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RESOLUCIÓN 2128 DE 2010
(julio 14)
<Fuente: Archivo interno entidad emisora>
SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE
Por la cual se establece la integración de los grupos de trabajo de la Dirección Jurídica del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA.
EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA,
En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las contenidas en los artículos 115 de la ley 489 de 1998, el artículo 4o - numerales 4 y 23 del Decreto 249 de 2004 y el artículo 32 del mismo Decreto, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 115 de la Ley 489 de 1998 establece que: “El Gobierno Nacional aprobará las plantas de personal de los organismos y entidades de que trata la presente ley de manera global. En todo caso el director del organismo distribuirá los cargos de acuerdo con la estructura, las necesidades de la organización y sus planes y programas.// Con el fin de atender necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas del organismo o entidad, su representante legal podrá crear y organizar; con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo. // En el acto de creación de tales grupos se determinarán las tareas que deberán cumplir y las consiguientes responsabilidades y las demás normas necesarias para su funcionamiento” (El resaltado es nuestro).
Que mediante el Decreto 249 del 28 de enero de 2004 se modificó la estructura interna del SENA y se reorganizaron las funciones de sus dependencias.
Que mediante el Decreto 250 del 28 de enero de 2004, el Gobierno Nacional adoptó la actual planta de personal del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA.
Que el numeral 23 del artículo 4o y el artículo 32 del Decreto 249 de 2004 señalan como función de la Dirección General del SENA crear Comités, Grupos Internos de Trabajo permanentes o transitorios y definir su composición, su coordinación y sus funciones.
Que el numeral 4 artículo 4o del Decreto 249 del 28 de enero de 2004, le atribuyo al Despacho del Director General, la facultad de dirigir, coordinar y controlar las funciones administrativas y dictar los actos administrativos con miras al cumplimiento de la misión de la entidad, de conformidad con las normas legales vigentes.
Que el artículo 14 del Decreto 249 de 2004, señala las funciones de la Dirección de Empleo y Trabajo de la Dirección General.
Que el artículo 8o del Decreto 2489 del 25 de julio de 2006 señala que: “Cuando de conformidad con el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, los organismos y entidades a quienes se les aplica el presente Decreto creen grupos internos de trabajo, la integración de los mismos no podrá ser inferior a (4) empleados, destinados a cumplir las funciones que determine el acto de creación, las cuales estarán relacionadas con el área de la cual dependen jerárquicamente.” (Negrilla fuera de texto).
Que mediante la Resolución No. 1393 del 17 de junio de 2004, se creó el Grupo Interno de Trabajo Permanente denominado “Recursos y Peticiones”, adscrito a la Dirección Jurídica.
Que mediante la Resolución No. 2037 del 14 de septiembre de 2004, se creó el grupo interno de trabajo permanente denominado “Conceptos y Producción Normativa”, adscrito a la Dirección Jurídica.
Que mediante la Resolución No. 0913 del 31 de mayo de 2005, se crearon los Grupos Internos de Trabajo Permanente denominados “Procesos Judiciales y Conciliaciones” y “Gestión de Cobro Coactivo”, adscritos a la Dirección Jurídica.
Que mediante la Resolución No. 0438 del 29 de marzo de 2005 se creó el Grupo de Trabajo denominado “Grupo Integrado de Convenios y Contratos”, adscrito a la Dirección Administrativa y Financiera de la Dirección General, y a través de la Resolución No. 3205 del 21 de noviembre de 2008 se adscribió dicho grupo a la Dirección Jurídica.
Que debido a los movimientos de la planta global de personal, se hace necesario modificar la conformación de estos Grupos, para garantizar el adecuado logro de sus funciones.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1o. El Grupo Interno de Trabajo denominado “Recursos y Peticiones”, estará conformado por los siguientes servidores públicos que ocupan actualmente los cargos indicados de la Dirección Jurídica:
Denominación | Grado | Funcionario |
Profesional | 06 | Hernando González Rueda |
Asesor | 10 | Elba Salamanca Valenzuela |
Profesional | 08 | Lucila Martínez de Carranza, |
Técnico | 03 | Diana Amparo Moncaleano Duque |
ARTÍCULO 2o. El Grupo Interno de Trabajo denominado “Conceptos y Producción Normativa”, estará conformado por los siguientes servidores públicos que ocupan actualmente los cargos indicados de la Dirección Jurídica:
Denominación | Grado | Funcionario |
Profesional | 13 | Martha Bibiana Lozano Medina |
Profesional | 11 | Andrea Lorena Realpe Gaviria |
Profesional | 06 | Gloria Acosta Contreras |
Profesional | 01 | Diana Carolina Montes Aguirre |
Técnico | 03 | María Fernanda Díaz Torres |
ARTÍCULO 3o. El Grupo Interno de Trabajo denominado Procesos Judiciales y Conciliaciones” "estará conformado por los siguientes servidores públicos que ocupan actualmente los cargos indicados de la Dirección Jurídica:
Denominación | Grado | Funcionario |
Profesional | 08 | Jorge Luis García Márquez |
Asesor | 10 | Yulied Mercedes Ospina Pinzón |
Profesional | 06 | Mariela Díaz Torres |
Profesional | 01 | Olga Isabel Duarte Cañas |
ARTÍCULO 4o. El Grupo Interno de Trabajo denominado “Gestión de Cobro Coactivo”, estará conformado por los siguientes servidores públicos que ocupan actualmente los cargos indicados de la Dirección Jurídica:
Denominación | Grado | Funcionario |
Profesional | 11 | Pedro Orlando Mora López |
Profesional | 08 | Martha Cecilia Rosas Quiasua |
Profesional | 01 | Oscar Andrés Acosta Ramos |
Profesional | 01 | Deisy Carolina Barrero Vallejo |
ARTÍCULO 5o. El Grupo Interno de Trabajo denominado “Grupo Integrado de Convenios y Contratos”, estará conformado por los siguientes servidores públicos, que ocupan actualmente los siguientes cargos:
Denominación | Grado | Funcionario |
Profesional | 13 | Campo Elías Gutiérrez Polanía |
Profesional | 13 | Antonio José Trujillo Hiera |
Profesional | 06 | Rodolfo Martínez Pérez |
Asesor | 07 | Carlos Emilio Burbano Barrera |
Secretaria | 06 | Luz Marina Castro Castro |
ARTÍCULO 6o. La coordinación de los Grupos de la Dirección Jurídica continuará siendo ejercida, por quienes hasta la fecha han sido designados mediante Resolución.
ARTÍCULO 7o. La presente Resolución rige a partir de la fecha de expedición y modifica en lo pertinente los actos administrativos que le sean contrarios.
COMUNIQUESE Y CUMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., 14 JUL. 2010
DARÍO MONTOYA MEJÍA
Director General