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RESOLUCIÓN 1612 DE 2006

(agosto 2)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 18 de la Resolución  2734 de 2009>

Por la cual se crea en forma permanente el Grupo Interno de
trabajo denominado “Grupo Integrado de Emprendimiento,
Empresarismo y Fondo Emprender” y se deroga la Resolución
1962 de 2005

Resumen de Notas de Vigencia

EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE

APRENDIZAJE SENA,

En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las contenidas en el numeral 23 del Artículo 4 y el Artículo 32 deI Decreto 249 de 2004, y

CONSIDERANDO

Que mediante Decreto 249 del 28 de enero de 2004 se modificó la Estructura del SENA y se reorganizan las funciones de sus dependencias.

Que mediante Decreto 250 de 2004, se modificó la planta de personal de la entidad.

Que el Artículo 115 de la Ley 489 de 1998 determinó que: “El Gobierno Nacional aprobará las plantas de personal de los organismos y entidades de que trata la presente ley de manera global.' En todo caso el director del organismo distribuirá los cargos de- acuerdo con la estructura, las necesidades de la organización y' sus planes y programas. // Con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas del organismo o entidad, su representante legal podrá crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo. // En el acto de creación de tales grupos se determinarán las tareas que deberán cumplir y las consiguientes responsabilidades y las demás normas necesarias para su funcionamiento.”

Que el Congreso de la República expidió la Ley 789 de 2002, por la cual se dictan normas para apoyar el empleo y ampliar la protección social y se modifican algunos artículos del Código Sustantivo de Trabajo.

Que el Decreto 934 de 2003, el cual reglamenta el funcionamiento del Fondo Emprender (F.E) en su artículo 4 determinó que “El F.E. contará con una dirección ejecutiva a cargo del Director General del Servicio Nacional de Aprendizaje o su delegado, quien velará por el adecuado cumplimiento o desarrollo de su objeto”.

Que el numeral 23 deI artículo 4 del Decreto 249 de 2004, determina como función del Director General del SENA: “Crear Comités, Grupos. Internos de Trabajo permanentes o transitorios y definir su composición, su coordinación y funciones.”

Que mediante Resolución 1826 del 9 de agosto de 2004. se creó el Grupo Interno de Trabajo Permanente del Fondo Emprender en la Dirección de Promoción y Relaciones Corporativas.

Que mediante Resolución 2570 del 1 de diciembre de 2004 se integra el Grupo Interno de Trabajo Permanente y Fondo Emprender de la Dirección de Promoción Relaciones Corporativas.

Que mediante Resolución 1525 del 6 de julio de 2004 se creó el Grupo de Emprendimiento y Empresarismo en la Dirección de Formación Profesional.

Que el Artículo 4 del Decreto 248 de 2004, determinó que: “Los empleados públicos del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, en donde no exista el empleo de Jefe de División, que tengan a su cargo la coordinación o supervisión de grupos internos de trabajo, creados mediante resolución del Director General del SENA, percibirán mensualmente un veinte por ciento (20%) adicional al valor de la asignación básica mensual del empleo del cual sean titulares, durante el tiempo en que ejerzan tales funciones. Dicho valor no constituye factor salarial para ningún efecto legal.”

Que conforme al Artículo 11 del Decreto 249 de 2004, son funciones de la Dirección Formación Profesional:

11. Dirigir, coordinar, controlar y evaluar la ejecución de programas de formación y asesoría para el emprendimiento y el empresarismo, con énfasis en los dirigidos a los aprendices del SENA e impulsar la conformación y fortalecimiento de incubadoras de empresas en el país y la gestión empresarial.

12. Coordinar con las Direcciones Regionales, la Dirección del Distrito Capital y las Subdirecciones de los Centros de Formación, la capacitación y asesoría para el desarrollo empresarial a realizarse desde los Centros de Formación, de acuerdo con los lineamientos del Gobierno Nacional y las políticas institucionales sobre la materia.

16. Coordinar con la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo, la obtención y análisis de información relacionada con la dinámica sectorial, los programas de formación profesional, los programas de innovación y desarrollo tecnológico y los de asesoría empresarial. 18. Dirigir y coordinar el desarrollo de actividades de promoción, administración y seguimiento a la ejecución de las estrategias, programas y proyectos de innovación y desarrollo tecnológico, gestión empresarial, así como los de apoyo al emprendimiento y el empresarismo en el país.

Que para un eficiente cumplimiento de las funciones asignadas a la Dirección Formación Profesional del SENA, teniendo en cuenta la responsabilidad de la Dirección en el cumplimiento de la política institucional orientada al desarrollo, consolidación e implantación de las estrategias de Emprendimiento y Empresarismo en el país, se creó mediante Resolución No 001962 de 2005 un Grupo Interno de Trabajo Permanente, denominado “Grupo Integrado de Emprendimiento, Empresarismo y Fondo Emprender”, adscrito a la Dirección de Formación Profesional y se efectuó una delegación para suscribir conjuntamente contratos del Fondo Emprender.

Que se hace necesario adicionar las funciones asignadas al Grupo, así como modificar la delegación otorgada en la Resolución No. 001962 del 7 de octubre de 2005.

RESUELVE

ARTÍCULO 1o. INTEGRACIÓN. <Resolución derogada por el artículo 18 de la Resolución 2734 de 2009> Crear en forma permanente el Grupo Interno de trabajo denominado “Grupo Integrado de Emprendimiento, Empresarismo y Fondo Emprender” adscrito a la Dirección de Formación Profesional del Servicio Nacional de Aprendizaje – SENA-, el cual estará conformado con la siguiente planta de personal, asignada a la Dirección de Formación Profesional:

- Un Asesor 07

- Cuatro Profesionales Grado 13

PARAGRAFO PRIMERO: Trasladar los siguientes cargos y las personas que los ocupan al Grupo Integrado de Emprendimiento, Empresarismo y Fondo Emprender:

DEPENDENCIA ACTUALCARGONOMBRE DEL
PROFESIONAL
Dirección de Formación Profesional,
Grupo de Emprendimiento y
Empresarismo
Asesor 7Juan Bautista Franco Clavijo
Dirección de Formación Profesional,
Grupo de Emprendimiento y de Emprendimiento y
Empresarismo
Profesional 13Siervo de Jesús Galindo
Galindo
Dirección de Formación Profesional,
Grupo de Emprendimiento y de Emprendimiento y
Empresarismo
Profesional 13Rosa Cecilia Romero Moreno
Dirección de Promoción Relaciones
Corporativas
Profesional 13Adriana María Ferrari Montoya
Dirección de Formación Profesional,
Grupo de Emprendimiento y
Empresarismo
Profesional 13Vacante

También formará parte de este grupo el funcionario Jair Ospina Pacheco, Asesor grado 11 del Despacho del Director General, comisionado en la Dirección de Formación Profesional mediante Resolución Nro. 001945 del 5 de octubre de 2005.

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ARTÍCULO 2o. FUNCIONES DEL GRUPO. <Resolución derogada por el artículo 18 de la Resolución 2734 de 2009> El Grupo Integrado de Emprendimiento, Empresarismo y Fondo Emprender, tendrá las siguientes funciones:

1. Proponer políticas, planes y programas de Emprendimiento y Empresarismo y orientar su aplicación en los Centros de Formación Profesional, en coordinación con la Dirección de Empleo y Trabajo, la Dirección de Promoción y Relaciones Corporativas, y la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo.

2. Coordinar con la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo, la obtención y análisis de información relacionada con la dinámica sectorial para la asesoría empresarial.

3. Apoyar al sector empresarial en el desarrollo de conocimiento, tecnología, capacidad de innovación y exportación para el mejoramiento de la competitividad, el sostenimiento y el empleo del país, en coordinación con las Direcciones Regionales, la Dirección del Distrito Capital y las Subdirecciones de los Centros de Formación.

4. Dirigir y coordinar el desarrollo de actividades de promoción, administración y seguimiento a la ejecución de las estrategias, programas y proyectos de gestión empresarial, así como los de apoyo al emprendimiento y el empresarismo en el país.

5. Identificar los principales entes regionales con el propósito de crear alianzas que permitan difundir y ampliar el cubrimiento de las actividades de Emprendimiento y Empresarismo, así como el cubrimiento del Fondo Emprender en los sectores productivos de mayor impacto socioeconómico.

6. Crear vínculos y promover alianzas con los principales entes regionales para la difusión y ampliación de cobertura del Fondo Emprender, con el propósito de generar y consolidar alternativas viables para la generación de empleo.

7. Facilitar y contribuir a la conformación de redes regionales de entidades de apoyo al emprendimiento, Empresarismo y Fondo Emprender.

8. Fomentar una cultura de Emprendimiento y Empresarismo mediante asesoría a los Centros de Formación, para acompañar iniciativas de creación y consolidación de empresas y acceso a los recursos del Fondo Emprender

9. Proponer y divulgar las directrices normativas y técnicas para la administración y operación del Fondo Emprender a nivel nacional, en articulación con la Dirección Jurídica y la Dirección de Promoción y Relaciones Corporativas.

10. Definir metodologías y documentos pertinentes para la orientación en la presentación y adjudicación de proyectos a financiar por el Fondo Emprender.

11. Preparar para aprobación del Consejo Directivo Nacional, la información necesaria para la adjudicación de los recursos destinados a financiar las iniciativas empresariales con el Fondo Emprender.

12. Evaluar en coordinación con la Dirección de Promoción y Relaciones Corporativas el comportamiento del porcentaje del recaudo de monetización destinado al Fondo Emprender y disponer las medidas del caso, así mismo promover nuevas fuentes de financiación para el Fondo Emprender.

13. Promover el desarrollo de actividades conjuntas con otras entidades que financien iniciativas empresariales provenientes de usuarios de los servicios de emprendimiento y empresarismo que ejecuta la entidad en todo el país.

14. Seleccionar los casos exitosos de los proyectos apoyados por las unidades de emprendimiento de todo el país y coordinar con la Dirección de Promoción y Relaciones Corporativas, su divulgación.

15. Apoyar las acciones que se consideren necesarias para la debida ejecución del Convenio de Gerencia del Proyecto para el manejo de los recursos del Fondo Emprender suscrito por el SENA.

16. Evaluar los informes presentados por la Entidad encargada de la Gerencia del Proyecto, para el manejo de los recursos del Fondo Emprender.

17. Mantener actualizada la base de datos con la información requerida para el buen funcionamiento del Fondo Emprender.

18. Coordinar los esfuerzos para la consolidación del Sistema Nacional de Creación e Incubación de Empresas – SNCIE.

19. Dirigir la ejecución de los recursos del Programa Nacional de Apoyo y Fortalecimiento a Incubadoras de Empresas.

20. Apoyar a los Directores Regionales en el cumplimiento del Acuerdo 0021 de 2005.

21. Asesorar a las dependencias en los procesos propios del grupo.

22. Implementar y mantener los procesos definidos en el Sistema de Gestión de Calidad y velar por el cumplimiento de las metas, indicadores, planes y programas del grupo y la mejora continua de los mismos, contando con la asesoría permanente de la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo.

23. Realizar el seguimiento, control, evaluación e impacto de los procesos del área.

24. Administrar la documentación que produzcan y les sea encargada en el ejercicio de sus funciones.

25. Las demás que les sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de los procesos del grupo.

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ARTÍCULO 3o. FUNCIONES DEL COORDINADOR. <Resolución derogada por el artículo 18 de la Resolución 2734 de 2009> El coordinador del Grupo Integrado de Emprendimiento, Empresarismo y Fondo Emprender, cumplirá las siguientes funciones:

1. Orientar y asignar a los servidores públicos vinculados a la planta de personal o por contrato del Grupo, las tareas necesarias para el cumplimiento de las funciones del mismo.

2. Liderar y participar con el equipo de trabajo en la elaboración de propuestas sobre políticas, planes y programas de Emprendimiento, Empresarismo, Fondo Emprender, Incubadoras de Empresas y demás temas relacionados, y su aplicación en los Centros de Formación Profesional, en coordinación con la Dirección de Empleo y Trabajo y la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo.

3. Garantizar y responder por la articulación permanente con los demás grupos de trabajo de la Dirección de Formación Profesional y con las otras instancias de la Entidad con las cuales se debe retroalimentar el cumplimiento de las funciones y la misión institucional.

4. Elaborar y suscribir documentos y conceptos de carácter especializado sobre temas y componentes del área de Emprendimiento y Empresarismo, requeridos por dependencias del SENA o del medio externo.

5. Elaborar para visto bueno o firma del Director de Formación Profesional conceptos, circulares, orientaciones y directrices de carácter específico del área de Emprendimiento y Empresarismo.

6. Atender y garantizar el envío oportuno de respuestas a derechos de petición o consulta presentados por personas naturales o jurídicas de carácter público o privado, que estén relacionados con programas y actividades del área de Emprendimiento y Empresarismo en la Entidad.

7. Adelantar gestiones para mantener actualizada la información necesaria para el desarrollo de las funciones asignadas al grupo.

8. Adelantar gestiones para la creación y actualización del sistema de indicadores y de información sobre el cumplimiento de metas de los programas y acciones del área de Emprendimiento y Empresarismo bajo responsabilidad del Grupo, en entorno web e Intranet, en articulación con la Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo y la Oficina de Sistemas.

9. Presentar reportes, informes y documentos en los tiempos y condiciones requeridos por el Director de Formación Profesional y demás instancias de la Entidad.

10. Gestionar y responder tanto por la documentación asignada en el ejercicio de sus funciones como por la producida y encargada al Grupo bajo su coordinación.

11. Evaluar el desempeño de los servidores públicos asignados al grupo de trabajo y proponer los cambios que considere pertinentes.

12. Ejercer la Coordinación del Sistema Nacional de Creación e Incubación de Empresas – SNCIE y del Programa Nacional de Apoyo y Fortalecimiento a Incubadoras de Empresas.

13. Responder por las funciones asignadas al Grupo de Emprendimiento, Empresarismo y Fondo Emprender mediante la presente resolución.

14. Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la designación como coordinador del grupo.

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ARTICULO 4o. <Resolución derogada por el artículo 18 de la Resolución 2734 de 2009> Designar como Coordinador del Grupo Interno de Trabajo Integrado, denominado “Grupo Interno de Emprendimiento, Empresarismo y Fondo Emprender”, al doctor Jair Ospina Pacheco, Asesor Grado 11, comisionado en la Dirección de Formación Profesional.

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ARTICULO 5o. DELEGACIÓN.<Resolución derogada por el artículo 18 de la Resolución 2734 de 2009>  Delegar en el Asesor Grado 11, doctor Jair Ospina Pacheco, comisionado en la Dirección de Formación Profesional, la suscripción sin consideración a la cuantía y, conjuntamente con el Administrador del Fondo FONADE, los contratos que resulten de los procesos de la convocatoria respectiva, con los beneficiarios de proyectos financiados con cargo a los recursos del Fondo Emprender e igualmente delegar la suscripción en nombre del SENA de los contratos de Prenda que se generen en virtud de la adquisición de bienes de los emprendedores beneficiados con recursos del Fondo Emprender, conforme lo establece el Acuerdo 007 de 2005.

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ARTÍCULO 6o. <Resolución derogada por el artículo 18 de la Resolución 2734 de 2009> Comunicar la presente Resolución a la Secretaría General, al Director de Formación Profesional, al doctor Jair Ospina Pacheco y a las demás dependencias de la Dirección General, Directores Regionales y Subdirectores de Centro, para su conocimiento y fines pertinente.

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ARTÍCULO 7o.<Resolución derogada por el artículo 18 de la Resolución 2734 de 2009>  La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga en su totalidad la Resolución No. 01962 de 2005.

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COMUN IQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D. C.,

DARIO MONTOYA MEJÍA

Director General

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"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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