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RESOLUCION 1335 DE 2000

(diciembre 7)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

<NOTA DE VIGENCIA : Resolución derogada por el artículo 7 de la Resolución 2243 de 2004>

Por la cual se asignan unas funciones a los cargos de Jefes de Centro, de Áreas de Desarrollo Empresarial y otros funcionarios

Resumen de Notas de Vigencia

EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE, SENA,

en uso de sus atribuciones legales conferidas en la Ley 119 de 1994, artículo 13, numeral 5, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 93 del Decreto 1120 del 25 de junio de 1996, por el cual el Presidente de la República aprobó el Acuerdo 006 por el cual se modifican los estatutos, se adopta la estructura interna del Sena y se determinan las funciones de sus dependencias, faculta al Director General del SENA para asignar fundones a cargos específicos.

Que es política del SENA impulsar la sistematización y descentralización de los procesos académicos en los Centros de Formación Profesional y Áreas de Desarrollo Empresarial para mejorar su eficiencia y oportunidad.

Que con la implantación del Sistema de Información para la Gestión Académica de los Centros de Formación, los Centros y Áreas de Desarrollo Empresarial disponen de las herramientas necesarias para adelantar el proceso de Registro y Certificación de los Alumnos.

RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO. <Resolución derogada por el artículo 7 de la Resolución 2243 de 2004> Asignar a los Jefes de Centro de Formación Profesional y Jefes de Áreas de Desarrollo Empresarial del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, la función de expedir los certificados de Aprobación correspondientes a Salidas Plenas, Parciales, Cursos Especiales y Actas de Grado, correspondientes a los cursos que imparta el respectivo Centro o Área de Desarrollo Empresarial.

Notas de Vigencia

ARTICULO SEGUNDO. <Resolución derogada por el artículo 7 de la Resolución 2243 de 2004> Asignar en los funcionarios que desempeñen labores de Coordinación Académica en los Centros de Formación Profesional y Áreas de Desarrollo Empresarial, la expedición de Certificados de Participación y Constancias en General.

PARAGRAFO 1: En caso de que en el Centro de Formación o Área de Desarrollo Empresarial exista más de un funcionario que desempeñe labores de Coordinación Académica, el Jefe del Centro o Área de Desarrollo Empresarial designará al funcionario responsable de expedir los documentos de que trata el presente Artículo.

PARAGRAFO 2: Los Jefes de Centro de Formación Profesional y Áreas de Desarrollo Empresarial, así como el funcionario asignado para la expedición de los Certificados de Participación y Constancias en General, deberán registrar sus firmas en una notaría de la localidad sede del Centro.

Notas de Vigencia

ARTICULO TERCERO. <Resolución derogada por el artículo 7 de la Resolución 2243 de 2004> Los funcionarios a quienes se asignan funciones en esta Resolución, se regirán por lo dispuesto en el Manual del Manejo del Módulo de Certificación de Cursos de Sistemas de Información de Gestión Académica de Centros y por las directrices que al respecto se impartan desde la Dirección General

Notas de Vigencia

ARTICULO CUARTO. <Resolución derogada por el artículo 7 de la Resolución 2243 de 2004> La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Notas de Vigencia

COMUNIQUESE Y CUMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los 7 DIC

CARLOS ORTIZ FERNANDEZ

Director General

<Para consultar la versión original PDF de este documento dirigirse al siguiente link: https://www.avancejuridico.com/docpdf/sena/RESOLUCION_SENA_1335_2000.pdf>

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"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
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Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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