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RESOLUCION 1323 DE 2019

(julio 25)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERIVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

“Por la cual se efectúa una delegación especial para la suscripción de un acuerdo de propiedad intelectual y de confidencialidad, para el trámite de registro de patentes, registros industríales, registro de marcas y registro y cesión de derechos de autor”

EL GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA

En uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas por el artículo 211 de la Constitución Política, los artículos 9 y siguientes de la Ley 489 de 1998, los numerales 2, 4 y 23 del artículo 4 del Decreto 249 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 209 de la Constitución Política establece que la función administrativa está al servicio de los Intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.

Que el artículo 211 de la Constitución Política, dispone que la ley señalará las funciones que el Presidente de la República podrá delegar en los Ministros, Directores de Departamentos Administrativos, Representantes Legales de Entidades descentralizadas, Superintendentes, Gobernadores, Alcaldes y Agencias,del Estado que la misma ley determine. Igualmente, fijará las condiciones para que las autoridades;adm¡nistrativas puedan delegar en sus subalternos o en otras autoridades; señala el mismo artículo que la delegación exime de responsabilidad al delegante, la cual corresponderá exclusivamente al delegatario, cuyos actos o resoluciones podrá siempre reformar o revocar aquel, reasumiendo la responsabilidad, consiguiente.

Que la Ley 489 de 1998 en su artículo 9, al referirse a la figura de la delegación, le concede a los Ministros, Directores de Departamento Administrativo, Superintendentes, Representantes Legales de organismos, y entidades que posean una estructura independiente y autonomía administrativa, la posibilidad,.de mediante acto de delegación, transferir la atención y decisión de los asuntos a ellos confladds.ppr fa Iqy y los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesoriyinculados al organismo correspondiente, con el propósito de dar desarrollo a los principios de la función' administrativa enunciados en el artículo 209 de la Constitución Política y en la misma ley.

Que el Decreto 249 de 2004, por el cual se modificó la estructura del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, atribuyó en el artículo 4 a la Dirección General la facultad de “1. Dirigir, coordinar, vigilar y controlar la ejecución de las funciones o programas de la entidad y de su personal. 2. Ejercer la representación legal de la entidad (...) 4. Dirigir, coordinar y controlar las funciones administrativas, (...) dictar ¡os actos administrativos, celebrar los contratos necesarios para la gestión administrativa, (...) con miras al cumplimiento de la misión de la entidad, de conformidad con las normas legales vigentes (...)

Que de conformidad con lo dispuesto en artículo 20 de la Ley 119 de 1994 en concordancia con lo establecido con el artículo 23 del Decreto 249 de 2004, los Directores Regionales son representante del Director General para el cumplimiento de las atribuciones y objetivos misionales dentro de la respectiva jurisdicción territorial, no obstante en caso que requiera el cumplimiento de una función que no está atribuida^ delegada para actuar en nombre del Director General deberán solicitar una delegación especial, como en el caso del trámite de registro de patentes, registros industriales, registro de marcas y derechos de autor, así como la suscripción de un acuerdo de propiedad intelectual y de confidencialidad, que no están contempladas como una función atribuida por la normatividad existente.

Que conforme a las disposiciones que reglamentan las actividades de Ciencia, Tecnología e Innovación, se suscribió entre el Departamento del Tolima y la Universidad del Tolima, el Convenio Específico de Cooperación No. 2077 del 08 de noviembre de 2017, cuyo objeto es “Aunar esfuerzos en ciencia, tecnología e innovación y financieros entre el Departamento del Tolima a través dé la Secretaria de Planeación y TlC y la Secretaria de Desarrollo Agropecuario y Producción Alimentaria con la Universidad del Tolima para "DESARROLLO DE VENTAJAS COMPETITIVAS MEDIANTE ACTIVIDADES l+D+i EN OCHO CADENAS DEL SECTOR AGROPECUARIO EN EL DEPARTAMENTO DEL-TOLIMA", én los cuales se identificaron ocho cadenas productivas, que son: Algodón, Cárnica-Boviná, Aguacate, Cítricos, Cacao, Forestal (maderables - Caucho), Café y Arroz.

Que dicho proyecto se aprobó en OCAD del Fondo de Ciencia, Tecnología e Innovación del Sistema General de Regalías mediante Acuerdo 001 del 20 de diciembre de 2012, donde se le asignaron recursos de financiación, los cuales son ejecutados por el Departamento del Tolima y operados pór la Universidad del Tolima.

Que para cumplir con las actividades establecidas en el Convenio de Cooperación No. 2077 del 08 dé noviembre de 2017, la Universidad del Tolima realizó la convocatoria para cofinanciar el desarrollo de actividades de l+D+i en las cadenas priorizadas del Departamento del Tolima. En dicha convocatoria fue elegida como la mejor propuesta para la cadena productiva de AGUACATE la presentada por la UNIVERSIDAD DE IBAGUÉ como entidad ejecutora, el SENA como entidad co-ejecutórá; a través del SENA TOLIMA - CENTRO COMERCIO y CENTRO LA GRANJA y la ASOCIACIÓN PALTOLIMA y TICMAKERS S.A.S. como entidades beneficiarías, de acuerdo con la propuesta inicial de proyecto de investigación “Transferencia tecnológica para la optimización operacionalde la Agrocadena del aguacate Hass en el Tolima como apoyo a su proceso de internacionalización”.

Que en virtud de lo anterior fue celebrado el Convenio No. 46 de 9 de abril de 2019, Convenio Especial de Cooperación de Ciencia, Tecnología e Innovación entre la UNIVERSIDAD DEL TOLIMA, la UNIVERSIDAD DE IBAGUÉ y el SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA REGIONAL TOLIMA como Entidades COOPERANTES, para ejecutar actividades del proyecto “Desarrollo de Ventajas Competitivas mediante actividades de l+D+i en ocho cadenas del sector agropecuario del Departamento del Tolima a través del sub-proyecto “Transferencia tecnológica para la optimización operacional de la agrocadena del aguacate Hass en el Tolima como apoyo a su proceso de internacionalización".

Que en la cláusula décima novena del Convenio No. 46 de 9 de abril de 2019 se suscribe acuerdo de PROPIEDAD INTELECTUAL indicando: “Entre las partes y beneficiario se suscribe acuerdo de propiedad intelectual que hace parte integral del convenio, en el cual se define la titularidad de derechos de autor, los derechos patrimoniales y morales de las partes y las autorizaciones de uso de los productos del proyecto “Transferencia tecnológica para la optimización operacional de la Agrocadena del aguacate Hass en el Tolima como apoyo a su proceso de internacionalización”. Por parte de la entidad Coejecutora - SENA, se suscribirá el acuerdo una vez se cuente con la delegación y/o aval respectivo otorgado por el Director General de la entidad, de acuerdo a las funciones establecidas en el Decreto 249 de 2004”.

Que como requisito para la suscripción del acuerdo de propiedad Intelectual y de confidencialidad del Convenio No. 46 de 9 de abril de 2019, así como, para adelantar todos los trámites tendientes al registro de patentes, registros Industriales, registro de marcas y registro y cesión de derechos de autor, de los productos resultado del proyecto de Investigación denominado “Transferencia tecnológica para la optimización operacional de la Agrocadena del aguacate Hass en el Tolima como apoyo a su proceso de internacionalización", se hace necesario la delegación al Director del SENA Regional Tolima para adelantar dichos procesos.

RESUELVE

ARTÍCULO 1o. Delegar en el Director de la Regional Tolima la función de representar al Director General del SENA en la suscripción del acuerdo de propiedad intelectual y de confidencialidad del Convenio No. 46 de 9 de abril de 2019, así como, para adelantar todos los trámites tendientes al registro de patentes, registros industriales, registro de marcas y registro y cesión de derechos de autor, de los productos resultado del proyecto de investigación denominado "Transferencia tecnológica para la optimización operacional de la Agrocadena del aguacate Hass en el Tolima como apoyo a su proceso de internacionalización"

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ARTÍCULO 2o. Comunicar la presente Resolución al Director del SENA Regional Tolima y al Director Administrativo y Financiero de la Dirección General del SENA.

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ARTÍCULO 3o. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Para efector de lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 1437 de 2011, publíquese en la página web del SENA.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los

CARLOS MARIO ESTRADA MOLINA

Director General

<Para consultar la versión original PDF de este documento dirigirse al siguiente link:

https://www.avancejuridico.com/docpdf/sena/RESOLUCION_SENA_1323_2019.pdf>

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"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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