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RESOLUCIÓN  DE XXXX

(Diciembre 21)

<Fuente: Archivo interno entidad emisora>

<Esta norma no incluye análisis de vigencia>

SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA

Por la cual se efectúa una delegación especial registro producto SENNOVA

EL DIRECTOR GENERAL (E) DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE - SENA.

En uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas por el artículo 211 de la Constitución Política, los artículos 9 y siguientes de La Ley 489 de 1998, los numerales 2 y 4 del artículo 4 del Decreto 249 de 2004, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 209 de la Constitución Política establece que: “La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. (...) “

Que el artículo 211 de la Constitución Política, dispone que: “La ley señalará las funciones que el Presidente de la República podrá delegar en los ministros, directores de departamentos administrativos, representantes legales de entidades descentralizadas, superintendentes, gobernadores, alcaldes y agencias del Estado que la misma ley determine. Igualmente, fijará las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar en sus subalternos o en otras autoridades. La delegación exime de responsabilidad al delegante, la cual corresponderá exclusivamente al delegatario, cuyos actos o resoluciones podrá siempre reformar o revocar aquel, reasumiendo la responsabilidad consiguiente. (.)”.

Que el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, al referirse a la figura de la delegación, señala:

Delegación. Las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la presente ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias. Sin perjuicio de las delegaciones previstas en leyes orgánicas, en todo caso, los ministros, directores de departamento administrativo, superintendentes, representantes legales de organismos y entidades que posean una estructura independiente y autonomía administrativa podrán delegar la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la ley y los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente, con el propósito de dar desarrollo a los principios de la función administrativa enunciados en el artículo 209 de la Constitución Política y en la presente ley.”.

Que el Decreto 249 de 2004, por el cual se modifica la estructura del SENA, atribuyo en el artículo 4 al despacho de la Dirección General, la facultad de "2. Ejercer la representación legal de la entidad. (...)”.

Que el numeral 4 del mismo artículo del Decreto 249 de 2004, le atribuyó al Despacho del Director General, la facultad de dirigir, coordinar y controlar las funciones administrativas y dictar los actos administrativos con miras al cumplimiento de la misión de la entidad, de conformidad con las normas legales vigentes.

Que de conformidad con lo establecido por el artículo 24 del Decreto 249 de 2004, relacionado con funciones de los Directores Regionales no se tiene contemplada dicha función, siendo necesario el otorgamiento de la delegación.

Que mediante radicado 9-2021-003478 del 7 de octubre de 2021, el Director Regional Sucre SENA, solicita delegación para el trámite de registro de derecho de autor ante la Dirección Nacional de Derechos de Autor DNDA del Software: “Plataforma gamificada para el desarrollo de la competencia de lectura crítica en aprendices Sena-Regional Sucre, como resultado del programa SENNOVA”.

Que, como requisito para realizar dicho registro, se hace necesaria la delegación en el Director Regional Sucre SENA, para adelantar dicho proceso.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1o. Delegar en el Director Regional Sucre SENA, la función de representar al Director General del SENA en el trámite de registro de derecho de autor ante la Dirección Nacional de Derechos de Autor DNDA del Software: “Plataforma gamificada para el desarrollo de la competencia de lectura crítica en aprendices Sena-Regional Sucre.”, como resultado del programa SENNOVA, contando con el apoyo de la Dirección Administrativa y Financiera del Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, para los trámites a que haya lugar del programa SENNOVA., el cual se detalla:

No.TÍTULO DE LA OBRATIPODESCRIPCIÓN
1

Plataforma gamificada para el desarrollo de la competencia de lectura crítica en aprendices Sena-Regional Sucre.




Software Educativo
Herramienta Tecnológica para el
fortalecimiento de la competencia de lectura crítica en los aprendices del centro de la Innovación, la tecnología y los servicios (Sena Regional - Sucre) a través de gamificación Herramienta Tecnológica para el fortalecimiento de la competencia de lectura crítica en los aprendices del centro de la Innovación, la tecnología y los servicios (Sucre) a través de gamificación.
Plataforma desarrollada con las últimas tecnologías y siguiendo los lineamientos tanto pedagógicos como tecnológicos. Incluye elementos de gamificación tales como creación de personajes, con los cuales los aprendices pueden identificarse, y darle un rostro a su interacción con la plataforma, de este modo, existe un grado personalización, lo cual involucra un aspecto emocional en el proceso, lo cual se traduce como algo positivo.

ARTÍCULO 2o. La presente delegación quedará sin efectos una vez se haya surtido el trámite de registro, previa comunicación del delegado a la Dirección General.

ARTÍCULO 3o. Comuníquese la presente Resolución al Director Regional Sucre SENA, y a la Dirección Administrativa y Financiera de la Dirección General.

ARTÍCULO 4o. La presente Resolución rige a partir de su fecha de expedición. Para efectos de lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 1437 de 2011, publíquese en la página web del SENA.

COMUNÍQUESE, PUBLIQUESE Y CÚMPLASE

WILSON JAVIER ROJAS MORENO

Director General (e)

<Para consultar la versión original PDF de este documento dirigirse al siguiente link: https://www.avancejuridico.com/docpdf/sena/R_SENA_2407_2021.pdf>

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Última actualización: 20 de abril de 2024 - (Diario Oficial No. 52.716 - 3 de abril de 2024)
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