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RESOLUCIÓN 1365 DE 2013

(septiembre 4)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 26 de la Resolución 14 de 2024>

Por la cual se modifica la Resolución 0121 de 2012

Resumen de Notas de Vigencia

LA DIRECTORA GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA,

En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas en el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, el artículo 4o - numerales 4 y 23 del Decreto 249 de 2004 y el artículo 32 del mismo Decreto, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 115 de la Ley 489 de 1998 señala que el representante legal de la entidad podrá crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo y que en el acto de creación de tales grupos se relacionarán las funciones que deberán cumplir y las consiguientes responsabilidades y las demás normas para su funcionamiento.

Que el Decreto 249 de 2004, le atribuyo en el numeral 4 de su artículo 4o al despacho de la Dirección General, la facultad de “dirigir, coordinar y controlar las funciones administrativas.... dictar los actos administrativos,... con miras al cumplimiento de la misión de la entidad, de conformidad con las normas legales vigentes".

Que el numeral 23 del artículo 4o y el artículo 32 del Decreto 249 de 2004 señalan como función de la Dirección General del SENA crear Comités, Grupos Internos de Trabajo permanentes o transitorios y definir su composición, su coordinación y sus funciones;

Que el artículo 10 del Decreto 249 de 2004, señala las funciones de la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo.

Que el Decreto 2489 del 25 de julio de 2006, “Por el cual se establece el sistema de nomenclatura y clasificación de los empleos públicos de las instituciones pertenecientes a la Rama Ejecutiva y demás organismos y entidades públicas del orden nacional y se, dictan otras disposiciones", en su artículo 8 establece que: "Grupos Internos de trabajo. Cuando de conformidad con el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, los organismos y entidades a quienes se les aplica el presente Decreto creen grupos internos de trabajo, la integración de los mismos no podrá ser inferior a (4) empleados, destinados a cumplir las funciones que determine el acto de creación, los cuales estarán relacionadas con el área de la cual dependen jerárquicamente."

Que el Decreto 1011 del 21 de mayo de 2013, “Por el cual se fijan las escalas de asignación básica de los empleos del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) y se dictan otras disposiciones en materia salarial”, en el artículo 6o señala que: Los empleados públicos del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), que tengan a su cargo la coordinación o supervisión de grupos internos de trabajo creados mediante resolución del Director General del SENA, percibirán mensualmente un veinte por ciento (20%) adicional al valor de la asignación básica mensual del empleo del cual sean titulares, durante el tiempo que ejerzan tales funciones. Dicho valor no constituye factor salarial para ningún efecto legal. // Este reconocimiento se efectuará siempre y cuando el empleado no pertenezca a los niveles directivo o asesor.

Que a través de la Resolución No. 0121 del 03 de febrero de 2012 se reorganizaron y crearon grupos de trabajo en la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo de la Dirección General, entre ellos el grupo denominado "Grupo de Planeación Estratégica e Inteligencia Organizacional', se estableció su conformación y funciones.

Que a través de la Resolución 1075 del 2012 “Por la cual se asigna las funciones de coordinación de un grupo interno de trabajo", se dio por terminada las funciones de coordinadora de Grupo de Planeación Estratégica e Inteligencia Organizacional a la funcionaria Laura Belsey Buitrago Díaz, y se designó al funcionario Oscar Yesid Castro Mendoza, como nuevo coordinador del Grupo de Planeación Estratégica e Inteligencia Organizacional.

Que debido al constante movimiento de la planta global de personal y el diario devenir administrativo se hace necesario modificar la reorganización del Grupo de Planeación Estratégica e Inteligencia Organizacional.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTICULO 1o. <Resolución derogada por el artículo 26 de la Resolución 14 de 2024> Modificar el artículo 1 de la Resolución 0121 de 2012, el cual quedará así:

Artículo 1o Crear el Grupo interno de Trabajo Permanente denominado “Grupo de Planeación Estratégica e inteligencia Organizacional", Adscrito a la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo.

El (la) Director (a) de Planeación y Direccionamiento Colorativo de la Dirección General del SENA, designará dentro de los tres (3) días hábiles siguientes, los empleados públicos diferentes del Coordinador; que conformaran el Grupo Interno de Trabajo denominado “Grupo de Planeación Estratégica e inteligencia Organizacional”

La designación debe realizarse mediante comunicación escrita a los empleados públicos que conformaran el Grupo Interno de Trabajo “Grupo de Planeación Estratégica e inteligencia Organizacional" a quienes se les remitirá copia de la Resolución 0121 de 2012 y de la presente resolución para conocimiento de la asignación de funciones.

Esta comunicación escrita debe ser remitida con copia al Grupo de Relaciones Laborales, con el fin que se realice la actualización del SIGEP y repose copia en la historia laboral.

Los designados no podrán integrar más de un grupo de trabajo y en el evento que ya se hubiere realizado designación para integrar otro grupo se entenderá derogada en virtud de lo dispuesto en esta Resolución, quedando vigente la más reciente designación.

Los empleados públicos que conformen el Grupo Inferno de Trabajo “Grupo de Planeación Estratégica e inteligencia Organizacional” deben pertenecer a la planta de personal adscrita a la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo o ser empleados públicos comisionados a esa área.

La integración del grupo de trabajo, incluyendo al (a la) coordinador(a), no podrá ser inferior a cuatro (4) empleados públicos, destinados a cumplir las funciones determinadas en este acto administrativo (artículo 8 Decreto 2489 de 2006). La integración puede modificarse cuantas veces sea necesario, siempre que se cumplan las condiciones dispuestas en este artículo.

El(la) Director(a) de la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo de la Dirección General del SENA, debe velar porque el Grupo durante su vigencia este integrado como lo dispone el artículo 8 Decreto 2489 de 2006 o las normas que lo modifiquen; en el evento que la cantidad de integrantes sea inferior a 4 empleados públicos, las funciones de coordinación del Grupo Interno de Trabajo denominado "Grupo de Planeación Estratégica e inteligencia Organizacional” serán ejercidas directamente por el (la) Director (a) de Planeación y Direccionamiento Corporativo de la Dirección General del SENA, quien deberá reportar la situación a los Grupos de Administración de Salarios y Relaciones Laborales de la Secretaría General.”

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ARTICULO 2o. <Resolución derogada por el artículo 26 de la Resolución 14 de 2024> La Coordinación del Grupo de trabajo denominado "Grupo de Planeación Estratégica e inteligencia Organizacional”, seguirá a cargo del funcionario Oscar Yesid Castro Mendoza, profesional grado 013 de la Dirección de planeación y Direccionamiento Corporativo quien recibirá mientras ejerza esta función el reconocimiento económico por coordinación establecido en el artículo 6 de Decreto 1011 de 2013 y demás disposiciones vigentes que regulen la materia.

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ARTICULO 3o. <Resolución derogada por el artículo 26 de la Resolución 14 de 2024> El Coordinador del Grupo de Trabajo denominado “Grupo de Planeación Estratégica e inteligencia Organizacional” deberá cumplir con las funciones señaladas en el artículo 9 de la Resolución 0121 de 2012.

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ARTICULO 4o. <Resolución derogada por el artículo 26 de la Resolución 14 de 2024> Comunicar la presente Resolución a la Secretaria General, Directores de Área, Jefes de Oficina y Directores Regionales de la Entidad, Subdirectores de Centro y al funcionario Oscar Yesid Castro Mendoza.

ARTICULO 5o. <Resolución derogada por el artículo 26 de la Resolución 14 de 2024> La presente Resolución rige a partir de la fecha de expedición, modifica el artículo 1 de la Resolución 0121 de 2012 y deroga las demás disposiciones que le sean contrarias; para los efectos del artículo 8o de la Ley 1437 de 2011, publíquese en la página web del SENA.

COMUNIQUESE Y CUMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los 4 SEP 2013

GINA MARIA PARODY D'ECHEONA

Directora General

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"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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