordancia con lo establecido con el artículo 23 del Decreto 249 de 2004, los Directores Regionales son representante del Director General para el cumplimiento de las atribuciones y objetivos misionales dentro de la respectiva jurisdicción territorial, no obstante en caso que requiera el cumplimiento de una función que no está atribuida o delegada para actuar en nombre del Director General deberán solicitar una delegación especial, como en el caso del trámite de cesión de derechos patrimoniales de autor que no está contemplada como una función atribuida por la normatlvidad existente.

Que teniendo en cuenta que la Regional Tolima viene participando de procesos de innovación y tecnología, a través del desarrollo de proyectos financiados con recursos de regalías de los cuales se derivan o se derivarán derechos de autor, el SENA Regional Tolima - Centro de Comercio y Servicios, participó con apoyo de la Universidad de Ibagué y la Universidad del Tolima en la convocatoria para la ejecución del proyecto denominado “Diseño e implementación de un modelo logístico como base para la integración de valor de la cadena hortofrutícola del Tolima", proyecto viabilizado mediante Acuerdo No. 005 de 19 de julio de 2013 del Órgano Colegiado de Administración y Decisión - OCAD, Fondo de Ciencia, Tecnología e Innovación (Ctel).

Que en virtud de lo anterior fueron celebrados el Convenio No. 1032 de 8 de noviembre de 2013, entre la Gobernación del Tolima y la Universidad de Ibagué, y el Convenio 002 de 11 de septiembre de 2014 entre la Universidad de Ibagué y el SENA Regional Tolima, contemplando este último en su cláusula Vigésima Quinta Propiedad Intelectual así: "Los derechos de propiedad intelectual en cabeza de cada una de las partes, existentes a la fecha de firma del presente Convenio o antes, y aquellos que no surjan.con ocasión del mismo o como resultado del cumplimiento de los compromisos en él pactados, continuarán perteneciendo a sus respectivos titulares. Cualquier resultado que surja con ocasión de este Convenio, sea o no protegible por derechos de propiedad intelectual, pertenecerá conjuntamente a las partes. ''

Que como resultado de la ejecución de los Convenios antes mencionados y del proyecto de investigación, se obtuvo la obra literaria con título “Logística para la integración de valor en el sector hortofrutícola del Tolima”, sobre el cual se hace necesario adelantar el trámite de cesión de derechos patrimoniales de autor, con el fin de que los autores del mismo procedan a su publicación y difusión en diferentes instituciones académicas, condición requerida por los repositorios institucionales, precisando que la obra literaria en mención no será objeto de venta.

Que como requisito para la suscripción del acuerdo de cesión de derechos patrimoniales de autor de la obra literaria “Logística para la integración de valor en el sector hortofrutfcolá del Tolima'', y los trámites que se deriven del mismo, se hace necesario la delegación al Director Regional SENA Tolima para adelantar dicho proceso.

En mérito-de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Delegar en el Director de la Regional Tolima la función de representar al Director General del SENA en la suscripción del Acuerdo de cesión de Derechos Patrimoniales de Autor de la obra literaria con título “Logística para la integración de valoren el sector hortofrutícola del Tolima" y los demás trámites que se deriven del mismo.

ARTÍCULO 2o. Comunicar la presente Resolución al Director del SENA Regional Tolima y al Director Administrativo y Financiero de la Dirección General del SENA

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ARTÍCULO 3o. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Para los efectos de lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 1437 de 2011, publíquese en la página web del SENA

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los

CARLOS MARIO ESTRADA MOLINA

Director General

<Para consultar la versión original PDF de este documento dirigirse al siguiente link:

https://www.avancejuridico.com/docpdf/sena/RESOLUCION_SENA_1322_2019.pdf>

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"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
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Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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