Derechos de autor reservados - Prohibida su reproducción

Inicio
 
Documento PDF Imprimir

RESOLUCION 2308 DE 2015

(noviembre 17)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE

<NOTA DE VIGENCIA: Resolución derogada por el artículo 10 de la Resolución 2387 de 2017>

Por la cual se crea el comité anticorrupción y de atención al ciudadano del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA y se dictan otras disposiciones

Resumen de Notas de Vigencia

EL DIRECTOR GENERAL DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE "SENA"

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las contenidas en el numeral 4 del Articulo 4 del Decreto 249 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 209 de la Constitución Política señala que: "La función administrativa está al servício de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. // Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado. La administración pública, en todos sus órdenes, tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que señale la ley.

Que el artículo 73 de la Ley 1474 de 2011 dispone que: "Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano. Cada entidad del orden nacional, departamental y municipal deberá elaborar anualmente una estrategia de lucha contra la corrupción y de atención al ciudadano. Dicha estrategia contemplará, entre otras cosas, el mapa de riesgos de corrupción en la respectiva entidad, las medidas concretas para mitigar esos riesgos, las estrategias anti trámites y los mecanismos para mejorar la atención al ciudadano."

Que el anterior artículo fue reglamentado por el Decreto 2461 de 2012, estableciendo que la metodología para diseñar y hacer seguimiento a la estrategia de lucha contra la corrupción y de atención al ciudadano, así como los estándares que deben cumplir las entidades públicas se encuentran en el documento "Estrategias para la Construcción del Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano", que hace parte integral del Decreto y debe ser publicado a más tardar el 31 de enero de cada año; señalando como responsable de la implementación a la máxima autoridad de la Entidad, como responsable de la consolidación y facilitador del proceso de elaboración a las oficinas de planeación y como responsable del seguimiento al cumplimiento de las orientaciones y obligaciones a las oficinas de control interno.

Que el documento "Estrategias para la Construcción del Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano" identificó como componentes del plan la metodología para la identificación de riesgos de corrupción y acciones para su manejo, la estrategia anti trámites y rendición de cuentas.

Que en el documento Conpes 167 del 9 de noviembre de 2013, se plasmó la estrategia nacional de la política pública integral anticorrupción, definiendo acciones orientadas a la prevención, un mejor acceso y la calidad de la información pública y a mejorar las herramientas de gestión anticorrupción, entre otras.

Que el plan nacional de desarrollo 2014 – 2018 "Todos por un nuevo país" dentro de la estrategia transversal buen gobierno fija como visión "Colombia avanza hacia una gestión pública efectiva, transparente y orientada al ciudadano con el objetivo de impulsar la implementación de la política pública integral anticorrupción.

Que el Congreso de la República expidió la Ley 1712 de 2014 "Por medio de la cual se crea la Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional y se dictan otras disposiciones", estableciendo en su título II la publicidad y contenido de la información que debe ser publicada en temas como estructura, dentro del cual es obligatorio la publicación del plan anticorrupción y atención al ciudadano, la publicidad de la contratación y la información mínima de los servicio, procedimiento y funcionamiento de los sujetos obligados a su aplicación, dentro de los cuales se encuentra el SENA, en virtud de lo establecido en el artículo 5 de la mencionada Ley, corregido por el Decreto 1494 de 2015.

Que mediante el Decreto 105 de 2015 se reglamentó parcialmente la Ley 1712 de 2014, impartiendo directrices generales para la publicación de la información, accesibilidad, gestión de solicitudes de información y otras disposiciones.

Que por lo anterior, el SENA decide comprometerse con la política pública integral anticorrupción, creando un comité y tomando las medidas administrativas necesarias para su ejecución.

En mérito de lo expuesto, este Despacho,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. <Artículo derogado por el artículo 10 de la Resolución 2387 de 2017> Conformar el comité anticorrupción y de atención al ciudadano, encargado de aprobar el plan anual anticorrupción y de atención al ciudadano, recibir los informes mensuales de seguimiento y adoptar las acciones administrativas tendientes a su cumplimiento y fortalecimiento; el comité estará integrado por:

El Director General o su delegado, quien lo presidirá

El Director de Planeación y Direccionamiento Corporativo

El Jefe de la Oficina de Control Interno

El Director Administrativo y Financiero

El Director Jurídico

El Secretario General

El Director de Empleo y Trabajo

Notas de Vigencia
Ir al inicio

ARTÍCULO SEGUNDO. <Artículo derogado por el artículo 10 de la Resolución 2387 de 2017> Antes del 31 de enero de cada vigencia el SENA expedirá el documento plan anticorrupción y de atención al ciudadano, que debe seguir los lineamientos en cuanto a sus elementos y componentes de la política pública integral anticorrupción, y las normas específicas que regulen su contenido y divulgación.

Notas de Vigencia
Ir al inicio

ARTÍCULO TERCERO. <Artículo derogado por el artículo 10 de la Resolución 2387 de 2017> La Dirección de Planeación y Direccionamiento Corporativo, a través del Grupo de mejora continua institucional, o aquel que lo sustituya o modifique, desarrollará actividades consolidación y de facilitador en la elaboración del plan anticorrupción y de atención al ciudadano.

Notas de Vigencia
Ir al inicio

ARTÍCULO CUARTO. <Artículo derogado por el artículo 10 de la Resolución 2387 de 2017> La Oficina de Control Interno realizará del seguimiento al cumplimiento de las orientaciones y obligaciones contenidas en el plan anticorrupción y de atención al ciudadano.

Notas de Vigencia

ARTÍCULO QUINTO.  <Artículo derogado por el artículo 10 de la Resolución 2387 de 2017> Todas las dependencias del SENA garantizarán la entrega de información oportuna para la consolidación del mencionado plan y su seguimiento.

Notas de Vigencia
Ir al inicio

ARTÍCULO SEXTO. <Artículo derogado por el artículo 10 de la Resolución 2387 de 2017> La presente Resolución rige a partir de su fecha de expedición.

Notas de Vigencia

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá a los,

HERNANDO ALFONSO PRADA GIL

Director General

Ir al inicio

logoaj
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda.©
"Normograma del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA"
ISSN [2463-0586 (En linea)]
Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
Las notas de vigencia, concordancias, notas del editor, forma de presentación y disposición de la
compilación están protegidas por las normas sobre derecho de autor. En relación con estos valores
jurídicos agregados, se encuentra prohibido por la normativa vigente su aprovechamiento en publicaciones
similares y con fines comerciales, incluidas -pero no únicamente- la copia, adaptación, transformación,
reproducción, utilización y divulgación masiva, así como todo otro uso prohibido expresamente por
la normativa sobre derechos de autor, que sea contrario a la normativa sobre promoción de la
competencia o que requiera autorización expresa y escrita de los autores y/o de los titulares de
los derechos de autor. En caso de duda o solicitud de autorización puede comunicarse al teléfono
617-0729 en Bogotá, extensión 101. El ingreso a la página supone la aceptación sobre las normas
de uso de la información aquí contenida.