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RESOLUCION 2226 DE 2018

(diciembre 4)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

Por la cual se efectúa una delegación especial

EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

En ejercicio de sus atribuciones legales y reglamentarias, en especial las que le confiere el artículo 211 de la Constitución Política, el articulo 9o y siguientes de la Ley 489 de 1998, los humerales 4 y 25 del artículo 4o del Decreto 249 de 2004 y el numeral 9 del artículo 5o del Decreto 3257 de 2008 y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 209 de la Constitución Política establece que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de la igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.

Que el artículo 211 de la Constitución Política, dispone que la "ley señalara las funciones que el Presidente de la República podrá delegar en los ministros, directores de departamentos administrativos, representantes legales de entidades descentralizadas, superintendentes, gobernadores, alcaldes y agencias del Estado que la misma ley determine. Igualmente, fijara las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar en sus subalternos o en otras autoridades”, señala el mismo artículo que la “delegación exime de responsabilidad al delegante, la cual corresponderá exclusivamente al delegatario, cuyos actos o resoluciones podrá siempre reformar o revocar aquel, resumiendo la responsabilidad consiguiente”.

Que la Ley 489 de 1998 en su artículo 9o, al referirse a la figura de la delegación, le concede a los Ministros, Directores de Departamento Administrativo, Superintendentes, Representantes legales de organismos y entidades que posean una estructura independiente y autonomía administrativa, la posibilidad de mediante acto de delegación, transferir la “atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la ley y los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente, con el propósito de dar desarrollo a los principios de la función administrativa enunciados en el artículo 209 de la Constitución Política y en la misma ley”.

Que conforme a lo dispuesto en artículo 2o del Decreto 248 de 2004, modificado por el artículo 2o del Decreto 3696 de 2006, que establecen la nomenclatura y clasificación de los empleos del SENA, los cargos de Subdirector de Centro son del Nivel Directivo.

Que el artículo 4o del Decreto 249 de 2004 señala como funciones de la Dirección General,

“4....dictar los actos administrativos... con miras al cumplimiento de la misión de la entidad, de conformidad con las normas legales vigentes (...) //25. Las demás que le señalen la ley, que refiriéndose al funcionamiento general de la institución, no están atribuidas a otra autoridad, las que le delegue el Consejo Directivo Nacional y las demás que se les asignen”.

Que el Decreto 3257 de 2008 “Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 2269 de 1993 y se dictan otras disposiciones”, establece en su artículo 1o que “el Subsistema Nacional de la Calidad tiene como objetivos fundamentales promover en los mercados, la seguridad, la calidad, la confianza, la productividad y la competitividad de los sectores productivo e importador de bienes y servicios y proteger los intereses de los consumidores, en los asuntos relativos a procesos, productos y personas. // El Subsistema Nacional de la Calidad coordinará las actividades que realizan las instancias públicas y privadas relacionadas con la formulación, ejecución y seguimiento de las políticas sobre normalización técnica, elaboración y expresión de reglamentos técnicos, acreditación, designación, evaluación de la conformidad y metrología”.

Que el artículo 3o del Decreto 3257 de 2008, creó la “Comisión Intersectorial de la Calidad' y que según el artículo 4o del mismo Decreto tiene como objeto “coordinar la actuación de las entidades estatales y privadas dentro de los lineamientos del Subsistema Nacional de la Calidad - SNCA".

Que es procedente delegar en el Director del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo del SENA Dirección General para que actúe en la “Comisión Intersectorial de la Calidad", en representación del Servicio Nacional cíe Aprendizaje - SENA, de conformidad con lo señalado en el Decreto 3257 de 2008 y dejar sin efectos la delegación conferida por medio de la Resolución No. 01059 de 2009 a la Subdirectora del Centro Nacional de Asistencia Técnica a la Industria - ASTIN del SENA Regional Valle del Cauca.

En mérito de lo expuesto

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Delegar en el Director del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo del SENA Dirección General para que actúe en la “Comisión Intersectorial de la Calidad”, en representación del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, de conformidad con lo señalado en el Decreto 3257 de 2008.

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ARTÍCULO 2o. El delegado debe presentar un informe semestral sobre el desarrollo de la delegación que se realiza por medio del presente acto al Despacho del Director General.

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ARTÍCULO 3o. Comunicar la presente Resolución al Director del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo del SENA Dirección General.

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ARTÍCULO 4o. La presente Resolución rige a partir de la fecha de expedición y deroga la Resolución No. 01059 del 21 de abril de 2009. Para efecto de lo dispuesto en el artículo 8o de la Ley 1437 de 2011, publíquese en la página web del SENA.

COMUNIQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá a los 04 DIC 2018

CARLOS MARIO ESTRADA MOLINA

Director General SENA

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"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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