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RESOLUCIÓN 1440 DE 2022
(agosto 5)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA
Por la cual se efectúa una delegación especial para el trámite de Registro de Marca ante la Superintendencia de Industria y Comercio
EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA.
En uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas por el artículo 211 de la Constitución Política, los artículos 9 y siguientes de La Ley 489 de 1998, los numerales 2 y 4 del artículo 4 del Decreto 249 de 2004, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 209 de la Constitución Política establece que: “La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. (...) “
Que el artículo 211 de la Constitución Política, dispone que: “La ley señalará las funciones que el Presidente de la República podrá delegar en los ministros, directores de departamentos administrativos, representantes legales de entidades descentralizadas, superintendentes, gobernadores, alcaldes y agencias del Estado que la misma ley determine. Igualmente, fijará las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar en sus subalternos o en otras autoridades. La delegación exime de responsabilidad al delegante, la cual corresponderá exclusivamente al delegatario, cuyos actos o resoluciones podrá siempre reformar o revocar aquel, reasumiendo la responsabilidad consiguiente. (...)”.
Que el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, al referirse a la figura de la delegación, señala:
“Delegación. Las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la presente ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias. Sin perjuicio de las delegaciones previstas en leyes orgánicas, en todo caso, los ministros, directores de departamento administrativo, superintendentes, representantes legales de organismos y entidades que posean una estructura independiente y autonomía administrativa podrán delegar la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la ley y los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente, con el propósito de dar desarrollo a los principios de la función administrativa enunciados en el artículo 209 de la Constitución Política y en la presente ley.”.
Que el Decreto 249 de 2004, por el cual se modifica la estructura del SENA, atribuyo en el artículo 4 al despacho de la Dirección General, la facultad de "2. Ejercer la representación legal de la entidad. (...)”.
Que el numeral 4 del mismo artículo del Decreto 249 de 2004, le atribuyo al Despacho del Director General, la facultad de dirigir, coordinar y controlar las funciones administrativas y dictar los actos administrativos con miras al cumplimiento de la misión de la entidad, de conformidad con las normas legales vigentes.
Que de conformidad con lo establecido por el artículo 24 del Decreto 249 de 2004, relacionado con funciones de los Directores Regionales no se tiene contemplada dicha función, siendo necesaria el otorgamiento de la delegación.
Que mediante radicado 66-9-2022-006094 del 26 de julio, la Subdirectora del Centro Atención Sector Agropecuario de la Regional Risaralda, una vez surtido el proceso ante la Coordinación Nacional SENNOVA, de manera atenta solicita la delegación especial para el trámite de registro de marca “Risaralda Me Encanta”, ante la Superintendencia de Industria y Comercio.
Que, como requisito para realizar el registro, se hace necesario la delegación en Centro Atención Sector Agropecuario de la Regional Risaralda del SENA, para adelantar dicho proceso.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. Delegar en la subdirectora del Centro Atención Sector Agropecuario de la Regional Risaralda del SENA, la función de representar al Director General del SENA, en los trámites, entre ellos la de otorgar poder especial a un abogado, para el registro de la Marca “Risaralda Me Encanta” a favor del SENA, hasta su culminación, ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC)
ARTÍCULO 2o. La presente delegación quedará sin efectos una vez se haya surtido el trámite, en su totalidad ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), previa comunicación del delegado a la Dirección General.
ARTÍCULO 3o. Comuníquese la presente Resolución al Director Regional (e) Oscar Alberto Sánchez López y a la Dirección Administrativa y Financiera de la Dirección General.
ARTÍCULO 4o. La presente Resolución rige a partir de su fecha de expedición. Para efectos de lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 1437 de 2011, publíquese en la página web del SENA.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los 05 AGO 2022
CARLOS MARIO ESTRADA MOLINA
Director General