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RESOLUCIÓN 1617 DE 2006

(agosto 2)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE

<NOTA DE VIGENCIA: Pérdida de fuerza ejecutoria>

Por la cual se modifica el Manual de Operación del Fondo Emprender

Resumen de Notas de Vigencia

EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA,

En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las contenidas en el numeral 4 del Artículo 4 del Decreto 249 de 2004, y el artículo 22 del Acuerdo 0007 de 2005, y

CONSIDERANDO:

Que el Congreso de la República expidió la Ley 789 de 2002, por la cual se dictan normas para apoyar el empleo y ampliar la protección social y se modifican algunos artículos del Código Sustantivo de Trabajo.

Que el Artículo 40 de la Ley 789 de 2002 creo el Fondo Emprender, el cual será administrado por el SENA.

Que el numeral 9 del Artículo 5o del Decreto 934 de 2003, establece como función del Consejo de Administración del Fondo Emprender la adopción de reglamentos internos del Fondo que sean necesarios para su eficiente y eficaz gestión.

Que el Artículo 22 del Acuerdo 0007 de 2005, Por el cual se establece el reglamento interno del Fondo Emprender faculta al Director General del SENA para modificar los Manuales de Operación y Financiación del Fondo Emprender.

Que el Artículo 23 del Acuerdo 007 de 2005, enuncia que las condiciones y procedimientos para acceder a los recursos del Fondo Emprender, serán las establecidas en el Manual de Operación del Fondo.

Que para un eficiente cumplimiento de la política institucional orientada al desarrollo, consolidación e implantación de las estrategias de Emprendimiento y Empresarismo en el país, se requiere modificar la forma de desembolso de los recursos del capital semilla, aprobados por el Consejo Directivo Nacional del Sena, para cada uno de los planes de negocio considerados viables en la respectiva convocatoria, el seguimiento y acompañamiento a beneficiarios, así como a los indicadores del Control y evaluación de la inversión.

Que con fundamento en las anteriores consideraciones;

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Adicionar al punto 3. Registro y Presentación de Planes de Negocio, del Manual de Operación del Fondo Emprender, que fue adoptado por el Acuerdo 0007 del 2 de junio de 2005, el siguiente numeral:

3.4. CONFORMACIÓN DEL PLAN DE NEGOCIOS. La Plataforma del Sistema de Información del Fondo Emprender está compuesta en cada Plan de Negocios por los siguientes módulos:

1. Módulo de Mercado: Contiene la información correspondiente a los objetivos del proyecto, su justificación, sus antecedentes, la investigación de mercado, las estrategias de mercado y las proyecciones de ventas.

2. Módulo de Operación: Incluye la forma de operación del negocio, el plan de compras, los costos de producción y la infraestructura requerida del proyecto.

3.  Módulo de Organización: El Modulo de organización presenta la estrategia organizacional del proyecto, la estructura organizacional, los aspectos legales a cumplir y los costos administrativos.

4. Módulo de Finanzas: Analiza los ingresos, los egresos y el capital de trabajo del proyecto soportado con sus estados financieros.

5. Módulo Plan Operativo: Presenta la forma como el emprendedor utilizará los recursos aprobados del Fondo Emprender y los propios descritos en forma mensual. Este documento contendrá en forma detallada la periodicidad con que la empresa requiera que se realice por parte del administrador de los recursos el desembolso correspondiente.

6. Módulo de Impacto: Describe los impactos del proyecto a nivel económico, social y ambiental.

7. Módulo de Resumen Ejecutivo: Contiene los principales aspectos del proyecto y el equipo de trabajo que desarrollará el proyecto.

8. Módulo de Anexos: Permite adjuntar archivos que complementen cualquier información adicional de los módulos expuestos.

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ARTÍCULO 2o. Modificar el numeral 6.3., Forma de entrega de los Recursos, el cual quedará así:

6.3 FORMA DE ENTREGA DE LOS RECURSOS. Los recursos se entregarán a los beneficiarios en la forma señalada en el Plan Operativo, para cada uno de los planes de negocio aprobados en las convocatorias realizadas por el Fondo Emprender, previa presentación de las facturas o cuentas de cobro respectivas, las cuales serán avaladas previamente por el interventor del contrato.

Los emprendedores tendrán acceso a conocer el procedimiento de desembolso de los recursos, a través del Sistema de Información del Fondo Emprender.

El primer desembolso de los recursos asignados no podrá superar el cincuenta por ciento (50%) del valor total del contrato.

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ARTÍCULO 3o. Modificar el numeral 7, Seguimiento y acompañamiento a Beneficiarios, el cual quedará así:

7. Seguimiento y Acompañamiento a Beneficiarios. Las Unidades de Emprendimiento deberán realizar el acompañamiento durante la etapa de ejecución del plan de negocio.

En el evento en el que al Emprendedor o los Emprendedores presentados por la Unidad de Emprendimiento se le asignen recursos por parte del Fondo Emprender, esta Unidad deberá efectuar el acompañamiento técnico-operativo, durante el primer año de ejecución del plan de negocios avalado, registrando en el sistema de información las actividades realizadas para garantizar el cumplimiento de los indicadores de gestión.

Las Unidades de Emprendimiento deberán rendir un informe trimestral, sobre la situación de cada plan de negocios aprobados, en cada convocatoria a la Dirección de Formación Profesional - Grupo Integrado de Emprendimiento Empresarismo y FONDO EMPRENDER, indicando las actividades realizadas de acompañamiento.

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ARTÍCULO 4o. Modificar el numeral 8, Control y evaluación de la Inversión, el cual quedará así:

8. Control y Evaluación de la Inversión. El Gerente Administrador de los recursos del FONDO EMPRENDER, deberá realizar la interventoría permanente a los planes de negocio financiados y presentar informes bimensuales de avance de ejecución de los mismos, al Supervisor por parte del SENA.

El proceso de interventoría se realizará mediante el seguimiento a: a) cumplimiento de los indicadores de gestión y resultados, b) el monitoreo a los indicadores de efectividad empresarial.

El informe anual consolidado debe describir en detalle la evolución de los indicadores de gestión y resultado para cada proyecto, de conformidad con el numeral 8.1., que serán tomados en cuenta para la decisión sobre el reembolso de los recursos por parte del Consejo Directivo Nacional del SENA.

El informe anual consolidado debe incluir un capitulo anexo sobre el resultado al monitoreo de los indicadores de efectividad empresarial de conformidad con el numeral 8.2.

En caso que se decida el reembolso, el Gerente Administrador de los recursos del FONDO EMPRENDER o quien la Junta Administradora del Fondo Emprender designe, deberá realizar la gestión necesaria para su recuperación.

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ARTÍCULO 5o. Modificar el numeral 8.1, Indicadores de Gestión, el cual quedará así:

8.1. Control a los Indicadores de Gestión y Resultados. Se consideran indicadores de gestión y resultados aquellos que están al alcance de ejecución del Emprendedor o los Emprendedores, con base en los recursos asignados. Por lo tanto para la definición de la programación planteada o proyectada del indicador, se debe tener en cuenta la proporcionalidad entre el valor solicitado y el valor asignado al proyecto.

El nivel de cumplimiento de los indicadores de gestión y resultados permitirá determinar al Consejo Directivo Nacional del SENA si solicita o no el reintegro de los recursos y se analizará a partir de la fecha del primer desembolso de los recursos de cada Plan de Negocio.

Los planes de negocio serán evaluados durante su ejecución, teniendo en cuenta los siguientes indicadores de gestión y resultados de los planes de negocio, teniendo en cuenta los principales criterios de priorización establecidos en el artículo 7o del decreto 934 del 2003:

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ARTÍCULO 6o. Modificar el numeral 8.1.1., Gestión en la Generación de Empleo, el cual quedará así:

8.1.1. Gestión en la Generación de Empleo. La gestión en la generación de empleo mide el nivel o grado alcanzado en el cumplimiento de las metas propuestas en cuanto a generación de empleo directo con la ejecución del proyecto. El indicador se calcula utilizando la relación entre el número real obtenido de empleos en un momento determinado y la programación planteada.

a. Metodología: Se determina teniendo en cuenta los contratos laborales suscritos por la empresa financiada con recursos del FONDO EMPRENDER.

b. Unidad: Cantidad de empleos

c. Frecuencia: trimestral.

d. Ecuación de Cálculo: Siendo GGE= Gestión en la Generación de Empleo: NEDG = Número de Empleos Directos Generados; NEDP = Número de Empleos Directos Programados, entonces:

e. Rango: Valor mínimo: 66% Valor Máximo: > = 100%

f. Interpretación: Cuando el indicador aumenta su valor debe entenderse como una tendencia positiva, ya que será mayor el número de personas ocupadas en la economía, que en definitiva es el objeto primordial de financiar iniciativas empresariales. Este indicador puede ser mayor al 100% en aquellos casos donde la empresa obtenga un mejor desempeño productivo comparado con lo proyectado en su plan de negocios. Cuando el indicador disminuye puede ser el resultado de una mala proyección o de un manejo administrativo deficiente.

NOTA. Para la contabilización del número de empleos en los casos de Jornales, Maquilas, Prestación de servicios y honorarios se tendrán en cuenta las siguientes homologaciones o equivalencias:

Jornales:

a. Por cada jornalero que tenga más de quince jornales contratados se homologa a una solución de empleabilidad (un empleo)

b. Por una cantidad de jornales contratados en fechas pico, se debe considerar una solución de empleabilidad (un empleo), equivalente a 30 jornales contratados independiente del número de jornaleros

Maquilas:

Para todos los empleados con seguridad social que actúan en maquila para las empresas del FONDO EMPRENDER se puede homologar a una solución de empleo siempre y cuando se entregue para efectos del Fondo una declaración, en la cual se exprese que la remuneración por las labores contratadas para el maquilador ascienden a por lo menos un 60% del SMLMV y se establezca una periodicidad superior al mes.

Prestación de Servicios y Honorarios:

Para todas las personas contratadas bajo la modalidad de honorarios o prestación de servicios por las empresas del FONDO EMPRENDER, se puede homologar a una solución de empleo siempre y cuando su remuneración sea proporcional en tiempo empleado al menos de dos y medio salarios mínimos legales mensuales vigentes para profesionales y tecnólogos y en al menos dos salarios mínimos legales para técnicos y técnicos profesionales. Para el resto de personas contratadas bajo esta modalidad en al menos de un salario y medio mínimo legal mensual vigente. La vinculación mediante estas modalidades no debe ser inferior a tres meses y debe respetar todas las condiciones establecidas por la ley como la vinculación como trabajador independiente a la seguridad social.

Temporalidad del indicador:

Los empleos formales superiores a tres meses (continuos o discontinuos) o que estén en vinculación por nómina con más de un pago efectuado, al momento del cumplimiento de los tiempos de duración de los contratos de cooperación se considerarán como un empleo cumplido para la medición del indicador.

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ARTÍCULO 7o. Modificar el numeral 8.1.2, Gestión en la Ejecución Presupuestal, el cual quedará así:

8.1.2. Resultados en la Ejecución Presupuestal. Mide el nivel o grado alcanzado en el desarrollo y cumplimiento de las metas propuestas en cuanto a la utilización de los recursos solicitados. El indicador sólo será exigible para los rubros financiados por el FONDO EMPRENDER y no para la totalidad de la ejecución de los recursos del Plan. Adicionalmente, el indicador permitirá evaluar la aprobación de los desembolsos acordados. El indicador se calcula utilizando la relación entre el monto total ejecutado para cada uno de los rubros financiados por el FONDO EMPRENDER, sobre el monto total planeado por ejecutar para el mismo rubro en el momento de corte. (Este valor puede ser el valor de los recursos aprobados o menor si el Emprendedor ha solicitado modificación de su Plan de Inversión o de los requerimientos de su Capital de trabajo).

a. Metodología: Se determina teniendo en cuenta para cada rubro financiado de la empresa con recursos del FONDO EMPRENDER la comparación entre el monto total ejecutado y el monto total planeado a ejecutar.

b. Unidad: Pesos

c.  Frecuencia: trimestral

d. Ecuación de Cálculo: Siendo REP= Resultado en la Ejecución Presupuestal; RE = Recursos Ejecutados; RP = Recursos Programados, RF= Rubro Financiado

e. Rango: Valor mínimo: 70. Valor Máximo: > = 100

f. Interpretación: Cuando el indicador aumenta su valor debe entenderse como una tendencia positiva, ya que indicará el buen manejo de los recursos otorgados por el Fondo, cumpliendo con una de las principales obligaciones de los emprendedores. Cuando el indicador disminuye generaría signos de alerta sobre un inadecuado manejo de los recurso financiados por el FONDO EMPRENDER.

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ARTÍCULO 8o. Modificar el numeral 8.1.3, Gestión en Mercadeo, el cual quedará así:

8.1.3. Gestión en Mercadeo. Mide el nivel alcanzado en el cumplimiento de las metas propuestas para dar a conocer los productos o servicios desarrollados. El indicador se calcula utilizando la relación entre el número de eventos realizados frente al número de eventos programados.

a) Metodología: Se determina teniendo en cuenta el número de eventos realizados correspondiente a estrategias de mercadeo, publicidad y demás actividades relacionadas con el conocimiento del producto y la empresa y se compara con el número de eventos similares programados

b) Unidad: Número de eventos

c) Frecuencia: Trimestral

d) Ecuación de Cálculo: Siendo GM= Gestión de Mercadeo; ER = Eventos Realizados; EP = Eventos Programados.

e) Rango: Valor mínimo: 1. Valor Máximo: > = 1

f) Interpretación: Cuando el indicador es igual a 1, indica que se está cumpliendo con los compromisos hechos en el plan de negocios presentado.

g) Para efectos de éste indicador, se considera a “evento” a cada actividad relacionada con la divulgación del producto o de la empresa, por ejemplo: participación en ferias, elaboración de portafolio, artículos de prensa, participación en programas radiales y televisivos, entre otros.

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ARTÍCULO 9o. Modificar el numeral 8.1.4., Gestión en Ventas, el cual quedará así:

8.1.4. Resultado al ejecutar los recursos para el municipio aprobado.

Mide el resultado alcanzado en el cumplimiento de la meta propuesta correspondiente a la inversión del proyecto en el municipio aprobado o en municipios con igual o menor índice de Desarrollo Humano.

a. Metodología: El indicador se calcula determinando el Índice de Desarrollo Humano del municipio donde se ejecutó el proyecto frente al municipio donde se programó el proyecto.

b. Unidad: Porcentaje de aplicación del índice.

c. Frecuencia: Trimestral

a. Ecuación de Cálculo: Siendo GIMIDH= Grado de Inversión en Municipios según Índice Desarrollo Humano; IDHE= índice de Desarrollo Humano Municipio donde se Ejecutó el proyecto; IDHP= índice de Desarrollo Humano municipio donde se programó el Proyecto.

d. Rango: Valor mínimo: 0 Valor Máximo: > = 1

e. Interpretación: Cuando el indicado es 1 o mayor que 1 indica que la empresa invierte en un lugar geográfico estipulado con menor índice de Desarrollo Humano

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ARTÍCULO 10. Se suprimen los numerales 8.1.5 de Gestión y Producción y 8.1.6 de Gestión Comercial del Manual de Operación del Fondo Emprender.

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ARTÍCULO 11. Se adiciona al Manual de Operación del Fondo Emprender el numeral 8.2, Monitoreo a los Indicadores de Efectividad Empresarial en los siguientes términos:

8.2. Monitoreo a los Indicadores de Efectividad Empresarial. Los indicadores de Efectividad Empresarial son aquellos que muestran los avances en la operación de la nueva empresa. Estos serán monitoreados por el Fondo Emprender para conocer el estado de avance de las nuevas empresas, pero no serán determinantes en la solicitud de reintegro de los recursos por parte del Consejo Directivo Nacional del SENA.

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ARTÍCULO 12. Se adiciona al Manual de Operación del Fondo Emprender el numeral 8.2.1, Monitoreo a las Venta en los siguientes términos:

8.2.1. Monitoreo a las Ventas.

El monitoreo a Ventas se aplica teniendo en cuenta que el éxito de cualquier proyecto productivo depende de la generación de ingresos en un tiempo programado o planeado. El indicador se calcula utilizando la relación entre la meta lograda en ventas en el tiempo planeado y la meta programada en ventas en tiempo real.

a. Metodología: Se determina teniendo en cuenta las ventas logradas por la empresa en el tiempo planeado, comparándolas con las ventas programadas en el tiempo real.

b. Unidad: pesos

c. Frecuencia: trimestral

d. Ecuación de Cálculo: Siendo GV= Gestión en Ventas; MLV= Meta Lograda en Ventas; TP =Tiempo Planeado; MPV= Meta Programada en Ventas; TR= Tiempo Real

e. Rango: Valor mínimo: >0, 55. Valor Máximo: = 1

f. Interpretación: Cuando el indicador aumenta su valor debe entenderse como una tendencia positiva, ya que será mayor el acercamiento al cumplimiento del presupuesto proyectado en el plan de negocios presentado por el emprendedor, lo que garantizaría la sostenibilidad financiera de la empresa. Este indicador puede ser mayor a 1 en aquellos casos donde la empresa obtenga un excelente desempeño productivo comparado con lo proyectado en su plan de negocios. Cuando el indicador disminuye puede ser un cambio en las condiciones planteadas en el estudio financiero del plan de negocios.

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ARTÍCULO 13. Adicionar al Manual de Operación del Fondo Emprender el numeral 8.2.2, Monitoreo de Operación en los siguientes términos.

8.2.2. Monitoreo de la Operación:

Nivel o grado alcanzado por parte de la empresa para satisfacer los requerimientos del mercado. Esto implica manejo y conocimiento de inventarios, insumos y equipo instalado, tiempos de producción o entrega de servicios. El indicador se calcula utilizando la relación entre el número de pedidos solicitados o recibidos y el número de pedidos atendidos.

a. Metodología: Se determina teniendo en cuenta la relación entre el número de pedidos solicitados o recibidos y el número de pedidos atendidos.

b. Unidad: Número de pedidos

c. Frecuencia: Trimestral

d. Ecuación de Cálculo: Siendo GP= Gestión de Producción; NPS= Número de Pedidos Solicitados o recibidos; NPA =Número de Pedidos Atendidos

e. Rango: Valor mínimo: 60% Valor Máximo: 100%

f. Interpretación: Cuando el indicador aumenta su valor debe entenderse como una tendencia positiva, ya que será mayor el cumplimiento de la demanda de bienes o servicios hecha a la empresa por parte de sus clientes, lo que otorgará a la empresa mayor credibilidad en el mercado. Cuando el indicador disminuye estaría indicando que existe una inadecuada planificación en los procesos productivos de la empresa.

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ARTÍCULO 14. La presente Resolución adiciona y modifica en lo aquí señalado, el Manual de Operación del Fondo Emprender que fue adoptado por el Acuerdo 07 de 2005, y rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C. a 2 AGO. 2006

DARIO MONTOYA MEJÍA

Director General

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